La Corte Suprema rechazó tratar el per saltum del Gobierno por la reforma laboral
El máximo tribunal de Justicia señaló que es “inadmisible”; fuentes judiciales dicen que es inoficioso porque ya resolvió la Cámara del Trabajo enviar el caso al fuero contencioso administrativo
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La Corte Suprema de Justicia rechazó tratar el recurso de per saltum que presentó el Gobierno para que el máximo tribunal resuelva si es constitucional o no la ley de reforma laboral, aprobada por el Congreso de la Nación el 28 de febrero pasado.
Dijo que es “inadmisble” el pedido de la Procuración del Tesoro para aplicar el per saltum.
Fuentes de los tribunales explicaron que es “inoficioso” tratarlo pues la Cámara del Trabajo ordenó el envío del expediente al fuero en lo contencioso administrativo.
No hay salto de instancia posible porque ya resolvió el tribunal de alzada, dijeron fuentes judiciales a LA NACION.
Con la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el máximo tribunal sostuvo que no se observan los requisitos previstos en el Código Procesal Civil para admitir el recurso presentado por el Gobierno.
El artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial sostiene como debe ser planteado el recurso extraordinario y que debe hacerse dentro de los diez días contados a partir de la notificación.
De esa presentación se dará traslado por diez días a las partes y el tribunal de la causa decidirá sobre la admisibilidad del recurso. Si lo concediera, deberá remitir las actuaciones a la Corte Suprema dentro de cinco dia contados desde la última notificación.
Esto es lo que señala el artículo al que aludió la Corte.
La Procuración del Tesoro había presentado el per saltum el 16 de abril pasado, luego de que Horacio Ojeda, un juez de primera instancia, declarara la inconstitucionalidad de 81 artículos de ley llamada de “modernización laboral”.
Sin embargo, esa decisión fue revocada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que restituyó la vigencia plena de la reforma. Ahora, el expediente debería pasar al fuero contencioso administrativo.
Sin embargo, en la CGT no están de acuerdo con la interpretación de la Corte. Fuentes cercanas a la central obrera señalaron que el máximo tribunal podrìa haber resuelto.
Indicaron que aùn no se ha pronunciado la Cámara del Trabajo porque debe resolver las recusaciones de sus integrantes.
La CGT recordó que planteó además la inconstitucionalidad de la ley de cautelares contra el Estado que habilita a la Cámara Federal a resolver las cuestiones de competencia. Y por eso el fiscal de contenciosos administrativo había sostenido que por la materia del caso, la causa debía tramitar en el fuero laboral.
Sin embargo, tras este fallo de la Corte el asunto quedó en el terreno de la Cámara Contencioso Administrativo Federal.
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