
El Robo del Siglo: ¿por qué fue expulsado Vitette Sellanes?
Cómo es la normativa que permitió que uno de los autores del asalto al Banco Río de Acassuso sea liberado y enviado a Uruguay; qué dice el fallo
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El caso de Luis Mario Vitette Sellanes , uno de los autores del asalto al Banco Río de Acassuso –conocido como el Robo del Siglo - puso sobre el tapete algunas dudas. ¿Puede un extranjero detenido en la Argentina irse del país sin haber cumplido el total de su pena? Sí, puede, y tiene dos maneras de hacerlo.
Por un lado, el preso puede solicitar voluntariamente el traslado a su país de origen para seguir cumpliendo allí su condena. Esto está contemplado tanto en la legislación argentina como en los tratados internacionales. El objetivo es que la persona detenida pueda estar cerca de su entorno social y cultural.
Por otra parte, el extranjero condenado por la Justicia argentina puede requerir su expulsión. Este es el caso de Vitette Sellanes. Esto está previsto por la Ley de Política Migratoria Argentina (25.871), que establece que " Los actos administrativos de expulsión firmes y consentidos dictados respecto de extranjeros que se encuentren en situación irregular, se ejecutarán en forma inmediata cuando se trate del procesamiento de un extranjero sobre el que pesa orden administrativa de expulsión firme y consentida, en cuyo caso no procederá el otorgamiento del beneficio de la suspensión del juicio a prueba o de medidas curativas, las que serán reemplazadas por la ejecución del extrañamiento, dándose por cumplida la carga impuesta al extranjero" (Art. 64, inc C)
Para poder acceder a la expulsión, el extranjero condenado debe cumplir con dos requisitos:
- Haber cumplido la mitad de la condena
- No tener causas abiertas, condenas pendientes ni pedidos de captura
La normativa establece también que la concreción de la expulsión dará por cumplida la pena impuesta originalmente por el tribunal competente.
En el caso de Vitette Sellanes, el juez Marcelo Alejandro Peluzzi, en su fallo, consideró acreditados los requisitos de la ley para otorgarle la expulsión. Por otra parte, el magistrado resolvió "diferir la declaración de la extinción de la pena única de prisión de 25 años hasta el 24 de junio de 2024, caducando a los efectos registrales de dicha condena el día 24 de junio de 2034". Es decir, Vitette no podrá regresar a la Argentina hasta dicha fecha.
¿Por qué se considera que ya cumplió la mitad de la pena?
La pena a 25 años de prisión que recayó sobre Vitette es la sumatoria de la condena por el Robo del Siglo y las condenas por delitos anteriores de las que ya tenía tiempo computable de prisión efectiva o morigerada.
A la hora de resolver Peluzzi recordó que "por cómputo firme practicado por el Tribunal Oral en lo Criminal
nro. 15 se estableció como fecha de vencimiento de la condena de la prisión que se ejecuta en autos el día 24 de junio de 2024". De tal forma, al año 2012 ya estaría cumplida la mitad de la condena.
Piden debatir la ley
En el mismo fallo, Peluzzi exhortó al Congreso de la Nación a "dar inicio a un debate legislativo con el propósito de modificar algunos aspectos del art. 64 de la Ley 25.871 de Política Migratoria Argentina".
Es que el magistrado considera que esta normativa "incorporó por fuera del Código Penal una nueva causal de extinción de la pena como consecuencia del extrañamiento de un extranjero a su país de origen, tras la acreditación de determinados requisitos legales que no guardan relación con el principio rector de la progresividad y operan de puro derecho".
Para Peluzzi, la aplicación de esta ley deja inconcluso “el principio de reinserción social a través de un sistema progresivo y personalizado del cumplimiento de las penas privativas de la libertad” a los que se comprometió la Argentina.





