La Rioja, al borde de una crisis institucional
El reloj electoral corre muy rápido en La Rioja . Y puede acelerarse todavía más en las próximas semanas luego de que el gobernador Sergio Casas apurara el martes pasado el llamado a votar por su reelección, el 12 de mayo, sin esperar la opinión final de la Corte Suprema .
El escándalo constitucional riojano es grave, pero repetido; es uno más entre muchos y difícilmente escale en el interés nacional, lo que añade un beneficio extra para un sistema político concentrado como el riojano, donde gobierna el peronismo desde 1983. Uno de tantos casos en la mayoría de las provincias.
El caso está en la Corte, a la que Cambiemos recurrió por segunda vez en menos de un mes. Es allí donde puede resolverse que Casas está habilitado para aspirar a otro mandato consecutivo o anularse el proceso montado en diciembre con una enmienda constitucional y una consulta popular realizada el 27 de enero.
A juzgar por la manera en la que se la utiliza, en el mejor de los casos, la Constitución de La Rioja está para ser interpretada según la conveniencia del gobernador de turno
Está claro. En La Rioja, la Constitución provincial no está para ser leída y mucho menos la ley que declaró la necesidad de reformarla, una vez más, en 2008. El primer objetivo para justificar la decisión quedó escrito en la ley que aprobó la abrumadora mayoría peronista de la Legislatura: "Mejorar la calidad institucional de la Provincia".
A juzgar por la manera en la que se la utiliza, en el mejor de los casos, la Constitución de La Rioja está para ser interpretada según la conveniencia del gobernador de turno.
Para evitar la reelección indefinida de Luis Beder Herrera , en 2008, la carta magna reformada incluyó una cláusula transitoria que decía: "El mandato del Gobernador y Vicegobernador, e Intendentes y Viceintendentes electos para el Período 2007-2011, deberá ser considerado como primer mandato". Eso le permitió otro mandato a Beder Herrera, en 2011, pero en 2015 debió dejar el poder a Casas, su vicegobernador, que no tardó en relegarlo una vez en el mando.
Casas encontró un problema en la Constitución. El artículo 120, dice: "(Gobernador y vicegobernador) Podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período."
Como Casas quiere quedarse y ya tiene en forma consecutiva un mandato de vice y otro de gobernador, decidió que la Constitución no puede ser un obstáculo. Y es por eso que La Rioja atraviesa una tormenta institucional que ya cumplió varias etapas. El gobernador no sólo estaba inhabilitado para la reelección, sino que tampoco podía convocar a una consulta, según la Constitución.
En enero, se hizo la consulta popular, tácitamente habilitada por la Corte Suprema, que en un fallo por mayoría evitó pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, como reclamaba la oposición representada en Cambiemos
El artículo 177 dice que esa votación "tendrá lugar en oportunidad de la primera elección general que se realice". Pero el diligente Tribunal Superior de la Rioja interpretó que todo 2019 es un periodo electoral y que por lo tanto no era obligatorio que esa consulta se realizara el mismo día en el que se debía elegir al sucesor de Casas.
En enero, se hizo la consulta popular, tácitamente habilitada por la Corte Suprema, que en un fallo por mayoría evitó pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, como reclamaba la oposición representada en Cambiemos.
La consulta se realizó con un problema extra. El oficialismo y la oposición tienen interpretaciones opuestas sobre la forma de establecer el resultado. Y es que el artículo 84 de la Constitución riojana está escrito para ser interpretado antes que cumplido por la ambigüedad de su redacción. Dice: "Toda propuesta que sea sometida a consulta popular obligatoria se tendrá por rechazada por el pueblo si una mayoría de más del treinta y cinco por ciento de los votos de los electores inscriptos en el Registro Electoral no la aprueba."
El problema a resolver por la Corte es quien tiene razón con la votación ya realizada. El 27 de enero votó el 44 por ciento de un padrón total de 280.699 electores. De esa minoría que asistió a las urnas en una fecha insólita para una votación, el "Sí" obtuvo unos 71 mil votos (25% del padrón) contra alrededor de 50 mil (17,9% del padrón) del "No".
El peronismo interpreta que con esos números es suficiente, porque no considera el total del padrón, sino los porcentajes que surgen de los votos emitidos. Cambiemos insiste en que los porcentajes deben tomarse sobre el conjunto de electores.
La última palabra la tendrá la Corte, si es que resuelve pronunciarse sobre la última presentación de Cambiemos. Casas ya consumó el paso siguiente y llamó a votar el 12 de mayo. El reloj sigue corriendo.
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