
Crean un registro único para adopciones
Buscan reducir el número de trámites que los padres deben realizar; falta la adhesión de las provincias, que será voluntaria
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Las parejas que deseen adoptar un chico tendrán en el futuro la posibilidad de no deambular de provincia en provincia y cumplir con la infinidad de trámites burocráticos que disponen las distintas legislaciones distritales.
El Congreso Nacional sancionó una ley que dispone la creación de un registro único de aspirantes a guarda con fines adoptivos, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Justicia.
La norma se aprobó sin debate en medio de una maratónica sesión del Senado y pasó casi inadvertida entre el enorme cúmulo de proyectos sancionados hace una semana.
La ley pudo ver la luz merced a la causa común que hicieron legisladores de diversos bloques parlamentarios, que lograron que después de varios años se sancionara un proyecto tendiente, entre otras cosas, a evitar el tráfico de bebes.
Al propiciar la creación de un registro único, los legisladores pretenden que todos los posibles aspirantes a adopción, de todo el país, converjan en un mismo listado.
En la actualidad, según se explicó a LA NACION, cada provincia se guía por sus propias leyes y tiene sus propios registros, por lo que las parejas interesadas en adoptar deben peregrinar de juzgado en juzgado, presentando infinidad de carpetas personales en la mayor cantidad de distritos posibles.
Por decisión de cada distrito
Según quedó establecido, para que este registro adquiera el carácter nacional que se pretende, es necesario que las provincias se adhieran voluntariamente a la ley. LA NACION no puede obligarlas a hacerlo.
"Esta norma significa un paso más para resolver los cientos de problemas que acarrea el proceso de adopción -enfatizó la diputada Silvia Martínez (PJ-Buenos Aires), titular de la Comisión de Familia, Mujer y Minoridad-. Uno de esos problemas -dijo- es la excesiva burocracia; otro no menos importante, el tráfico de bebes."
Según la legisladora, esta ley permitirá combatir ese delito, cada vez más acuciante, sobre todo en las provincias más pobres del país.
Además, agregó, con la creación de un registro único se acabaría con el trato discrecional que pudiera originarse en los juzgados de menores dedicados al trámite de adopción.
"La necesidad de un registro de orden público es necesario para evitar el tráfico de menores, el amiguismo en la entrega de guardas y el peregrinaje de matrimonios por las distintas regiones del país", sintetizó la diputada Hilda González de Duhalde (PJ-Buenos Aires) que, en su anterior mandato, había promovido un proyecto en este sentido.
Puntos principales
La nueva ley establece una serie de requisitos para la inscripción en el registro único. Algunos de ellos son:
- Estar domiciliado en la Argentina, con residencia efectiva por un período anterior de cinco años.
- Datos personales de los aspirantes, número de menores que estarían en condiciones de adoptar, edades, si se aceptan menores con discapacidad, si se reciben grupos de hermanos y si previamente han tenido menores en guarda.
- Evaluación jurídica, médica, psicológica y socioambiental de los postulantes y de su núcleo familiar inmediato.
Una vez concluido este trámite, el órgano de aplicación de la ley (que deberá ser definido por el Poder Ejecutivo) resolverá si se admite o no la inscripción.
En caso de que la respuesta fuese negativa, ésta debe fundamentarse en evaluaciones que aseguren que los aspirantes no acreditan "la aptitud adoptiva mínima", se aclara en el texto de la ley.
En este caso "se instruirá a los aspirantes acerca de las medidas terapéuticas específicas a fin de superar los impedimentos que impidieron su inclusión en el registro", dice la norma.
En el texto se añade que los aspirantes podrán solicitar la reconsideración de la medida ante un órgano superior.
Asimismo, la ley dispone que se dará trámite preferente a las solicitudes de personas interesadas en adoptar menores de más de cuatro años, grupos de hermanos o menores que padezcan discapacidades o patologías físicas o psíquicas.
Las inscripciones de admisión mantendrán su vigencia durante un año calendario, al cabo del cual deberán ser ratificadas por los propios interesados.
El registro único comunicará trimestralmente las nóminas con el objetivo de mantener actualizados a los jueces y asesores de menores en casos de adopción.
Por último, un detalle importante para todos los interesados en ser padres adoptivos: es requisito fundamental para los peticionantes ser admitidos en el registro previo al otorgamiento de la guarda con fines de adopción.
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