
La Justicia indemnizó por mala praxis al esposo de la víctima
Dice que también sufrió las consecuencias
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Para la Justicia, el marido de una mujer afectada por un caso de mala praxis médica también es víctima de ese delito.
En un fallo sin precedentes, la sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial condenó a una empresa de medicina privada a indemnizar a una pareja que en 1996 fue víctima de mala praxis médica y dispuso que, de los 180.000 pesos del embargo, 120.000 se pagaran a la mujer y 60.000 al marido. Esa cifra, en la actualidad, trepa hasta casi los 850.000 pesos.
La sentencia es única porque por primera vez se considera que el cónyuge resulta víctima del mismo delito que la demandante. La mujer fue madre en la desaparecida Clínica Eva -propiedad de Lomas Sanatorial y de Silver Cross America Inc., actualmente en concurso de acreedores-, pero una complicación posterior al parto, que no fue detectada a tiempo por los médicos, derivó en una infección generalizada y en la extirpación del útero y de los ovarios.
La pareja hizo la denuncia penal y luego la civil por considerar, entre otros aspectos, que no podrían tener hijos biológicos en el futuro, lo que les causaba un daño moral y un dolor indescriptibles.
LA NACION, que tuvo acceso al fallo, se reserva los nombres de los integrantes de la pareja damnificada a pedido de ellos y porque ambos, a partir de lo que consideran una "mutilación", afrontaron y afrontan problemas psicológicos y sexuales profundos.
En cuanto a las empresas demandadas, Lomas Sanatorial SA y Silver Cross, no fueron consultadas por LA NACION porque a la fecha no existen como razón social, están en concurso de acreedores y el embargo en favor de la pareja fue hecho por la Justicia a una empresa de seguros, que funcionaba como garantía.
La historia
La pareja, ella de 23 años y él, de 25, decidió concurrir, en 1996, a la Clínica Eva, donde la obra social del cónyuge, operario de una fábrica, los había derivado.
La mujer tuvo a su hijo, pero a los tres días comenzó a sufrir dolores abdominales, que no fueron debidamente atendidos y que derivaron en una sepsis y en la extirpación de algunos órganos, dado que la vida de la mujer peligraba.
Dice el fallo: "No resulta cuestionable que los accionantes sufrieron daño originado en la conducta antijurídica de la demandada, siendo el mayor sufrimiento moral que puede infligirse a un ser humano. Soportaron la desazón y el desconcierto, no sólo de no poder disfrutar de la vida sexual de la pareja, conforme lo dicho por el experto médico, disminución de la libido, sino de padecer la angustia de no poder engendrar más hijos naturales".
"Dicho proceder antijurídico de la prestadora ocasionó agravio moral con el alcance, según se ha dicho en una aguda fórmula, de una "...modificación disvaliosa de espíritu..."
"Se afectó entonces desfavorablemente la estabilidad emocional, interés emocional, interés espiritual objetivamente reconocible y jurídicamente valioso, con alteración de modus vivendi generando preocupaciones y sinsabores con repercusiones espirituales negativas. Se lesionaron sus intereses inmateriales (desazón, molestias, dolor, sinsabores serios) menoscabándolos y configurando un daño de gran magnitud. Ello porque no cabe duda de que la actora es una joven que ha visto truncadas las posibilidades de engendrar una nueva vida y la afección anímica en la relación de pareja no son consecuencias del daño, sino el daño mismo."
Problemas psicológicos
Según Rita Janá -abogada civilista de las víctimas, junto con Ignacio Irurzun, que se ocupó de la parte penal-, el daño psicológico de la pareja persiste hasta hoy.
"Me parece que lo novedoso de este fallo -dijo Janá- es que, para los jueces, el marido también sufrió la mala praxis. Porque él, como parte del matrimonio, tampoco va a poder tener hijos biológicos y los magistrados vieron que el cónyuge debía ser resarcido porque tenía una expectativa cierta de formar una familia y tener hijos. Y, a partir de la mala praxis, con esta mujer es imposible."
-¿Hay antecedentes en otras legislaciones?
-Sí, en la francesa. Lo que quiero destacar es que este fallo habla de un punto innovador y progresista para el futuro de todos los cónyuges.
-¿Qué dijeron los peritos?
-Los peritos dijeron que la mujer tiene una depresión profunda, porque se siente muy mutilada. Y agrega que ella tiene que recibir tratamiento psicológico urgente. Y que él también debe tratarse.
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