
Una por una: 10 normas que se eliminarían con la Ley Hojarasca de Federico Sturzenegger
Entre las leyes que se busca dejar sin efecto hay normas obsoletas, como la que crea el “patrinazgo presidencial” o inhabilita a los funcionarios que dispongan “azotes”, pero también otras que tienen como objevito delcarado terminar con privilegios, como el libre estacionamiento para los legisladores
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La “ley Hojarasca”, impulsada por Federico Sturzenegger, propone la eliminación de más de 70 normas.
Algunas, por “obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, economía o paso del tiempo”; otras, porque “afectan a libertades individuales” o porque están “englobadas por legislaciones posteriores más completas y modernas”, entre otros motivos.
Entre las leyes que buscan derogar están:
- La Ley 14.034, promulgada en 1951, bajo el gobierno de Juan Domingo Perón, que establece: “Será reprimido con prisión de cinco a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua, el argentino que por cualquier medio propiciare la aplicación de sanciones políticas o económicas contra el Estado argentino“. Al respecto, el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado afirmó: “Esta ley prohíbe la defensa de los derechos humanos de la sociedad argentina en los foros internacionales”.
- La Ley 18.312, de 1969, que impone la creación de un fondo para el desarrollo de la producción de papel prensa y de celulosa. En este caso, desde el Ejecutivo señalaron que “busca restringir la libertad de expresión”.
- Dos legislaciones del gobierno de Alejandro Lanusse, que también consideró que atentan contra la libertad individual. Por un lado, agregó a la Ley 19.787, que, según el Ejecutivo, “restringe la elección de temas musicales en la programación de radios” y la Ley 20.120, que “hablita al Estado a prohibir reuniones privadas entre ciudadanos”.
“Cuantas más leyes peor una sociedad. En el infierno no encontrarás más que leyes” Grant Gilmore (jurista norteamericano).
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) October 13, 2024
A partir de mañana daremos más detalles de las 70 leyes q buscamos derogar. VLLC! pic.twitter.com/CkllI0gYd5
- La Ley 20.959, de 1975, que le otorga a senadores y diputados de la Nación libre circulación y libre estacionamiento. De esta manera, Sturzenegger apuntó: “Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática”.
-La ley 26.688, aprobada durante el segundo mandato de Cristina Kirchner, que declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos, considerándolos bienes sociales. El Ejecutivo argumentó que la reglamentación de la legislación no impone acciones concretas.
-La ley N° 94, de 1864, que inhabilita por diez años a cualquier autoridad que “haga azotar a una persona”. El proyecto de ley destaca que la pena de azotes fue prohibida por la Constitución, que impide “toda especie de tormento y los azotes”. La iniciativa destaca: “Hoy en día es absurdo mantener una ley que contemple específicamente este instituto, que está prohibido en nuestra Constitución y nunca debe tener lugar en un Estado liberal y republicano. Es por ello que ha perdido vigencia y, en tal caso, esta conducta reprochable encuentra condena a través de otras figuras penales”.
-La ley N° 20.400 (1973). Establece que no se podrá realizar ninguna operación con el objeto de conseguir para sí o de proporcionar a un tercero mano de obra de personas que no ofrezcan voluntaria y espontáneamente sus servicios. Se considera a esta norma precursora en la lucha contra la trata de personas, precisa la iniciativa oficial, que destaca, que posteriormente, su articulado fue superado por normas de un sistema interrelacionado de lucha contra la trata, en particular la Ley N° 26.364, por lo cual en la actualidad no tiene aplicación práctica alguna.
-La ley 20.843 (1974). Esta norma reconoce la figura de “Padrinazgo Presidencial” y la institucionalizaron imponiendo que toda persona que haya sido apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo Nacional tiene derecho a que el Estado Nacional “le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales”.
-La ley 22.109 (1979), que establece que el Poder Ejecutivo podrá disponer el aislamiento de enfermos o sospechosos de viruela y sus contactos, así como la vacunación y revacunación de los grupos expuestos al riesgo de enfermos y la adopción de otras medidas. “Esta norma ha sido superada por la Ley N°27.491 sobre control de enfermedades prevenibles por vacunación, que establece los mecanismos para lidiar con las enfermedades infectocontagiosas de manera integral", dice el proyecto.
Todas las leyes que el Gobierno buscará eliminar con el proyecto
- Superadas por normas posteriores: 94, 3863, 16.789, 20.400, 20.843, 21.778, 22.109, 23.678 y 24.675
- Obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, economía o paso del tiempo: 448, 3235, 16.879, 18.569, 19.648, 20.114, 20.577, 21.895, 23.756 y 23.888
- Afectan libertades individuales: 14.034, 18.312, 19.787, 20.120, 20.802, 20.959, 20.983, 22.875 y 22.964.
- Aquellas cuya derogación implica un avance en el proceso de desburocratización: 14.041, 14.800, 17.752, 19.340, 19.363, 20.308, 20.496, 20.876, 21.056, 21.145, 21.159, 22.426, 22.963 –ciertos artículos-, 23.419, 23.634, 24.057, 24.127, 24.298, 24.960, 25.750, 26.227, 26.688 y 27.171.
- Remiten a procesos inexistentes u organismos disueltos: 11.245, 11.380, 12.307, 13.521, 14.578, 17.584, 20.085, 20.299, 20.327, 20.543, 20.956, 23.671 y 24.731, y el Decreto de Ley 12.795/44 y el Decreto 1.262 del 22 de mayo de 2003.
- Leyes sobre organismos para integrantes del sector público, financiados con fondos públicos nacionales: 20.984 y 24.807.




