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MALLORCA.- Ariel Ibagaza puede hacer historia. El volante de Mallorca, de 24 años, demandó a la Federación Española de Fútbol, a la liga de Fútbol Profesional y a la Asociación de Futbolistas Españoles por sentirse discriminado y limitado en su derecho al trabajador.
Es más: si el mes próximo el Juzgado en lo Social de Palma de Mallorca le da la razón a Ibagaza en la demanda que también incluye a su propio club, sería un paso muy importante de cara al futuro de todos los jugadores argentinos que juegan en España. Si la sentencia le resulta favorable, ningún deportista argentino con permiso de residencia en España podrá seguir siendo considerado extranjero.
La demanda de Ibagaza se basa en el artículo 8º del Tratado General de Cooperación y Amistad entre España y la Argentina, publicado por el Boletín Oficial del Estado el 28 de agosto de 1989, y cuya redacción establece el carácter de igualdad que debe existir entre los trabajadores de ambos países, siempre que estén en posesión de su correspondiente tarjeta de residencia.
La composición íntegra del artículo 8º del Tratado entre España y la Argentina es la siguiente: "Con sujeción a su legislación y de conformidad con el derecho internacional, cada parte otorgará a los nacionales de la otra facilidades para la realización de actividades lucrativas, laborales o profesionales, por cuenta propia o ajena, en pie de igualdad con los nacionales del Estado de residencia, siempre que se hubieran concedido los permisos de residencia o de trabajo necesarios para el ejercicio de dichas actividades".
Además de Ibagaza, que se incorporó a Mallorca en 1998, procedente de Lanús, ocupan plaza de extranjero el nigeriano Finidi George, el camerunés Samuel Eto´o y sus compatriotas Germán Adrián Ramón Burgos y Carlos Roa.
Ibagaza inició a principios del último verano los trámites para conseguir la nacionalidad italiana gracias a la ascendencia de su esposa, y dejar de esta forma de ocupar plaza de extranjero. Según su representante, Alejandro Camaño, en diciembre último el jugador debería haber conseguido el pasaporte comunitario, pero las negociaciones fracasaron porque, tal como manifestó el propio Camaño, "los trámites burocráticos son muy lentos".
Ante la evidencia de que debería seguir siendo extracomunitario como mínimo hasta final de temporada, lo que ponía en peligro su condición como titular en el equipo de Mallorca, Ibagaza consultó a varios abogados para buscar alguna alternativa.
En 1996, el Tribunal Europeo de Luxemburgo dio la razón al futbolista belga Jean Marc Bosman, lo que permitió la libre circulación de jugadores comunitarios en el territorio de la Unión Europea. Esta temporada, el ruso del Celta Valery Karpin lograba que un juez español reconociera su estatus de comunitario B (es decir, perteneciente a un país del Este que tiene firmados, con la Unión Europea, diversos acuerdos en materia laboral y económica), por lo que a partir del dictamen pasó a no ocupar plaza de extranjero en la Liga.
Ariel Ibagaza y sus asesores legales van un paso más allá y están convencidos de que el juez les dará la razón en su demanda. Entre los hechos en los que se basa el litigio se destaca el punto 4º, en el que Ferrán Gomila, abogado del jugador, insiste en que cerrándole parcialmente el horizonte de contratación, se causa a Ibagaza un "severo daño en su carrera profesional".
El letrado hace referencia en su demanda al acuerdo suscrito el pasado 20 de mayo de 1999 entre la Liga Nacional de Fútbol Profesional, la Federación y la AFE para limitar el número de extracomunitarios permitidos sobre el terreno de juego, y lo considera "no virtual para conculcar los derechos fundamentales reconocidos por el Estado español en la propia Constitución del Estado". Ferrán Gomila llega a dudar de su validez, al entender que "su fuerza jurídica procede de la autoproclamación de los tres entes jurídico privados que participaron en su elaboración y suscripción".
Uno de los cuatro juzgados en lo social de Palma de Mallorca está procediendo en la actualidad a interrogar a las partes afectadas, y dictará providencia señalando una fecha para el juicio, que se espera se celebre entre marzo y abril. Si la sentencia favorece a Ibagaza, se habrá derrumbado la frontera deportiva entre España y la Argentina.


