
Violencia de género
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó el jueves a Francia por las "lagunas" de su marco jurídico en materia de consentimiento sexual y las "deficiencias" en el caso de una mujer que acusó a su jefe de imponerle una relación sadomasoquista.
En su sentencia de este jueves, el Tribunal estimó que Francia "incumplió sus obligaciones" en cuanto a la instauración de disposiciones contra los actos sexuales no consentidos y su aplicación efectiva.
Afirmó además que Francia violó los artículos 3 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativos a la prohibición de la tortura y al derecho al respeto de la vida privada.
El Tribunal, con sede en Estrasburgo, fue solicitado por una mujer que en 2013 presentó una denuncia contra su jefe por "violación con tortura y actos bárbaros", "violencia física y psicológica" y "acoso y agresión sexual".
Tras haber sido condenado en primera instancia por la justicia francesa, el acusado fue absuelto totalmente en 2021 por un tribunal de apelación, ya que los jueces consideraron que, dado que ambos protagonistas habían firmado un contrato "amo/perra" que regulaba su relación, esta era consentida.
Tras agotar todas las vías de recurso en Francia, la demandante recurrió al TEDH.
En una sentencia dictada el jueves, el Tribunal le dio la razón, señalando las "lagunas del marco jurídico" francés, así como "las deficiencias" en su aplicación.
El Tribunal reafirmó que el consentimiento debía "reflejar la libre voluntad de mantener una relación sexual determinada, en el momento en que se produce y teniendo en cuenta sus circunstancias".
"Por lo tanto, ningún tipo de compromiso anterior -incluso en forma de contrato escrito- puede caracterizar un consentimiento actual a una práctica sexual determinada, ya que el consentimiento es, por naturaleza, revocable", subrayó el Tribunal.
Francia deberá pagar a la demandante 20.000 euros (US$23.000 al cambio actual) por daños morales y 1503 euros por gastos judiciales.
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