Hasta qué hora se puede votar hoy en las elecciones 2023
El horario de los comicios está establecido por ley; quienes se encuentren en la fila para el horario de cierre de urnas, igual podrán votar
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Las elecciones generales 2023 convocan a la ciudadanía a elegir el próximo presidente y vice y demás autoridades de importancia institucional, según las jurisdicciones. Para ello es preciso saber con exactitud hasta qué hora se puede votar en los establecimientos dispuestos para el acto electoral de este domingo 22 de octubre.
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A qué hora abren y cierran los centros de votación
Según lo dispuso la Cámara Nacional Electoral, los centros de votación abren este domingo 22 de octubre a las 8 de la mañana y permanecen abiertos por 10 horas, hasta las 18. De todas formas, quienes se encuentren en la fila para esa hora, podrán votar.
En otras ocasiones, las demoras en los operativos de sufragio han motivado la extensión del horario de votación, aunque esto debe ser aprobado por el juzgado electoral con competencia nacional.
Qué documentos son válidos para votar
El Ministerio del Interior informa que los siguientes tipos de documentos, expedidos por el Estado nacional a lo largo de los años, son válidos para emitir el sufragio en las elecciones generales del 22 de octubre:
- Libreta cívica
- Libreta de enrolamiento
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- DNI tarjeta
Desde la cartera confirman que los documentos que contienen la leyenda “No válido para votar” sí son válidos para sufragar, aunque estas tarjetas no informan de qué tipo de ejemplar de DNI se trata. También se recuerda a los electores que el documento a presentar en la mesa de votación debe ser el mismo que figura en el padrón o uno posterior.

Asimismo, desde la cartera oficial advirtieron que no se puede votar con un certificado de DNI en trámite, ni tampoco si el DNI está en el celular.
¿Puedo votar en las generales si no lo hice en las PASO?
Si alguien no votó en las PASO y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
Qué debe pasar en las elecciones para que haya ballottage
Según los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional, para que un candidato se imponga en primera vuelta debe sumar el 45 por ciento de los votos totales u obtener al menos el 40 por ciento y superar al contrincante más cercano por más de 10 puntos porcentuales de diferencia. En caso contrario, el escenario es de una segunda vuelta o ballottage entre los dos primeros candidatos.
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