Córdoba: una mujer será juzgada por falsificar un ADN para hacerle creer a su expareja que era el padre de su hijo
La sospechosa está procesada por los delitos de supresión de identidad y falsedad ideológica
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CÓRDOBA.- Un mínimo de un año de prisión en suspenso y un máximo de diez años de cárcel podría recibir una mujer por falsificar los resultados de la prueba de ADN para que su expareja se hiciera cargo de la paternidad de su hijo. La sospechosa está procesada por los delitos de supresión de identidad y falsedad ideológica. Si bien había sido absuelta, el fiscal Maximiliano Hairabedian apeló esa decisión y será juzgada nuevamente.
La historia data de 2014, cuando la mujer -oriunda de Jesús María- le contó a su expareja, con quien había roto hacía poco más de un mes después de tres años de relación, que estaba embarazada.
El 7 de julio de 2015 nació el hijo de la sospechosa y, tres días después, el hombre se hizo un examen de ADN a base de una muestra de saliva. La prueba dio negativa.
La mujer insistió en que había un error y le pidió que hiciera nuevamente el test pero a base de una muestra de sangre. Las muestras se tomaron en Colonia Caroya, pero se analizaron en la ciudad de Córdoba, en el mismo laboratorio que el anterior.
La mujer le informó que esta vez el resultado había sido positivo. Frente a esa situación, el niño fue inscripto en el Registro Civil el 18 de agosto de 2015 con el apellido de quien parecía ser su padre biológico.
A la semana, la madre le admitió que el resultado estaba adulterado. La expareja impugnó la paternidad en la Justicia. El Juzgado de Control, Niñez, Juventud y Penal Juvenil y Faltas de Jesús María le hizo lugar al pedido en 2018.
En paralelo, comenzó una causa en la Justicia Federal. La Fiscalía tomó conocimiento de este hecho e imputó a la mujer por los delitos de supresión de identidad y falsedad ideológica, pero el juez de turno en su fallo sostuvo que no había delito.
Hairabedian apeló y la Cámara Federal decidió procesar a la mujer por lo que ahora se espera que, al finalizar el período de instrucción, la causa se eleve a juicio.
Hairabedian sostuvo a LA NACION que el hombre ayudó económicamente a su expareja durante el embarazo aunque no volvieron a convivir. Ambos son jóvenes y no tenían otros hijos en ese momento.
La mujer está procesada por adulterar el ADN e imputada por el delito de falsedad ideológica, que tiene una pena mínima de un año y un máximo de cuatro años de cárcel. El fiscal explicó que, si fuera condenada en el juicio oral, la pena sería “en suspenso” porque no tiene otros delitos en su contra. Podría solicitar hacer trabajos comunitarios para cumplir la pena.
El Fiscal dijo que las penas son de uno a cuatro años de cárcel para el delito de supresión de estado civil y de uno a seis años de prisión para la falsedad ideológica. Como en casos como este, los máximos se suman, la pena podría ser de hasta diez años.
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