
La Cámara Federal declaró la invalidez de indultos de Menem
Es en la causa del I Cuerpo de Ejército; alcanza a dos decretos y a tres militares
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Con el argumento central de que "los delitos de lesa humanidad no son susceptibles de ser indultados ni amnistiados", la Cámara Federal porteña declaró ayer la inconstitucionalidad de dos de los diez decretos de indulto con los que Carlos Menem había beneficiado, en 1989 y 1990, a casi 300 personas, entre jerarcas de la última dictadura militar y jefes guerrilleros.
La resolución de los camaristas Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani, de la Sala I del tribunal, confirmó una decisión del juez federal Rodolfo Canicoba Corral, de marzo del año pasado, en la causa en la que se investigan los crímenes cometidos bajo la órbita del I Cuerpo de Ejército. Ese fallo determinó la invalidez de los decretos 1002/89 y 2746/90 y ordenó la continuación de los procesos judiciales contra el ex jefe de esa unidad de batalla Carlos Suárez Mason y contra los generales (R) Jorge Olivera Rovere y Juan Bautista Sasiaiñ, quienes permanecen detenidos.
La declaración de inconstitucionalidad de los indultos es la primera que dicta una cámara de apelaciones luego de que la Corte Suprema confirmara su validez, en los años ochenta.
Cavallo y Vigliani consideraron que los indultos analizados son inconstitucionales por tres razones: se aplicaron a personas que no habían sido condenas por la Justicia, la Constitución nacional impide amnistiar a los que asumieron la suma del poder público, son contrarios a las normas internacionales a las que adhiere la Argentina y que ordenan la persecución de los delitos de lesa humanidad.
Los indultos se habían concretado en dos etapas. En octubre de 1989, fueron liberados 277 civiles y militares, en una medida que benefició a jefes de las Fuerzas Armadas que actuaron en la represión ilegal, en la Guerra de las Malvinas y en las sublevaciones militares de Semana Santa, Monte Caseros y Villa Martelli, así como a líderes guerrilleros.
En diciembre de 1990, el entonces presidente Menem indultó a Suárez Mason, a los ex comandantes Jorge Rafael Videla, Roberto Viola, Eduardo Massera, Armando Lambruschini, Orlando Agosti; a los jefes de policía Ramón Camps y Ovidio Ricchieri; al ex ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz, y al ex líder de Montoneros Mario Firmenich.
La causas del I Cuerpo de Ejército y de los crímenes cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) fueron reabiertas por la Cámara Federal porteña en septiembre de 2003, luego de que el Congreso declarara la nulidad de las leyes de obediencia debida y de punto final. La decisión final sobre la validez de estas normas está en manos de la Corte Suprema.
Los argumentos
Cuando Suárez Mason, Olivera Rovere y Sasiaiñ fueron indultados, estaban siendo juzgados. Para los camaristas, "la intromisión del Poder Ejecutivo en un proceso en trámite, en el cual todavía no se ha podido establecer la responsabilidad del imputado (...) resulta un claro avasallamiento a la división de poderes de gobierno".
Respecto del impedimento para perdonar a los que asumieron la suma del poder público, la resolución señala que "la prohibición derivada del artículo 29 de la Constitución define también los alcances de la facultad de indultar: los hechos ilícitos que impliquen el ejercicio del poder prohibido por la cláusula constitucional no pueden ser amnistiados ni indultados".
El tercer argumento de Cavallo y Vigliani invoca el derecho internacional general y los pactos con rango constitucional por medio de los que la Argentina se obligó a perseguir los delitos de lesa humanidad: la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra la Tortura.
"La oposición de los decretos 1002/89 y 2746/90 con la obligación internacional descripta resulta evidente desde el momento en que éstos impiden la persecución y la eventual sanción de los responsables de los crímenes contra la humanidad que se investigan", dice el fallo. El otro camarista de la Sala I, Eduardo Freiler, debió excusarse porque, junto con Federico Delgado, fue el autor del dictamen fiscal que precipitó la decisión de Canicoba Corral.
Sobre el final del escrito, Cavallo y Vigliani concluyeron que, por la particularidad del proceso, Suárez Mason, Olivera Rovere y Sasiaiñ no deben ser beneficiados por el principio de cosa juzgada.






