La CIDH convalidó un fallo a favor de la libertad de expresión en el litigio entre Carlos Menem y Editorial Perfil
La máxima autoridad regional en Derechos Humanos falló a favor de los periodistas que dieron a conocer la existencia de un hijo extramatrimonial del ex presidente
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Luego de que la Revista Noticias, perteneciente a la Editorial Perfil , publicara en 1995 la existencia de un hijo extramatrimonial del ex presidente Carlos Menem y la diputada Martha Meza, el Ministerio de Justicia difundió hoy el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el que le da la razón a los periodistas que difundieron la noticia y responsabiliza al Estado por violar el derecho de libertad de expresión.
En un fallo anterior, en 2011, la Corte Intermaericana de Derechos Humanos había declarado al Estado argentino como responsable por la violación del derecho de libertad de expresión de los periodistas Jorge Fontevecchia y Héctor D'amico, director de la revista y director de noticias, respectivamente.
Aquella resolución se refería a dos publicaciones de Noticias en las que se revelaba la existencia de un presunto hijo natural no reconocido del ex presidente Carlos Menem y la diputada Martha Meza; el encuentro entre la pareja y su hijo, llamado Carlos Nahir Meza, en la Casa de Gobierno; los regalos que el mandatario les daba a ambos y el acuerdo entre Meza y el entonces presidente por una pensión por un monto de veinte mil dolares mensuales, entre otras denuncias.
Al difundirse la nota, el ex presidente Menem demandó a la Editorial Perfil y a los autores del artículo aludiendo violación del derecho a la intimidad. Luego, los periodistas denunciaron el acoso judicial de Menem contra la prensa.
Tras una largo litigio, en donde la editorial había sido condenada por daño moral y obligada a pagar la suma de $150.000, la Corte Suprema en 2001 redujo la indemnización a $60.000.
El caso planteaba el enfrentamiento de derechos entre la intimidad personal de todo ciudadano y el derecho a la información por tratarse de un funcionario público.
En este nuevo fallo, la Justicia internacional ratificó la sentencia emitida en 2011 y concluyó que "el Estado violó el derecho de libertad de expresión en perjuicio de Fontevecchia y D'Amico", lo que se encuentra amparado en el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derecho Humanos, de la que nuestro país es parte.
El texto indica que "la sentencia es una forma de reparación" y ordenó al Estado "a dejar sin efecto la condena civil impuesta" a los periodistas y sus consecuencias. Además se decidió que se publique en los medios el fallo internacional y a que se pague a los damnificados las sumas por reintegro de costas y gastos.
De esta manera la Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisará el cumplimiento de la sentencia y da por concluido el caso tras 21 años de cruces judiciales.
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