Procesaron al ex juez Galeano y a Anzorreguy por la AMIA
La medida incluye a los ex fiscales Mullen y Barbaccia, a Berajay a Telleldín
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El juez federal Ariel Lijo procesó ayer por delitos graves cometidos durante la investigación del atentado contra la AMIA al ex magistrado Juan José Galeano, al ex jefe de la SIDE Hugo Anzorreguy, al ex titular de la DAIA Rubén Beraja, a los fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia, y al primer detenido del caso, Carlos Telleldín, entre otras muchas personas.
En total, los procesamientos alcanzan a nueve personas que protagonizaron este caso. También se trabaron embargos millonarios.
En una durísima resolución, el juez Lijo imputó al destituido juez Galeano por peculado (utilización de dinero público), coacción reiterada en perjuicio de detenidos y de testigos, falsedad ideológica, prevaricato y privación ilegal de la libertad de Telleldín y de otros detenidos. Además, le trabó embargó por tres millones de pesos.
Asimismo, el juez procesó también por uno de esos delitos, peculado, a varios imputados: Anzorreguy, que es quien, a criterio del juez, sustrajo los fondos públicos con los que Galeano pagó 400.000 pesos a Telleldín; el propio Galeano, que pagó esa suma; Telleldín y su mujer, Ana Boragni; los ex agentes de la SIDE Patricio Finnen y Alejandro Brousson; Beraja, y el abogado de Telleldín, Víctor Stinfale. Todos ellos habrían participado, en algún grado, en el delito de peculado, según el juez.
Los ex fiscales Mullen y Barbaccia, en cambio, fueron procesados por privación abusiva de la libertad en perjuicio de Telleldín y de los policías que fueron, de acuerdo con Lijo, injustamente encarcelados por Galeano.
Galeano fue el juez a cargo de la causa AMIA y siempre centró la pesquisa en Carlos Alberto Telleldín y en varios policías, a quienes mantuvo detenidos durante diez años.
Galeano, junto con Anzorreguy, que proveyó los fondos públicos, pagó 400.000 pesos a Telleldín para que confesara a quién había entregado la camioneta utilizada como bomba contra la mutual judía. Además, el juez presionó a varios testigos y creó prueba falsa.
Finalmente, cuando el caso llegó a etapa de juicio oral, el Tribunal Oral Federal N° 3 declaró la nulidad de todo lo realizado por Galeano durante diez años de instrucción y, finalmente, el 3 agosto de 2005, el Consejo de la Magistratura destituyó al ex juez federal.
"Prueba falsa"
Lijo sostuvo que "se inventó prueba falsa, es decir, más allá de la forma en que se obtuvo, era en sí misma irreal", y, de ese modo, Galeano "frustró de modo terminante la determinación de la verdad".
Según fuentes judiciales, esta sumatoria de delitos prevé, en el caso de Galeano, penas de entre 2 y 54 años de cárcel si la causa llega a juicio oral y resulta condenado, con lo cual el ex magistrado, cuando afronte el juicio oral, correrá serios riesgos de quedar detenido.
Lijo también prohibió al destituido juez salir de la jurisdicción de la Capital sin autorización, aunque evitó ordenar la prisión preventiva de los procesados por entender que no hay riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la pesquisa.
Galeano deberá además someterse a un careo con el ex prosecretario de su juzgado Claudio Lifchitz, el primero en denunciar las maniobras que ocurrían en la causa por el atentado cometido el 18 de julio de 1994.
Según la resolución, a la que tuvo acceso LA NACION, el ex juez "incorporó al proceso información falsa" para "vincular a la investigación a personas respecto de las cuales no existía una real sospecha, ya que, en este caso, el objetivo no era esclarecer fehacientemente el atentado y descubrir a sus autores, sino el de involucrar a ciertas personas a la investigación, de cualquier forma".
Ex fiscales
Al igual que Galeano, los ex fiscales quedaron imputados y embargados por 500.000 pesos cada uno, acusados de privación ilegítima de la libertad por haber avalado la detención de los ex policías bonaerenses Juan José Ribelli, Anastasio Leal, Raúl Bareiro y Raúl Ibarra sobre la base de pruebas obtenidas de manera "irregular".
Galeano "sabía de las irregularidades y falsedades y, sin embargo, desarrolló los actos como si fueran normales", consideró Lijo, que hizo lugar a los pedidos de procesamiento de la fiscalía y de la Oficina Anticorrupción. Y los fiscales, de acuerdo con el fallo, no ejercieron el control de la actividad judicial.





