
Reducen la pena de una mujer que atropelló y mató a un ladrón
La Justicia de la ciudad cordobesa de Laboulaye determinó que la condena será de dos años y medio en suspenso y no de ocho, como había entendido el tribunal de Río Cuarto; se amparó en el "impacto emocional"
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La Justicia Penal de la ciudad cordobesa de Laboulaye redujo hoy a dos años y medio de prisión en suspenso la condena de ocho años de cárcel que en el 2009 le aplicó un tribunal de Río Cuarto a Mariela Galíndez, la mujer que que en 2005 atropelló con su auto y mató a un joven ladrón.
La Cámara del Crimen de esa ciudad ubicada 346 kilómetros al sur de la capital cordobesa se expidió de esta manera en el segundo juicio que, a raíz del recurso de casación interpuesto por la defensa, ordenó realizar el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
Es que el máximo tribunal cordobés entendió que el tribunal riocuartense no tuvo en cuenta el "impacto emocional" que le ocasionó a la mujer el hecho delictivo del cual fue víctima.
La Cámara 2a. del Crimen de Río Cuarto, el centro urbano donde se registró el hecho el 12 de mayo de 2005, había rechazado aplicar el atenuante de "emoción violenta" planteado por la defensa y, tras considerarla penalmente responsable de "homicidio simple con dolo eventual", le aplicó una condena de ocho años de cárcel.
No obstante, la condenada nunca estuvo presa sino que fue beneficiada con una prisión domiciliaria, debido a que es madre de una niña discapacitada.
El recurso de casación que interpusieron en contra del fallo dictado por la Cámara fue favorablemente receptado por el TSJ que, a través de la Sala Penal, ordenó realizar un nuevo proceso judicial por no haberse valorado que el hurto de ropas perpetrado por el delincuente, "tuvo un impacto emocional en la imputada".
Homicidio simple en estado de emoción violenta
Hoy y después de escuchar los alegatos del abogado querellante, Jorge Valverde, de la abogada defensora, María Soledad Nieto y del fiscal, Carlos Zabala, el tribunal resolvió encuadrar el hecho en la figura del homicidio simple en estado de emoción violenta y redujo la condena a dos años y seis meses de prisión en suspenso.
Al exponer su alegato, el querellante entendió que no había motivo alguno para que se le reduzca la pena a Galíndez, por lo tanto insistió en reclamar que se la castigue a ocho años de cárcel como autora de homicidio con dolo eventual.
Por su parte, tanto la abogada Nieto como el fiscal Carlos Zabala coincidieron en pedir una pena de dos años y seis meses de cárcel por considerar que se trató de un homicidio simple en estado de emoción violenta, criterio que fue compartido por el tribunal.
El episodio ocurrió el 12 de mayo de 2005 en un barrio de Río Cuarto, cuando la mujer atropelló con su auto y le ocasionó la muerte a Fernando "Yeyé" Quiroga (22), un ladrón que luego de herir al esposo de Galíndez con una sevillana robó un bolso con ropa sucia y huyó en bicicleta.
Agencia: Télam
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