Tres ONGs presentaron un amparo contra los trabajos de demolición del Luna Park
La presentación fue realizada ante el juzgado Contencioso Administrativo N°5, donde radica otra denuncia por el mismo tema; las entidades cuestionan la autorización oficial para intervenir el edificio
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Tres ONGs presentaron un amparo colectivo para evitar lo que describen como la “destrucción inminente e irreversible” del Luna Park. La acción fue interpuesta el 1° de diciembre con el patrocinio de los abogados Jonatan E. Baldiviezo, Jorge Barbagelata y Pacífico Rodríguez Villar y, según las entidades, busca frenar el proyecto aprobado por el gobierno de la ciudad de Buenos Aires, al que consideran incompatible con el régimen de protección patrimonial que rige sobre el inmueble.
La presentación fue realizada ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N°5 donde ya tramita otra denuncia por el mismo tema, elevada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
La iniciativa de las tres entidades surgió tras la autorización otorgada por la Dirección General de Interpretación Urbanística mediante la Disposición 1283/DGIUR/25. Las organizaciones -Asociación Civil Basta de Demoler, Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Fundación Ciudad- sostienen que esta habilitación da lugar a una obra que excede lo permitido para un edificio declarado Monumento Histórico Nacional y catalogado con protección estructural, una categoría que prohíbe demoliciones y modificaciones de volumen.
El amparo se apoya en un informe técnico elaborado por los arquitectos Marcelo Magadán y Francisco Girelli, especialistas en patrimonio arquitectónico, que insiste en que el proyecto presentado como una “puesta en valor” constituye “la demolición encubierta de casi todo el edificio, a excepción de las fachadas, que se modifican sustancialmente”.
Entre otras cosas, el escrito señala que realizarán un reemplazo de la cubierta histórica, un incremento del volumen edilicio y la construcción de un nuevo estadio de mucho mayor volumen con capacidad ampliada, que pasará de los actuales 8400 a entre 11.000 y 13.000 espectadores. Para las ONGs, estas intervenciones suponen “la pérdida irreparable del bien protegido” y constituyen “una violación de numerosos artículos del Código Urbanístico”.

Al respecto, en el texto dicen que la protección estructural exige conservar la tipología, la materialidad exterior y los elementos que definen la forma del edificio. La normativa permite únicamente intervenciones que no alteren el volumen y establece que las adecuaciones deben realizarse en áreas de menor relevancia patrimonial, que los componentes patrimoniales pueden rehabilitarse, pero no demolerse, que pueden adicionarse elementos contemporáneos que se integren visualmente y no tengan impacto en la estética del conjunto, en la volumetría o la altura; y que las intervenciones deben ser reversibles.
Más adelante, el documento remarca además que las mejoras tecnológicas necesarias —como actualización de instalaciones, seguridad, iluminación y acondicionamiento— podrían ejecutarse sin demoler la cubierta ni las tribunas, sin aumentar el volumen ni modificar las fachadas. En esa línea, y para cerrar, sostiene que existen alternativas de rehabilitación compatibles con la normativa y que la propuesta aprobada provoca una pérdida “prácticamente total” de los componentes patrimoniales.
En la medida cautelar, las tres asociaciones de la sociedad civil solicitaron suspender los efectos de la disposición, prohibir cualquier intervención sobre el inmueble —incluyendo demoliciones, modificaciones de fachada, reemplazo de la cubierta o excavaciones— y ordenar al gobierno de la Ciudad abstenerse de otorgar permisos basados en la factibilidad aprobada.
Dentro de la presentación judicial, las entidades acusan al Ejecutivo porteño de incumplir su deber de preservar el patrimonio cultural y de actuar con arbitrariedad al habilitar una intervención que consideran contraria al Código Urbanístico. También sostienen que la autorización implica atribuirse facultades legislativas, ya que una obra de esta magnitud sobre un edificio protegido requeriría un procedimiento de una ley de la Legislatura de doble lectura y audiencia pública.
Finalmente, advierten que el caso pone en cuestión la capacidad del Estado para aplicar las normas de preservación frente a intereses económicos y señalan que el proyecto contradice la protección vigente, generando —según describen— el “sinsentido” de destruir un edificio histórico con el argumento de conservarlo.
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