Una mujer llamó al 911, amenazó de bomba a cuatro bancos y ahora deberá pagar por los operativos
Cintia Batres, de 32 años, fue condenada a tres años de prisión condicional por falsa denuncia e intimidación pública en Rosario; también tiene que donarle 20.000 pesos a la Sección Neutralización de Explosivos
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El centro de Rosario se vio conmocionado la mañana del 31 de mayo por cuatro alertas que llegaron al unísono: amenazaron de bomba a dos sedes del Banco Municipal, a una del Banco de Santa Fe y a una del Banco Galicia. Sin embargo, tras las redadas que hicieron las fuerzas especializadas se constató que esas advertencias fueron falsas y, finalmente, las autoridades dieron con la persona que se ocultaba tras los llamados: Cintia Batres, de 32 años.
Pero eso no fue todo: además de ser condenada a tres años de prisión condicional por falsa denuncia e intimidación pública, ambos hechos en concurso ideal, en calidad de autora, esta mujer deberá donar 20.000 pesos a la Sección Neutralización de Explosivos para cubrir los gastos de los operativos que derivaron de sus amenazas. De acuerdo a lo que pudo saber LA NACION de fuentes judiciales, la mujer pretendía que no abriera una de las sucursales “por una cuestión personal” vinculada a una de ellas.
Fue el fiscal Franco Carbone, de la Unidad de Flagrancia, quien le atribuyó a Batres haber realizado desde su teléfono particular una llamada a la central de emergencias 911, a las 8.45, para denunciar de forma falsa la existencia de cuatro artefactos explosivos: en el Banco Santa Fe, de calle San Martín 700; en el Banco Galicia, de Sarmiento al 700; y en dos locaciones del Banco Municipal: San Martín al 700 y al 5300. Todos en Rosario.
La presentación del fiscal le achacaba “infundir temor en la sociedad y generar intimidación pública en distintas zonas de la ciudad, quebrantando la tranquilidad de la población en general” y agregaba: “Provocó un dispendio de recursos estatales y la movilización de distintas agencias del Estado, que se avocaron exclusivamente a aplicar los protocolos de evacuación de los lugares afectados y a cerciorarse de la existencia de un dispositivo de explosión en los establecimientos”.
Hoy, el juez de Primera Instancia Carlos Leiva resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía, que fue aceptado por la defensa de Batres, y así condenarla a la pena única de tres años de prisión de ejecución condicional.
Además, deberá cumplir una serie de reglas de conducta por el mismo tiempo que dura la condena: fijar residencia; someterse al control de la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria; abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; realizar una donación monetaria de 20.000 pesos a la Sección Neutralización de Explosivos; no tener y portar armas de fuego, réplicas o blancas; y adoptar, como así también acreditar, un medio de vida lícito.
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