Le alquiló una casa a una compañera y terminó desalojándola por no cuidar el jardín como habían pactado
Además del desalojo, pactaron reglas para el ingreso del dueño y la devolución ordenada del inmueble
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Una mañana de comienzos de mes, en el Centro de Mediaciones de Río Negro, un trabajador del área de la salud llegó con una preocupación concreta: la vivienda amoblada que había le había alquilado a una compañera de trabajo no estaba siendo cuidada como habían acordado. En concreto, la preocupación del propietario era el abandono del jardín de la vivienda.
El contrato, firmado entre colegas, había comenzado sin inconvenientes. Con el correr de los meses, sin embargo, el propietario advirtió que el mantenimiento del inmueble se apartaba de lo estipulado, en particular por el estado del jardín. Ese punto, al que el dueño le había dado especial relevancia desde el inicio del alquiler, fue el principal motivo del reclamo y el disparador de la convocatoria a mediación.
Con representación de la Defensa Pública, el propietario propició una reunión en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc). La inquilina concurrió asistida por un abogado particular. El encuentro se realizó a comienzos de mes y se extendió el tiempo necesario para que ambas partes expusieran sus posiciones y necesidades.
Tras ese intercambio, se alcanzó un acuerdo central: la inquilina deberá desalojar y entregar la vivienda en un plazo máximo que vence el 30 de noviembre de 2026. De ese modo, el contrato quedará cerrado con una fecha cierta para la restitución del inmueble y con condiciones claras para la transición.
Además, las partes consensuaron una autorización de ingreso para el propietario. Según explicó en la audiencia, necesita acceder a la vivienda para retirar pertenencias que permanecen guardadas en el lugar. Ese ingreso podrá realizarse con previa autorización de la inquilina, lo que garantiza trazabilidad y evita nuevos desencuentros durante la etapa de cumplimiento del acuerdo.
Otro punto operativo informado en la web del Ministerio Público de Río Negro quedó definido: el cambio de la titularidad del medidor de la luz, trámite que la mujer realizará ante la empresa Edersa. Este aspecto administrativo es clave para ordenar el uso del servicio hasta la entrega final de la casa y para evitar posteriores controversias sobre consumos o responsabilidades.
Desde el Cimarc destacaron el resultado de la instancia. Señalaron que los reclamos de desalojo bajo contrato de alquiler no suelen prosperar en mediación: muchas veces los inquilinos no se presentan a las reuniones o los expedientes se cierran sin un acuerdo útil para las partes. En este caso, el diálogo permitió fijar una hoja de ruta, con plazos y condiciones verificables, para la desocupación del inmueble.
La mediación es un proceso extrajudicial que, en la provincia patagónica, funciona como un paso previo en determinados conflictos: hay reclamos en los que es necesario agotar la instancia de mediación prejudicial antes de presentar una demanda.
“Ese proceso puede iniciarse con abogado particular o con la asistencia de una Defensoría Pública, lo que amplía las vías de acceso para quienes necesitan resolver disputas civiles sin acudir directamente a la Justicia”, explicaron desde el MPF provincial.
El caso reseñado se inscribe en una secuencia de conflictos abordados por el sistema de mediación provincial. En una experiencia reciente, también se resolvió por esta vía un enfrentamiento originado por una publicación en Facebook, muestra de cómo el mecanismo se adapta a situaciones de diversa naturaleza y escala.
La vía autocompositiva que promueve el Cimarc apunta a que las partes construyan acuerdos sin trasladar el conflicto a una instancia judicial.
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