Ni hombre ni mujer: quedó registrado en Mendoza el primer caso de "sexo indefinido"

Pablo Mannino
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2 de noviembre de 2018  • 17:03

No es ni mujer ni varón. Desde ahora, en su partida de nacimiento, y luego en el DNI, en el ítem sexo, figurará una línea. Así quedó registrado en Mendoza el primer caso de "sexo indefinido", a tono con la interpretación de un artículo específico de la ley de Identidad de Género , en base a una recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

De esta manera, esta persona de la tierra cuyana, que anteriormente había sido anotada como una mujer con otro nombre, no necesitará mostrar ahora legalmente a los demás un género específico.

Por tal motivo, la Dirección del Registro Civil de Mendoza dispuso a través de la resolución 420/2018 "proceder a la solicitud de esta persona que requirió el reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida". Por eso se llevó a cabo la correspondiente rectificación registral, ya que fue solicitado en forma expresa que en su partida de nacimiento y DNI no se consigne sexo alguno, de acuerdo a Ley 26.743 de Identidad de Género en el artículo 2. Asimismo, desde el Ejecutivo provincial dejaron en claro que para resguardar la identidad no se difundirán los nombres, en base a la Ley 25326 de Protección de Datos Personales. Lo que sí pudo saber LA NACION es que anteriormente esta persona estaba registrada como una mujer.

"Recibimos a esta persona para proceder al cambio de género, pero planteó que no se autopercibía como hombre ni mujer. Por tal motivo, entendimos el reclamo y dictaminamos objetivamente en base al derecho registral, pero sobre todo a una recomendación de la Corte Interamericana que dispone en estos casos que no se puede restringir los derechos de una persona en cuestiones de sexo", contó a LA NACION Enzo Rizzo, haciendo referencia a bloques de leyes constitucionales que avalan las decisiones personales y a la opinión consultiva 24 que le pide Costa Rica a la CIDH, donde queda establecida esta licencia. Es más, de acuerdo a lo explicado por el funcionario, se debe actuar desde las primeras instancias registrales, como lo es el Registro Civil, de manera tal de evitar la multiplicidad de jurisdicciones y por ende una eventual demanda ante la Organización de Estados Americanos (OEA).

Años atrás, a la hora del registro de las personas se requerían datos que, con la tecnología y las leyes, se fueron quitando, como por ejemplo, el tipo de nariz o color de pelo y de ojos. Luego, con la norma de Identidad de Género, para hacer un cambio, se estableció sólo la obligatoriedad de ser mayor de 18 años, sin la exigencia real de estipular el sexo. Por tal motivo, este nuevo reclamo abre una puerta a nuevos pedidos de quienes no se sienten identificados con el sistema tradicional binario.

Hasta ahora en el país hay un caso similar en Santa Fe que aún no ha sido resuelto, por lo que Mendoza se ha convertido en la primera provincia en llevar adelante en una primera instancia este tipo de resoluciones. De acuerdo a lo informado por las autoridades mendocinas no existen casos similares en los otros países que contemplan el cambio de género como Australia, Canadá y Estados Unidos.

"Lo que intenté hacer fue centrarme en lo jurídico. Entendimos además que de no dar esta posibilidad era ir a la vía judicial, cuando no es lo que nos recomiendan los organismos internacionales. Realmente, me emocionó darle la partida", resumió Rizzo.

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