En 2025 cayó un 20% la cantidad de nuevos jubilados y más de la mitad usó moratoria
Fue el año en el que perdió vigencia el principal plan para personas sin aportes que había regido en períodos previos; se sigue recurriendo a otras opciones, y el problema de fondo, el trabajo sin registro, sigue sin solución
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Durante 2025, accedieron a una jubilación del sistema de la Anses 338.553 personas, un 20% menos que en el año previo, según datos de la Subsecretaría de Seguridad Social. De esas altas de prestaciones, el 53,5% incluyó moratoria o compra de aportes no hechos en su momento, en tanto que en el 46,5% de los casos la prestación se obtuvo sin ese tipo de planes, porque los solicitantes habían completado los 30 años de contribuciones, el requisito mínimo establecido por ley.
En el año previo, la cantidad de nuevas jubilaciones otorgadas había sido de 424.984, en tanto que tres de cada cuatro habían incluido moratoria. En tanto, en 2023 las altas habían llegado a 484.948 y ocho de cada diez había sido para quienes solicitaron el beneficio sin haber cumplido de manera previa con el requisito de acumular al menos 30 años de aportes. En los tres años anteriores, en tanto, las altas habían sido menos que las de 2025: en 2020, año de la pandemia, solo hubo 119.665 nuevas jubilaciones; en 2021, 304.781, y en 2022, 366.053.
En marzo del año pasado perdió vigencia de uno de los sistemas establecidos por la ley 27.705, que había sido aprobada -fijando la caducidad de ese plan- a principios de 2023 (lo cual explica en parte el aumento de nuevas jubilaciones que hubo aquel año). Ese régimen ya caído permitía adquirir contribuciones -teniendo la edad requerida para pedir el beneficio- por períodos previos a 2009 no pagadas en su momento, y jubilarse sin saldar previamente la deuda contraída con el Estado. De hecho, el mecanismo preveía el descuento de cuotas de los haberes mensuales, como modo de pago de esos aportes comprados.
En los últimos años (al menos desde 2010, según las publicaciones de la Subsecretaría de Seguridad Social), la mayor parte de las altas de jubilaciones fue para personas que requirieron de moratorias, por no acumular el número exigido de aportes. El universo de las prestaciones con moratoria es heterogéneo: hay quienes acumulaban más de 20 años de contribuciones e ingresaron a estos sistemas por el tiempo faltante (en algunos casos, muy poco), y quienes tenían muy pocos o no tenían ningún aporte.
Si se observa lo ocurrido durante 2025, la estadística oficial muestra que durante el primer semestre hubo 181.549 jubilaciones dadas de alta por la Anses, y en el 71,4% de esos caos (en 129.679) hubo moratoria. Es un índice mucho mayor que el correspondiente al total del año (lo cual refleja que cayó fuertemente la incidencia en la segunda mitad).

Los datos se refieren a prestaciones que comenzaron a percibirse en el primer semestre, más allá de que en muchos casos el trámite de solicitud se había hecho antes. Eso explica la razón por la cual, pese a que el sistema previsto en la ley 27.705 cayó el 23 de marzo, incluso en el segundo trimestre hubo una amplia mayoría de casos con moratoria, (las solicitudes habían ingresado antes).
De número promedio de jubilaciones pagadas mensualmente en 2025, 3.961.880 -el 68,6%- tuvieron moratoria, en tanto que 1.817.563 -el 31,4%- corresponden a quienes lograron reunir el requisito de aportes durante la vida laboral. Entre las pensiones por fallecimiento, hay 543.313 otorgadas con moratoria (un tercio) y 1.660.287 sin moratoria.
Por otra parte y siempre según la estadística oficial, de las casi 2,84 millones de personas con jubilación equivalente al haber mínimo más el bono, el 90% accedió al beneficio utilizando moratoria.
Las alternativas vigentes
Ante la falta de aportes para jubilarse, actualmente hay opciones a considerar, según cada situación personal.
-El acceso al sistema de la “unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”. El esquema fue dispuesto por la ley 27.705, de 2023, y no hay fecha de vencimiento para su ingreso, a diferencia del régimen para personas en edad jubilatoria, para el cual la propia norma fijó la caducidad a los dos años. Este esquema es válido para quienes están a 10 o menos años de la edad de jubilación, es decir, para mujeres de 50 a 59 años y varones de 55 a 64 años. Cada unidad de cancelación vale por un mes de aportes y solo pueden comprarse períodos previos a abril de 2012, siempre a partir de que se hayan cumplido los 18 años de edad y con el requisito de haber estado en el país y sin trabajo formal. El precio por cada mes se actualiza por inflación y en febrero es de $35.089 (comprar un año, por ejemplo, cuesta $421.069).

-La moratoria de la ley 24.476. Es un plan para cancelar, a muy bajo costo, aportes no hechos correspondientes a períodos previos a octubre de 1993, siempre que la persona haya tenido al menos 18 años en el primer mes declarado. Por este requisito, es un plan cada mes más restrictivo, que va perdiendo vigencia con el paso del tiempo. Fue previsto en una ley de los años 90 que fue reglamentada en 2005, en un hecho que marcó el punto de partida (sin planificación) de las moratorias que habilitaron la mayor parte de las jubilaciones en las últimas décadas.
Sin posibilidad de sumar aportes de manera suficiente, la opción es el cobro de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Es una prestación creada por ley en 2016, a la que se accede con 65 años de edad (igual requisito para varones y mujeres) sin un piso de aportes requerido y con la condición de pasar un examen socioeconómico (también previsto en las moratorias, pero no en la compra de aportes durante la edad activa según el régimen de la ley 27.705). Equivale al 80% del haber mínimo y se suma el bono de $70.000. Este mes el monto es de $357.403. En el sistema contributivo, el haber mínimo más el refuerzo es de $429.254, aunque quienes se jubilan por moratoria cobran menos en los primeros años, porque se descuenta mensualmente la cuota del plan.
Otra cuestión a tener en cuenta es que la normativa permite compensar aportes no hechos con el exceso de edad jubilatoria y que a las mujeres se les reconocen períodos de contribución por sus hijos.
En el primer caso, si la persona no se jubila inmediatamente al cumplir 60 o 65 años (las edades mínimas exigidas, según se trate de una mujer o un varón), se cuenta un año como aportado por cada dos de exceso en la edad.

En cuanto al reconocimiento por hijos para mujeres, como regla general por cada uno se cuenta un año como contribuido; en caso de haber existido adopción, dos años. Si se tiene un hijo con discapacidad, se considera un año adicional, y si se accedió a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos doce meses, se suman otros dos años adicionales.
La raíz del problema
La alta cantidad de jubilaciones que fueron otorgadas vía moratorias reflejan principalmente problemas sociales y laborales de vieja data en el país. Es una cuestión, además, relacionada con el hecho de que la ley jubilatoria está desacoplada del mundo del trabajo, porque mantiene una exigencia rígida y no contempla, por ejemplo, prestaciones proporcionales para quienes no llegan a 30 años de aportes, pero sí reúnen, por ejemplo, 15, 20 o 25 años.
En las últimas dos décadas avanzó el uso de las moratorias, que son de naturaleza transitoria. Al mismo tiempo, no hubo ni un principio de solución al problema de la informalidad laboral, que responde a una diversidad de causas. En 2024 el Gobierno puso en marcha un plan de blanqueo laboral que fue establecido por la Ley Bases, pero solamente se logró la regularización de 16.703 trabajadores, el 0,3% del universo de asalariados informales estimado por el Indec (unos 5,4 millones).
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