El jefe de los fiscales pidió la prisión perpetua para los jóvenes condenados a 15 años de cárcel por el homicidio de Fernando Báez Sosa
Julio Conte-Grand, procurador general bonaerense, presentó un dictamen ante la Suprema Corte bonaerense
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El procurador general bonaerense, Julio Conte-Grand, pidió que Ayrton Viollaz, Lucas Pertossi y Blas Cinalli, los tres jóvenes que recibieron una pena de 15 años de cárcel por su participació secundaria en el homicidio de Fernando Báez Sosa, crimen ocurrido el 18 de enero de 2020 en la ciudad de Villa Gesell, sean condenados a la pena de prisión perpetua.
Así se desprende de un dictamen presentado ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense presentado el 4 de este mes, pero que se conoció en las últimas horas, informaron a LA NACION fuentes judiciales.
En la parte final de la presentación, Conte-Grand solicitó al maximo tribunal bonaerense que “se haga lugar a los recursos de inaplicabilidad de ley interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y por los particulares damnificados [por los padres de Báez Sosa], casar la decisión impugnada -en relación a las participaciones secundarias y la desestimación del agravante de la alevosía- y adoptar competencia positiva”, explicaron las fuentes consultadas.
También, el jefe de los fiscales bonaerenses pidió que se desestimen por “improcedentes” los recursos de inaplicabilidad de ley presentados por las defensas de los jóvenes condenados.

El 6 de febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de Dolores, integrado por los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari condenó a la pena de prisión perpetua a Máximo Thomsen, de 26 años; Luciano Pertossi, de 24 años; Ciro Pertossi, de 25; Enzo Comelli, de 25, y Matías Benicelli, de 26. Fueron encontrados culpables del delito de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves [por los golpes que recibieron los amigos de Báez Sosa]”.
En cambio, Lucas Pertossi, que ayer cumplió 27 años; Viollaz, de 26, y Cinalli, de 24, fueron considerados “partícipes secundarios” del delito de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves”.
A fines de febrero de 2023, la sentencia fue apelada por los padres de la víctima, Silvino Báez y Graciela Sosa, representados por los abogados Fernando Burlando y sus colegas Fabián Améndola, Facundo Améndola, y Germán Facio. Solicitaron la pena de prisión perpetua para los tres jóvenes condenados a 15 años de cárcel.
“La sentencia atacada ha incurrido en una errónea aplicación de la ley sustantiva a través de un desvío palmario de las reglas del sentido común. El tribunal a quo ha incurrido en un error lógico al interpretar y valorar las pruebas, con tergiversación de las reglas de la sana crítica en violación de las normas procesales aplicables”, sostuvieron en la presentación
Lo mismo hicieron los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, representantes del Ministerio Público durante el juicio.
“Los fiscales, en su planteo, sostuvieron, como lo hicieron durante el juicio, en que los ocho acusados fueron coautores del homicidio de Báez Sosa”, explicaron, en su momento, fuentes judiciales.
El 27 de febrero de 2023, el abogado Hugo Tomei, que en ese momento representaba a los ocho jóvenes condenados, apeló la sentencia de primera instancia: solicitó la absolución de Lucas Pertossi, Viollaz y Cinalli; y para sus otros cinco asistidos pidió una pena máxima de cinco años de cárcel.

“Sin lectura de derechos, sin saber que podían negarse a responder preguntas incriminatorias y sin intervención de la defensa oficial, se les requirieron sus teléfonos celulares con las claves de acceso y la confesión sobre la propiedad de cada prenda de vestir con presuntas manchas hemáticas que se iban incautando. Eso sí; el personal policial dejó constancia a fs. 38, renglón 21, que de averiguaciones practicadas habría un sospechoso más que emprendió huida de nombre Pablo Ventura. El funcionario en ningún momento indicó como obtuvo dicha información que valió detener a un inocente que luego demandó al Estado por los daños y perjuicios que le ocasionó el irregular proceder del Ministerio Público Fiscal, en la suma de diez millones de pesos, que en caso de prosperar deberíamos pagar los contribuyentes mediante nuestros impuestos”, sostuvo Tomei en parte de su apelación.
El 22 de marzo de 2024, el Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las condenas de primera instancia, pero decidió quitar el agravante de la alevosía.
Los jueces Luis María Fernando Mancini Hebeca y María Florencia Budiño sostuvieron: “Debe quedar nítidamente establecido, fuera de este asunto, pero a modo de ejemplo esclarecedor, que, aun mediando una pelea previa, en la cual uno de los contendientes queda indefenso, su inmediata matación no es alevosa. Por otro lado, y ya en orden a este acontecimiento en concreto, aunque no haya habido pelea, el escenario de los hechos muestra una nutrida concurrencia pública, con presencia policial relativamente cercana, que impide tanto la emboscada, como la típica actuación sobre seguro, propia de la figura, sin que sobre agregar a estos fines -para descartar definitivamente la sorpresa- el modo de embestida no disimulado con perfiles de horda vociferante”.

El Ministerio Público insistió y la Fiscalía de Casación presentó un recurso de inaplicabilidad de ley, que ahora apoyó el procurador Conte-Grand ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
“Se dictaminó hace unas semanas en el sentido del acogimiento de los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal de Casación. Ahora el tema está para resolver en la Suprema Corte de Justicia bonaerense”, dijo a LA NACION una calificada fuente con llegada al despacho de Conte-Grand.
La Suprema Corte de Justicia, que debe tener siete miembros y solo está integrada por los jueces Hilda Kogan, Sergio Torres y Daniel Soria, para tratar el tema Báez Sosa convocó al magistrado Daniel Carral, integrante del Tribunal de Casación Penal (su presidente, Mancini Hebeca no pudo intervenir porque ya participó en la apelación a la sentencia de primera instancia).
Pedido de nulidad
Ayer, por otra parte, se conoció que el fiscal de Casación, Ignacio Nolfi, que desde diciembre pasado representa a Lucas Pertossi, pidió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la nulidad de la sentencia de su asistido y la realización de un nuevo juicio
La fundamentación de la presentación ante el máximo tribunal se basó en “la vulneración estructural del derecho de defensa en juicio, derivada de la existencia de intereses contrapuestos entre los imputados y la persistencia de una defensa técnica común e indiferenciada durante todas las etapas del proceso”, según informó la Defensoría de Casación de la Provincia de Buenos Aires en un comunicado de prensa.
Desde pocas horas después de su detención y tras ser indagado, el 18 de enero de 2020, había sido defendido por el abogado Hugo Tomei, al igual que los otros siete condenados.
“Si bien el doctor Tomei asumió la defensa con posterioridad a la audiencia prevista en el artículo 308 del Código Procesal Penal bonaerense [por la declaración indagatoria], lo cierto es que, desde el mismo momento en que tomó intervención, ya existía un cuadro evidente de intereses contrapuestos entre los imputados, derivado de la disparidad objetiva de roles, de la distinta entidad de la prueba de cargo y del diverso grado de responsabilidad que se les atribuía. Ese contexto imponía, como vengo sosteniendo reiteradamente en este escrito, una actuación diferenciada y un control judicial activo, tendiente a evitar que la defensa común frustrara el ejercicio pleno del derecho de defensa de alguno de los encartados”, sostuvo Nolfi en su presentación ante la Corte Suprema de Justicia, a la que tuvo acceso LA NACION.

Para Nolfi, “la asunción de una defensa técnica común en una causa de extrema gravedad, con roles fácticos claramente disímiles, requería la revisión crítica de lo actuado por el letrado de confianza y la adopción inmediata de medidas orientadas a resguardar el derecho de defensa. En otras palabras, los tribunales debían intervenir de oficio para subsanar esa situación y permitir una defensa diferenciada que tutela de manera efectiva la situación fáctica y jurídica de Lucas Pertossi”.
Los ocho jóvenes están alojados en la Unidad 61 del Servicio Penitenciario Bonaerense, cárcel que hasta hace pocos meses se conocía como Alcaidía Departamental 3 de La Plata.
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