El Gobierno oficializó un aumento de impuestos a combustibles desde septiembre
Los incrementos alcanzan a nafta y gasoil y se aplicarán en dos etapas
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El Gobierno dispuso un nuevo esquema de actualización de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, que comenzará a regir a partir de septiembre. De acuerdo con el Decreto 617/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial, la medida impactará en los precios de la nafta y el gasoil, y se implementará en dos tramos para completar los ajustes pendientes desde 2024.
El Decreto 617/2025, que lleva las firmas del jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, establece montos fijos de incremento para el mes de septiembre y prevé la aplicación de la totalidad de los aumentos postergados desde agosto. Según se detalla en la norma, los montos actualizados derivan de la fórmula de ajuste trimestral basada en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Los tributos alcanzados son el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono. Desde 2018, estos últimos se actualizan cada tres meses siguiendo la evolución de la inflación, pero distintas administraciones resolvieron posponer su aplicación para contener el impacto en los precios de venta al público.
El impuesto al dióxido de carbono grava específicamente la emisión de gases contaminantes generados por el uso de combustibles fósiles y se cobra como un monto fijo por litro, sumándose al impuesto principal de los combustibles líquidos. Aunque representa un porcentaje menor de la carga impositiva, se actualiza de forma automática junto con el resto de los tributos para mantener su valor real en términos fiscales y ambientales.
Para las naftas se aplicará un incremento de $10,523 por litro en el impuesto sobre los combustibles líquidos y de $ 0,645 por litro en el impuesto al dióxido de carbono. En el caso del gasoil, el aumento será de $8,577 por litro para el gravamen general, $2,895 para la alícuota diferencial que rige en regiones como la Patagonia y zonas específicas del interior del país, y $ 0,978 por litro por el gravamen al CO₂.

Por otra parte, la administración nacional ha pospuesto la vigencia de algunos incrementos para contener la presión inflacionaria y atenuar la carga sobre los precios de los combustibles, que incide directamente en la estructura de costos de transporte, logística y bienes de consumo. En respuesta a eso, esta normativa también establece que el resto de los montos acumulados que permanecían diferidos -correspondientes a parte del primer trimestre de 2024 y la totalidad del segundo, tercer y cuarto trimestres de 2024, más el primer trimestre de 2025- se empezarán a aplicar desde el 1° de octubre.
Los considerandos del decreto recuerdan que existe la obligación de actualizar estos montos trimestralmente y que, en ese marco, las actualizaciones deben efectuarse cada enero, abril, julio y octubre, considerando la variación del IPC suministrada por el INDEC. Según la normativa, esos ajustes se trasladan a los hechos imponibles que se perfeccionan desde el primer día del segundo mes siguiente a la actualización.
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