Un fallo que puede hacer historia
Por primera vez hizo lugar a las acciones de clase un proceso que beneficia las causas grupales y los reclamos similares
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Lejos quedaron los tiempos en los que los fallos de la Corte Suprema se comentaban por las polémicas que levantaban. Ahora es todo lo contrario, se habla de ellos por las implicancias jurídicas que desencadenan.
Hace 10 días, en silencio, la Corte resolvió el llamado caso Halabi. La sentencia trepó enseguida a los titulares de los diarios por el fondo del asunto: declaró la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 25.873, que permitían interceptar las comunicaciones telefónicas y de Internet, por entender que violaban las garantías constitucionales de inviolabilidad de la correspondencia y privacidad.
Ese fue el rebote mediático que el fallo encontró. Pero en los bares donde los abogados se apiñan durante las mañanas; o en los estudios corporativos, que con cientos de abogados estudian cada una de las palabras de la Corte o en los medios jurídicos especializados, la repercusión del fallo caló hondo por otra cosa.
¿Qué sucedió? Pues que la Corte Suprema, por primera vez en su historia, habló de las acciones de clase, un proceso ignorado por la justicia argentina pero que ha tenido un fuerte desarrollo en otros lados del mundo, especialmente en los Estados Unidos.
¿Qué son las acciones de clase? Simplemente son procesos en los que las sentencias no causan efectos solamente para las partes implicadas sino que sus consecuencias trasvasan al simple reclamante. Esto es, si hay otras personas que están en similares circunstancias que quién inició el juicio estarán alcanzados por el fallo. Sin necesidad de un nuevo proceso. Sólo es necesario tener un derecho igual.
Una buena forma de explicarlo es con un ejemplo. En los Estados Unidos, el juez Thomas Griesa tramita una de las llamadas class actions , según su denominación en inglés. En su juzgado está el proceso que siguen miles de inversores que tienen en su poder bonos soberanos argentinos que han caído en default y que no entraron en el canje de deuda que impulsó el Gobierno en 2004 y que se cerró en 2005.
Pero Griesa no tramita un expediente por cada uno de los tenedores de bonos sino que tiene una causa que, al momento de fallar, tendrá una sentencia que tendrá efecto en todos los reclamos. Es decir, lo que Griesa le diga a un bonista se lo estará diciendo a todos los que tengas papeles soberanos argentinos impagos.
Hasta ahora, en la Argentina primaba un principio que regía a todo el sistema jurídico: la sentencia sólo causa efecto entre las partas. Nada más allá. Pero la Corte, que no se ha caracterizado por tibiezas en sus decisiones, cambió de cabo a rabo lo que hasta ahora primaba en el derecho.
Fernando García Pullés es socio del Estudio O´Farrel. Es además profesor varis universidades de derecho y es autor de varios libros, entre ellos "Acumulación de Procesos y Procesos de Clase". El abogado, como varios de sus colegas estaba entusiasmado por la resolución. Dice que la Corte decidió que los contenidos del fallo debían "aprovechar a todos los usuarios que no han participado en el juicio pues el carácter colectivo de la controversia obliga a dar también alcance colectivo para todos los que se encuentren en la misma condición que el reclamante".
Pero dice algo más: que el aporte del máximo tribunal va mucho más allá ya que este fallo significará un gran ahorro para los Tribunales ya que no habrá miles de procesos por un mismo tema. Y luego enumera una larga lista de juicios similares que se multiplicaron de a miles en los últimos años.
"La historia reciente de la demandabilidad estatal, para tomar nada más que la punta visible de un iceberg, es demasiado evidente como para mantener nuestra inercia", dice García Pullés.
Según sus cifras, el Plan Bonex instrumentado por el Decreto 36/90 en los inicios del gobierno de Carlos Menem, generó algo más de 1000 amparos, a comienzos de ese año. Poco después, los conflictos derivados de las jubilaciones militares, provocaron 16.000 procesos durante los años 1991 a 1993.
La reducción salarial que se dispuso por el decreto 290/95 generó algo más de 10.000 procesos en la Capital Federal en ese año y las posteriores, de los decretos 896/01 casi el doble de procesos similares.
Y luego sí llegaron los conflictos relacionados con el modo de liquidar los haberes jubilatorios y su movilidad provocaron más de 77.000 causas, 55.000 tuvieron decisión detrás del fallo "Chocobar" y 22.000 se decidieron tras otros fallos. Sin embargo, algunos de ellos se mantienen hasta estos días.
Los programas de propiedad participada, que fue una manera de compensar a los trabajadores con acciones de empresas privatizadas, generaron 4000 juicios.
La llamada ley de déficit cero fue la causante de 7000 procesos. Y finalmente llegó el corralito, más el corralón y toda la batería de normas pesificadoras. Los decretos 1570/01 y 214/02 (corralito y la pesificación asimétrica) han causado más de 100.000 amparos en la Capital Federal y cerca de 240.000 en todo el país, número que se acrecienta cada día. ¿Podrían haberse evitado estos centenares de miles de juicios si hubiesen existido las acciones de clase? Seguramente, no todos, sino la gran mayoría de ellos. "Los procesos de clase sirven a los intereses de las partes, pero más a la eficiencia de la administración de justicia, pues la sociedad crece en complejidad y es previsible la afectación de cada vez mayor número de personas en los desastres comunes, y esta herramienta es uno de los pocos remedios legales que los pequeños demandantes tienen en su poder contra quienes administran el statu quo", dice García Pullés.
Pero la Corte no dio tarea nada más que a los abogados que esperan ansiosos los desarrollos jurídicos que surgen desde el vértice del Poder Judicial. También les habló a los legisladores que han hecho poco por dictar leyes que mejoraran las condiciones en las que los tribunales de todo el país tratan de hacer justicia en centenares de causas.
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