
La Justicia confirmó la indagatoria a Claudio Tapia para el jueves
El juez Diego Amarante rechazó un pedido del presidente de AFA para suspender la ronda de indagatorias en la causa por presunta evasión
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El juez en lo penal económico Diego Amarante rechazó un intento del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, para suspender su indagatoria de este jueves y la del resto de los dirigentes investigados en la causa que revisa las deudas de la entidad con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Así, Tapia deberá presentarse este jueves ante el juez Amarante para ser indagado en la causa que investiga una presunta retención de tributos, aunque podrá optar por no declarar.
“Por recibida la presentación efectuada en el día de la fecha por la defensa técnica de la Asociación del Fútbol Argentino y de los señores Claudio Fabián Tapia, Cristian Ariel Malaspina y Gustavo Roberto Lorenzo, por la cual solicita que se dejen sin efecto las audiencias indagatorias fijadas respecto de sus asistidos hasta tanto se concluya con la sustanciación y se resuelva el planteo de nulidad absoluta en el marco del incidente N° CPE 1182/2025/6, agréguese y a lo solicitado, por improcedente, no ha lugar“, dice la resolución del juez.
El argumento para pedir la postergación de las declaraciones se fundó en que la Cámara en lo Penal Económico tiene pendiente de resolución un planteo de la AFA: la entidad sostiene que las deudas que reclama ARCA -que suman más de 19.000 millones de pesos- ya están pagas, no son exigibles y que no hubo delito puesto que la ejecución de las deudas fue suspendida.
Ese planteo ya fue rechazado por el propio Amarante, pero trepó al tribunal de alzada. Fuentes judiciales sostienen que la indagatoria de Tapia y la resolución de este incidente son cuestiones que corren por carriles distintos y que no hay razones para suspender el trámite.
En rigor, Tapia afrontará dos indagatorias este jueves; declarará por sí mismo y por la AFA. Cuando lo citó, el juez escribió: “En orden a lo solicitado y existiendo motivos suficientes para sospechar la participación de los nombrados en los hechos investigados, cítese a la Asociación del Fútbol Argentino y a Claudio Fabián Tapia a las audiencias que se fijan para el día 5 de marzo de 2026 a las 10:30 y 12:00 horas, respectivamente (...)“.
Además de Tapia, serán indagados otros tres dirigentes y el tesorero de la AFA, Pablo Ariel Toviggino, que también está siendo investigado en la causa que busca determinar quiénes son los verdaderos dueños de la fastuosa casa quinta de Villa Rosa, Pilar.
En rechazo a la denuncia de ARCA que derivó en las indagatorias, la mayoría de los clubes de futbol se encolumnaron detrás de la dirigencia de AFA y resolvieron suspender la fecha 9 del Torneo Apertura, que se iba a desarrollar entre el 5 y el 9 de marzo. Sin embargo, en las últimas horas trascendió que muchos de ellos estaban revisando la postura, ante el rechazo a la medida que se dejó ver en las tribunas durante los últimos partidos.
La ARCA basó su denuncia en la supuesta retención indebida de tributos, por un lado, y el manejo de los recursos de la seguridad social de los clubes, por el otro.
En tanto agente de retención, la AFA acopia los impuestos correspondientes a los sueldos de sus empleados y cuenta con un plazo de 30 días para girarlos al organismo recaudador. Según la denuncia, ese plazo fue incumplido.
La otra pata del caso es la seguridad social. El 7,5% de las entradas que los clubes venden para ver a sus equipos de futbol está destinado a una caja de seguridad social de la AFA. De nuevo, la entidad que nuclea a los equipos debe girar ese dinero a ARCA dentro de un plazo de 30 días para no incurrir en un delito.
Esos dos elementos suman un incumplimiento que supera los $19.300 millones de pesos. Fuentes judiciales al tanto del caso aseguran que el “grueso” de ese monto ya está cancelado, y que solo resta pagar algunos saldos, menores. Sin embargo, el delito que se revisa al Justicia se configura desde el momento en que se incumple con el plazo de 30 días, por lo que una posterior cancelación de la deuda no borraría, a priori, la retención de tributos.
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