
El juicio por el trágico hundimiento del submarino ARA San Juan se realizará en Santa Cruz
Lo resolvió la Cámara Federal de Casación, que rechazó objeciones de la fiscalía y de los acusados; sintonía con las víctimas
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La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que el juicio por el hundimiento del submarino Ara San Juan, ocurrido en 2017 y por el cual murieron 44 marinos, se realice en Santa Cruz, donde se desarrolló la investigación del caso, como pedían familiares de las víctimas, y no en Buenos Aires o Mar del Plata, como pedían algunos acusados y la fiscalía.
El fallo se dictó con el voto de los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. El juez Javier Carbajo, en disidencia, sostuvo la competencia territorial del tribunal de Mar del Plata.
Borinsky y Hornos dijeron que en Santa Cruz tramitó toda la investigación y que ya se ha avanzado en los trámites previos a la fijación de audiencia.

En la causa están acusados y serán juzgados el contraalmirante Luis Enrique López Mazzeo, quien en el momento de la tragedia era comandante de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada; el capitán de navío Claudio Villamide, que conducía la Fuerza de Submarinos; el capitán de navío Héctor Alonso y el capitán de fragata Hugo Miguel Correa.
Todos ellos están procesados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte. La etapa de instrucción tramitó en el juzgado federal de Caleta Olivia, en Santa Cruz, que tenía competencia sobre el lugar en donde el buque hizo contacto por última vez.
La jueza Marta Yáñez elevó la causa a juicio y quedó radicada en el único tribunal oral federal de la provincia, ubicado en Río Gallegos d integrado por los jueces Mario Reynaldi, Luis Alberto Giménez y Enrique Baronetto.
Luis Tagliapietra, padre de uno de los marinos fallecidos y querellante en el proceso, planteó la incompetencia del tribunal de Santa Cruz. Argumentó que el hecho no ocurrió en Caleta Olivia sino más allá de las 200 millas náuticas, es decir, en altamar. Mencionó además que muchas víctimas viven en Mar del Plata, con lo que deberían trasladarse. Solicitó que intervenga en el juicio un tribunal oral federal de allí.
Al planteo original de Tagliapietra adhirieron las defensas de los miembros de la Armada, López Mazzeo y Villamide quienes solicitaron la competencia de los tribunales federales de Buenos Aires, donde tiene su sede la Armada Argentina y es lugar desde el cual, a su criterio, se habrían tomado las decisiones que se les adjudica a sus defendidos.
Las defensas hicieron hincapié en que el debate debe ser presencial y que no es posible desarrollarlo en una jurisdicción tan lejana como la de Río Gallegos.

Finalmente, el fiscal del tribunal oral de Santa Cruz, Julio Zárate, dictaminó que su tribunal era incompetente y que debía trasladarse el debate a Mar del Plata; último puerto del buque y sede de la flota de submarinos de la Armada Argentina. Señaló además que hacía allí se dirigía el submarino y que sus últimos contactos fueron justamente con las autoridades de la Armada ubicadas en la Base Naval del puerto de Mar del Plata.
La defensa oficial que asiste a los otros dos marinos imputados (Alonso y Correa) y la representante de la mayoría de los familiares constituidos en querellante, Valeria Carreras, se opusieron al pedido de incompetencia y solicitaron que se mantenga al Tribunal Oral Federal de Santa Cruz.
Esbozaron que se trata de los jueces competentes en el lugar del naufragio y que son quienes se encuentran en mejores condiciones de dar inicio inmediato al debate.
El tribunal oral federal de Santa Cruz había rechazado todos los planteos de incompetencia y ratificó su jurisdicción para celebrar el juicio. Esa decisión es la fue revisada y confirmada ahora por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. El fiscal de Casación, Mario Villar mantuvo la postura de su antecesor e hizo especial hincapié en que el lugar de los hechos no es el de la implosión sino el lugar en donde se dieron las ordenes que derivaron en ese hundimiento. En ese sentido sostuvo que la operación que derivó en la tragedia del submarino fue comandada desde la Base Naval de Mar del Plata, comando de flota de submarino.
El fallo de la Casación tuvo dos posiciones diferentes. La mayoría integrada por los jueces Mariano Borinsky y Hornos optó por mantener la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz. Sostuvo la mayoría que estamos en un escenario de incertidumbre respecto a la circunscripción en la que se habría cometido el delito ya que le implosión y el hundimiento ocurrieron en alta mar y las acciones y omisiones imputadas a los miembros de la Armada ocurrieron en las distintas Bases Navales que tiene esa institución en Buenos Aires, Mar del Plata y Puerto Belgrano. En ese escenario entendieron que no correspondía modificar la competencia y que debía mantenerse la intervención de quien previno en la causa, es decir de la jurisdicción federal se Santa Cruz.

El juez Hornos señaló que “La ley es nítida al determinar que la competencia territorial por hechos delictivos ocurridos en alta mar es la del juez del primer puerto argentino a que arribe el buque. Pero en el caso, la tragedia radica en que, tristemente, el Submarino ARA San Juan no arribó a puerto alguno ya que sufrió en su última misión una implosión cuyas causas y circunstancias han de ser determinadas en el juicio a celebrarse […] En definitiva frente a la incertidumbre que se advierte en relación a la circunscripción en la que se habría cometido el delito no cabe otra solución que la de seguir la regla subsidiaria establecida por la ley en materia de competencia y estar a la intervención del tribunal que previno; en el caso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz”
El juez Borinsky compartió los argumentos y agregó que “teniendo en consideración el estadio procesal en la que se encuentran las actuaciones, que la causa ha tramitado en su totalidad en la jurisdicción santacruceña y que allí es donde se instruyó la mayoría de los elementos probatorios pareciera que mantener la actual competencia se presenta como la alternativa que asegura la mejor, y más pronta, administración de justicia a la luz del principio procesal de economía procesal”
Por su parte, el juez Carbajo, en su voto disidente y en línea con lo postulado por el representante del Ministerio Público Fiscal, consideró que resultaba claro que, en la etapa de juicio oral, la competencia territorial correspondía al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, por tratarse de la ciudad desde donde zarpó el submarino ARA San Juan; del sitio donde estaba su asiento natural; por hallarse allí la Base Naval, sede desde donde se emitió la orden de operación que determinó la salida al mar para realizar esa última expedición; por ser el puerto al que estaba dirigido su arribo; y por haberse emitido desde la Base Naval de esa ciudad la última comunicación al buque.



