Violó a una niña en un colectivo y ahora lo investigan por otro crimen
En Perú, a J. M. P. A. sus padres no lo podían contener. Sus vecinos le tenían pánico. Ante esa situación crítica, sus dos hermanas, que residían en la Argentina decidieron que fuera a vivir con ellas en la villa 31, de Retiro. Lo fueron a buscar a Lima a principios de 2005. Ya durante el viaje en ómnibus desde Perú violó a una niña. Estuvo detenido seis meses en Rosario hasta que lo declararon inimputable. Primero estuvo internado en un centro de salud mental de Santa Fe. Y en marzo de 2006 fue trasladado al Hospital Interdisciplinario Psicoasistencial JoséTiburcio Borda, donde, salvo escapadas transitorias, pasó toda su estadía en el país. Pero eso no significó, ni cerca, que estuviese bajo control.
Por estas horas, y después de que le confesara a una psiquiatra que había matado a golpes en la cabeza a otro paciente del neuropsiquiátrico porteño porque le había dicho "violín", un juez suspendió el proceso en su contra, ordenó alojarlo en la sede del Programa Integral de Salud Mental (Prisma) del Servicio Penitenciario Federal (SPF) e instó al consulado peruano en Buenos Aires a "arbitrar los recursos necesarios para que se avance de forma urgente con el procedimiento de repatriación" del incontenible acusado.
Así lo decidió el juez en lo criminal y correccional porteño Martín Yadarola, que está a cargo de la investigación del homicidio del paciente M. M. M., ocurrido en el sector denominado "Servicio 14" del hospital Borda.
"Es que no hay duda alguna de que la paralización del trámite de este expediente se ha tornado la única solución conteste con el respeto pleno de las garantías de debido proceso y del derecho de defensa en juicio; ello frente a la imposibilidad de concretar actos para los cuales su aptitud es indispensable, como ser, en el caso, la convocatoria a prestar declaración indagatoria. Pero tampoco cabe duda alguna respecto de la necesidad de adoptar sobre su persona aquellas medidas trascendentes frente a una condición de salud psicofísica que se apoya en un riesgo potencial, medido por la adecuada efectividad del tratamiento y de la respuesta al mismo", explicó el juez Yadarola en su resolución.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que desde 2012 se interiorizó en la situación legal y mental de J. M. P. A., sostuvo que el paciente es una "víctima" del sistema sanitario y judicial.
"El Estado es responsable. Debía velar por los derechos de J. M. P. A. y de sus compañeros del Borda. Lo abandonaron", sostuvieron a LA NACION fuentes del CELS.
Desde la Defensoría General de la Nación informaron que el defensor oficial Federico Maiulini, que representa a J. M. P. A, apeló la decisión del juez Yadarola de trasladar al paciente al Prisma.
"La defensa entiende que el tipo de tratamiento a recibir debe ser dentro del sistema de salud mental y no del carcelario. Y que se deben adoptar las medidas para darle contención y tratamiento psíquico permanente", afirmaron fuentes de la Defensoría.
El homicidio en el Borda fue descubierto el 10 de agosto pasado a las 8.15. Pocas horas después, ante una psiquiatra, J. M. P. A., de 36 años, afirmó que sabía qué había pasado con su compañero de habitación. Confesó que "lo había matado con un fierro de un golpe en la cara porque estaba cansado de que M. M. M. lo llamara violín [sic]" y que por eso había tomado la decisión de matarlo; contó que, aprovechando que dormían, "había guardado el fierro debajo de la cama" para asesinar a su compañero, tal como consta en el expediente judicial. Según el relato del acusado, aquella noche también había pensado en matar a otro paciente que siempre le decía "violador".
Una semana antes de ese homicidio, J. M. P. A. se escapó del Borda, pero fue apresado después de agredir sexualmente a una joven en un colectivo de la línea 100. Según fuentes judiciales, cuando la víctima y su madre estaban por bajar del transporte público, el acusado, que se había bajado los pantalones, le apoyó su miembro viril en la espalda.
Después del homicidio de su compañero de habitación no pudo ser indagado. El médico de la Policía de la Ciudad que lo revisó señaló que J. M. P. A. era "un paciente con un cuadro de descompensación psicótica, internado crónico, vigil y globalmente orientado. Al control verborrágico, con un discurso de contenido dificultoso de entender, actitud desafiante, agresivo verbalmente, y con impulsividad y agresividad manifiesta, y sin condiciones para prestar declaración".
En consecuencia, el juez Yadarola dispuso la intervención urgente del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional para que hiciera "un amplio informe psicofísico para conocer su estado actual de salud" y si podía prestar declaración indagatoria.
Trastorno psicótico
El informe concluyó que J. M. P. A. "presentaba una afección compatible con un trastorno psicótico no especificado, siendo que al momento del examen no se encontraba en condiciones de declaración ni de estar en juicio", según se desprende de la resolución del juez Yadarola.
Según el diagnóstico, el paciente tiene un retraso mental leve con antecedentes de descompensación psicótica y desajustes de la conducta dentro del contexto de consumo de sustancias y/o situaciones de estrés. El pronóstico es reservado.
"Con respecto a su tratamiento y abordaje, si bien no se advierten al momento de la evaluación elementos que den cuenta de la presencia de riesgo cierto e inminente para sí y/o para terceros, se considera que el nombrado presenta riesgo potencial, medido por la adecuada efectividad del tratamiento y de la respuesta al mismo", según se desprende del acto resolutorio dictado por el juez Yadarola.
El expediente sobre la salud mental de J. M. P. A. tramita ante el Juzgado Civil N°85, a cargo del magistrado Félix Igarzábal.
"J. M. P. A. cayó en el abandono en el Borda. Convivía en el mismo servicio con otro paciente que abusaba sexualmente de él en forma sistemática", dijeron desde el CELS.
Agregaron que desde el Órgano de Revisión Nacional creado por la Ley de Salud Mental se sostuvo que la internación de J.M.P.A. debía cesar porque el tratamiento era negativo y no ayudaba a su rehabilitación.
En su resolución, Yadarola decidió suspender el proceso en la causa por el homicidio del paciente del Borda por tres meses. Durante ese tiempo J. M. P. A. deberá estar alojado en el Prisma; en paralelo, el consulado de Perú debería avanzar en la repatriación del paciente.
"En definitiva, lo que se pretende no es derivar el conflicto hacia otro país y mucho menos aún ponerlo sin más en manos de un particular, pues claro está que no puede pretenderse dejar librada a su suerte a una persona con la problemática de salud mental aquí verificada –que ha desbordado al sistema médico de salud mental y a otros organismos estatales de la Argentina–, sino que se debe reencauzar su especial situación, procurando dar una alternativa con mejor proyección que aquellas que ha tenido el causante en este territorio desde el año 2005", afirmó Yadarola.
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