
Exigencias para los comicios gremiales
Una resolución del Ministerio de Trabajo impide a los dirigentes anticipar las elecciones a su antojo
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Para evitar que la conducción de los sindicatos convoque discrecionalmente a elecciones mucho antes de finalizar su mandato y asegurarse más tiempo en el poder gremial, el Ministerio de Trabajo dictó una resolución por la cual dispone que aquéllos sólo podrán hacerlo con 120 días de anticipación a la fecha de vencimiento del período por el que fueron elegidos.
Con el propósito de "garantizar la libertad sindical con todas las normas que se refieren a la organización y acción de las acciones sindicales", la decisión de la cartera que conduce la ministra Patricia Bullrich establece que los gremios que anticipen sus elecciones deberán comunicar esa decisión a la cartera laboral dentro de los tres días posteriores a adoptar la medida.
Además de las causas por las cuales se optó por tomar la decisión, los sindicatos deberán suministrar a sus afiliados la información de ese acto en un medio de comunicación masiva y en un plazo no menor a los quince días previos al inicio de los comicios.
"Una práctica muy habitual en los sindicatos es que una conducción con cuatro años de mandato al segundo ya hace la convocatoria a elecciones y se asegura, con la virtual certeza de que es reelegida, cuatro años más de mandato", explicó ayer a LA NACION el subsecretario de Relaciones Laborales del ministerio, Juan Manuel Velasco.
Las causas
La anticipación injustificada de los comicios sindicales y la falta de comunicación a los afiliados en tiempo y forma son dos de las principales causas de impugnaciones de los procesos electorales y de quejas de las listas opositoras a la conducción de los gremios.
"Como los estatutos no especifican nada al respecto, por omisión no constituye una ilegalidad. Pero esta distorsión se aplica en la mayoría de los sindicatos", agregó Velasco.
El asesor legal de la Confederación General del Trabajo (CGT) dialoguista que conduce Rodolfo Daer, Lucio Garzón Maceda, no sólo se mostró de acuerdo con la decisión ministerial, en diálogo con LA NACION, sino que también fue más allá.
"Es razonable que se comunique el adelantamiento de elecciones con una antelación breve y explícita. Y hasta me animaría a decir -profundizó- que nada justifica hacerlo, porque desnaturaliza el voto del afiliado. Ni siquiera la acefalía en una conducción -explicó-, porque en ese caso no hay que adelantar las elecciones sino llamar a nuevos comicios."
Hubo ejemplos de sindicatos que anticiparon comicios, como ocurrió en 1999 con empleados de comercio, químicos y trabajadores de la ex Obras Sanitarias, antes de asumir el nuevo gobierno constitucional.
Según informó a LA NACION una fuente sindical, ha sido frecuente el procedimiento de anticipar el proceso electoral antes de asumir un determinado Gobierno para asegurarse la continuidad al frente del gremio.
Estatuto modelo
Velasco admitió que esta resolución es un paso en la elaboración de un estatuto modelo de parte del Ministerio de Trabajo para que sea adoptada, en sus lineamientos generales, por los gremios, junto con otras medidas futuras.
Sin embargo, se cuidó de no mostrar un intento de avasallamiento a la representación obrera. "Fortaleceremos el control de legalidad de los estatutos y democratizaremos la vida sindical. Pero los sindicatos son libres de tener lo que quieran en la medida en que no atente contra los derechos constitucionales", finalizó el subsecretario de Relaciones Laborales.





