Las dudas que dejó Manuel Adorni y que ahora deberá demostrar ante la Justicia: criptomonedas, bienes y declaraciones
El jefe de Gabinete incurrió en afirmaciones que requerirán documentación respaldatoria y que podrían incluso complicarlo en las investigaciones
4 minutos de lectura'

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, omitió aclarar múltiples incógnitas durante la entrevista que concedió anoche a LN+ e incurrió en inconsistencias, omisiones y afirmaciones que requerirán documentación fehaciente, trazable y verificable de manera independiente que deberá presentar ante la Justicia federal, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Oficina Anticorrupción (OA).
Los principales puntos críticos, según contadores, expertos antilavado, inversores en criptomonedas y abogados consultados por LA NACION, son los siguientes:
• Inconsistencia en la cronología de inversiones: ofreció versiones divergentes sobre el inicio de sus operaciones en Bitcoin (“hace 13 años”, “2013-2014”, operaciones exhibidas de 2017-2018), sin lograr reconstruir una secuencia temporal coherente que arroje un monto final que sea con las cotizaciones de 2014 y 2018 (con valores promedios de 527 y 7573 dólares, respectivamente, lo que arrojaría una ganancia muy superior a la declarada por Adorni). Esta inconsistencia afecta la posibilidad de verificar la evolución patrimonial y el origen temporal de los activos.

• Ganancias alegadas sin respaldo técnico idóneo: reconoció utilidades por aproximadamente US$ 300.000, sustentadas en capturas de pantalla de billeteras digitales. Pero no acreditó titularidad, integridad ni correspondencia con registros verificables en blockchain o exchanges.
• Falta de identificación de instrumentos operativos: no precisó direcciones de wallets, sean “calientes” o “frías”, ni plataformas de intercambio utilizadas o cantidades de USDT vendidas. Esta omisión impide la verificación independiente en registros públicos (blockchain) y privados (exchanges), restringiendo la auditabilidad de las operaciones.
• Origen indeterminado del fondeo inicial (FIAT): no acreditó el origen de los fondos con los que él y Angeletti habrían adquirido los criptoactivos, ni su correspondencia con ingresos declarados. Este vacío resulta relevante a efectos de determinar la licitud del capital inicial.
• Falta de correlación entre liquidación de activos y registros bancarios: no aportó evidencia sobre la fecha, modalidad ni destino de la eventual venta de criptoactivos, ni su reflejo en las cuentas bancarias en las que ingresaron esos fondos, lo que impide verificar su entrada al circuito formal, por ejemplo a través de un banco, sea en dólares, pesos u otra moneda.
• Posible inconsistencia en declaraciones juradas patrimoniales: reconoció una modificación en la titularidad del inmueble en el country Indio Cúa previamente omitido o consignado de forma parcial con Angeletti, lo que podría configurar una declaración incompleta o inexacta bajo los estándares de integridad exigidos por la legislación vigente a funcionarios públicos.

• Estructura contractual atípica en operación inmobiliaria: describió un esquema de financiamiento con créditos sin intereses con jubiladas y amigos, sin cronograma de amortización y con formalización posterior, características que se apartan de prácticas usuales y que, en sede judicial, podrían requerir justificación económica y documental adicional.
• Invocación de ingresos de terceros sin acreditación: atribuyó diferencias entre ingresos y consumos a ingresos de su cónyuge, sin aportar documentación respaldatoria suficiente ni consistencia con registros tributarios, lo que impide validar esa fuente de financiamiento.
• Reconocimiento de omisión impositiva: admitió no haber declarado ganancias derivadas de inversiones en criptomonedas, invocando una práctica generalizada de economía “en negro”. Dicha admisión podría resultar relevante a efectos tributarios y eventualmente penales, en tanto no se invocó causal legal que justifique la omisión.
• Demora en la producción de prueba documental: indicó haber tardado tres meses en localizar documentación clave sobre el origen de los fondos, lo que plantea interrogantes sobre su disponibilidad, conservación y consistencia, elementos centrales en procesos de verificación patrimonial.
• Adhesión posterior a régimen de regularización fiscal: se acogió ayer al régimen simplificado de Ganancias creado por la Ley de Inocencia Fiscal, tres meses después de radicada la denuncia penal en su contra. Si bien la herramienta es legal, su utilización en ese contexto temporal podría ser objeto de análisis respecto de sus efectos jurídicos y su alcance frente a eventuales responsabilidades preexistentes.
1El expiloto presidencial de Néstor Kirchner confirmó que trasladó a uno de sus secretarios con valijas cerradas por candados a Santa Cruz
2Caso $LIBRA: un informe de la Policía Federal debilita la explicación que dio Milei para tomar distancia de la maniobra
3La configuración de la casta de Milei
4Máximo Kirchner cuestionó las condiciones de la prisión domiciliaria de su madre: “Están jugando con cosas que no tienen repuesto”




