La reglamentación del organismo publicada en el Boletín Oficial permite la compra de títulos públicos a valor dólar bolsa
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Hoy se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores (CNV) que permite la compra de títulos públicos con los fondos depositados en las “Cuentas especiales de depósito y cancelación para la construcción” (CECON.Ar). Ayer, el Banco Central también dio luz verde a los bancos para la generación de las cuentas. La medida se enmarca dentro de la Ley 27.613 de incentivo a la construcción federal y el acceso a la vivienda y su Decreto Reglamentario 244/2021 que permite comprar propiedades con un grado de avance de hasta el 50% con dinero no declarado.
La reglamentación de la CNV es clave porque busca incentivar el sinceramiento de dólares y de esa forma evitar que los interesados primero cambien sus dólares no declarados en el mercado informal y luego depositen pesos en las cuentas CECON.Ar. “Para incentivar el depósito de dólares, se instrumentó la compra de títulos públicos que coticen en dicha moneda extranjera y en pesos, como por ejemplo el AL30, que permitirá obtener un tipo de cambio –implícito porque es una operación bursátil- al valor dólar MEP que hoy ronda los $145 menos gastos”, detalla Sebastián Dominguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
El paso a paso para comprar títulos públicos
Para hacerlo, el primer paso es abrir una subcuenta comitente de custodia especial ante el Agente Depositario Centra de Valores Negociables (ADCVN) con la misma titularidad a la declarada en la cuenta bancaria “Cuenta especial de depósito y cancelación para la construcción” (CECON.Ar). Luego, la ADCVN solicitará que se presente la documentación de respaldo para constatar saldos y datos de titularidad de la cuenta bancaria mencionada. Una vez abierta la subcuenta comitente especial, debe transferirse la moneda extranjera a la misma desde la cuenta bancaria especial CECON.Ar para luego comprar los títulos públicos con esa cuenta.
Otro dato clave es que se pueden comprar títulos públicos también si se blanquean pesos. “Se pueden comprar títulos públicos con pesos. Los mismos luego se deberán vender también en pesos”, explica Dominguez y aconseja que “quien estime que la cotización de los títulos públicos puede aumentar, podría optar por esta inversión para su posterior venta y afectación al proyecto inmobiliario”.
¿Cuál es el plazo para vender los títulos públicos?
“Si la compra de títulos públicos se realiza con moneda extranjera, es decir en dólares, el plazo es cinco días hábiles contados desde la fecha de acreditación de la compra de los mismos en la subcuenta comitente de custodia especial”, responde Dominguez. Diferente es si los títulos públicos se compran en pesos. En este caso pueden conservarse en cartera, cumpliendo con los plazos del blanqueo. Hay que tener en cuenta que los fondos declarados deben invertirse en un proyecto inmobiliario en pozo o con un avance inferior al 50% antes del 31 de diciembre de 2022, inclusive.
¿Hay que invertir todo el dinero blanqueado en forma inmediata?
No. El plazo en este caso también es el 31 de diciembre del 2022. Es decir, en esa fecha, la cuenta debe quedar sin fondos. Por otra parte, quien sincere dinero tiene la opción de ir comprando títulos públicos -para convertir los dólares en pesos a tipo de cambio valor bolsa- y realizar la conversión a medida que avanza la obra y tiene la necesidad de pagar la cuota mensual comprometida con el desarrollador.
Por supuesto que también está la opción de dejar depositados los dólares e inclusive hacer el blanqueo ahora (pagando menos impuestos) y recién entrar en pozo en un par de meses o un año y hasta 18 meses. En ambos casos, la fecha límite es el 31 de diciembre del 2022.
También está la opción de quedarse con los dólares y le pagarle directamente con esa moneda al desarrollador. En el mercado financiero advierten que esta no será una opción muy adoptada por el temor que tiene la gente de tener dólares depositados en el banco. “Muchos te preguntan qué pasaría si el Gobierno decide confiscar los depósitos en moneda extranjera, si podrían entrar estas cuentas”, cuentan.
La elección de cambiar o no los dólares depositados dependerá de la negociación de cada caso. Hay desarrolladores que, tal vez, necesitan dólares e implementen descuentos para quienes pagan en esta moneda, otros puede ser que quieran pesos. La forma de pago dependerá de las necesidades y “ventajas” que pudiera conseguir el comprador. “Habrá situaciones en las que si uno paga la totalidad de la unidad puede obtener algún ajuste importante”, relata Dominguez.
¿Se pueden utilizar los fondos blanqueados en productos de inversión colectiva como un fondo común de inversión cerrado?
Sí. Además de poder comprar un terreno para construir un inmueble o un departamento en construcción con un avance inferior al 50%, también se pueden aplicar los fondos blanqueados a la compra de productos de inversión colectiva para el desarrollo inmobiliario y las inversiones pueden realizarse tanto en pesos como en dólares.
Cabe recordar que, dentro de la agenda estratégica de inyectar fondos del mercado de capitales a la promoción de la construcción de viviendas, en marzo pasado la CNV autorizó la oferta pública del primer FCI cerrado, en pesos, para desarrollar soluciones habitacionales de hasta 220.000 UVAs o UVIs destinados a sectores medios y bajos de la población del país.
Con la ley, y las reglamentaciones del Banco Central y de la CNV, ahora, sólo resta la reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que los interesados conozcan toda la letra chica del proceso. Y saber si finalmente se prorrogarán los plazos del sinceramiento. Si no se hace ninguna modificación, lo que establece la ley es que quienes blanqueen dinero dentro de los primeros 60 días pagarán un impuesto especial del 5% (hasta el 11 de mayo), quienes blanqueen entre el 12 de mayo y el 10 de junio pagarán el 10% y para los ingresados entre el 11 de junio y el 10 de julio será del 20%. “Para la valuación de la moneda extranjera, se considerará el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina que corresponda a la fecha de su ingreso a la cuenta especial”, aclara Dominguez, quien cree que, ante el avance de la segunda ola de Covid, debería extenderse hasta el 31 de diciembre de este año.
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