La Corte Suprema necesita al menos un experto en cuestiones fiscales
Matias Olivero Vila, presidente de Lógica, explica la necesidad de la presencia de un tributarista en el máximo tribunal
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Ante la vuelta al debate público de la cuestión de las dos vacantes de la Corte Suprema, desde Lógica sostenemos que al menos una de ambas debería cubrirse con un experto en cuestiones fiscales: un tributarista.
Primero, el argumento de mayor peso, la agenda del país: si el Presidente y 18 gobernadores coinciden en el Pacto de Mayo que el 50% de los diez puntos son fiscales (equilibrio fiscal, coparticipación y reformas de gasto público, tributaria y previsional), lo lógico es que, como mínimo, uno de los cinco miembros (el 20%) sea experto en esos temas.

Segundo, la relevancia del Poder Judicial a futuro para salir de la tragedia fiscal argentina. Según distintas fuentes, llegamos a tener los impuestos más altos del mundo y récords de inflación, ambas reflejo del descontrol del gasto público. Los Nobel de Economía 2024 fueron premiados por demostrar que el fracaso de los países depende más del mal funcionamiento de las instituciones, el Poder Judicial entre las principales, que por los malos planes económicos de los políticos. Más aún, agregamos, en un país donde la defensa judicial ante los altos impuestos es esencial. Argentina necesita urgentemente inversiones, ahuyentadas en las últimas dos décadas por razones fiscales, entre otras causas principales. Se necesita seguridad jurídica, fallos imparciales y predecibles, en especial desde la Corte.
Tercero, la responsabilidad primaria de la Corte por la tragedia fiscal. La Corte ha sido el tribunal que mejor (o menos mal) aplicó los principios constitucionales en defensa de los contribuyentes. Pero lejos de la implacabilidad que exige un país con los impuestos más altos. En el país de los ciegos el tuerto es rey. Pero no deja de ser tuerto. Ejemplo: la Corte no aplicó la primera lección tributaria, la distinción entre impuesto (sin contraprestación) y tasa (con contraprestación, calculada sobre el costo de los servicios recibidos). Cuando pudo definirlo en “Esso c/Mun. de Quilmes” (2021) se apartó para sostener que las tasas pueden calcularse sobre los ingresos totales del vendedor. Incentivó así a que otros intendentes incurran en el mismo exceso, echando nafta al descontrol de su gasto público. Lanús aplica la tasa del 6% sobre supermercados por culpa de “Esso”. Existen muchos ejemplos similares.

Cuarto, las consecuencias. Esta culpabilidad primaria de los jueces tuvo efectos muy nocivos en el sector empresario, provocando falta de competitividad y generando un 45% de informalidad, casi una venta con factura por cada venta sin ella. Un país inviable e injusto. Detrás de ese rol se encuentra la “ilusión fiscal judicial”. Los jueces creen que deciden entre el Estado y las empresas. Pero, por tratarse de impuestos a la producción, deciden entre el Estado y los consumidores. Distintos estudios demuestran que esos impuestos son afrontados por los consumidores finales, por más del 40% e incluso más del 50% del precio final. Quienes más los sufren son los 18 millones bajo la línea de pobreza, comprándole un producto al Estado (en impuestos) cada vez que les cuesta comprar uno para ellos mismos.
Quinto, la influencia desde lo más alto. No basta apoyarse en secretarios tributaristas o en dictámenes del Procurador, aun si fueran los mejores. Es necesario que quienes lideren esos fallos desde su especialidad sean ministros, señalando el camino dentro de la Corte y a los tribunales inferiores. Ya no aplica lo de “los jueces sólo hablan por sus sentencias”. Hoy los ministros declaran en medios y exponen en distintos foros. Debe bajarse a toda la sociedad y al exterior una clara señal de cambio real y positivo en lo fiscal en el Poder Judicial.
Sexto, los precedentes. Desde 1983, ninguno de los 24 ministros ha sido experto en lo fiscal, mientras los hemos tenido en derecho de familia, reales, defensa al consumidor, etc. Y tan bien no nos fue. Ni a la Corte ni al país. De los requisitos para integrarla (Dec. 222/2004) el de más peso es la especialidad. Ya dicho, debe apuntarse a la agenda del país, mayormente fiscal. La especialidad más vinculada a lo fiscal es la tributaria. Ambos miembros deben ser garantía de integridad, reputación y de correcta aplicación de principios constitucionales, demostrado en fallos, dictámenes y/o doctrina. No deberían ser candidatos quienes han sido funcionales o responsables de la tragedia fiscal. No es cuestión de agravar el problema.
Séptimo, una cuestión de oportunidad. Muchas causas fiscales llegarán a la Corte, las iniciadas por los excesos tributarios de los últimos años y por las nuevas normas del actual proceso de cambio. No hay otras ramas con tantas cuestiones relevantes y novedosas.
Por último, la cuestión de género. Se critica que desde 2021 no hay mujeres en la Corte, cuando hace 10 años había dos. Las designaciones deben realizarse en base al mérito y no a cupos fijos. Pero que no haya un mínimo de diversidad luce discriminatorio.

Conclusión: el costo para el país de una Corte que no puso límites suficientes a la tragedia fiscal ha sido mayúsculo. Por las razones mencionadas, al menos una vacante debe cubrirse con un experto en cuestiones fiscales, lo más natural tributarista. Ambas vacantes deben cubrirse por quienes han demostrado correcta aplicación de los principios constitucionales.












