Purga sentencia por matar a un policía y ahora lo condenaron por vender droga a otros presos
El recluso fue descubierto cuando intentó descartar un paquete con marihuana prensada y fraccionada; le aplicaron una pena de 6 años, aunque ya debía cumplir una prisión perpetua
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Desde el vivero, donde realizaba tareas, vio que se ponía en marcha una requisa sorpresiva en el penal de Almafuerte de Mendoza. Lo primero que se le ocurrió fue arrojar tirar la bolsa... Pero la acción no pasó inadvertida. El paquete contenía marihuana fraccionada como para no menos de 175 dosis. Y él, que purgaba allí una sentencia por haber participado del homicidio de un policía, sumó una nueva condena: ahora, a seis años de cárcel por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por haberse cometido en el interior de un lugar de detención.
Para Matías Emanuel Rosas Molina las cosas no variarán demasiado: ya cumplía prisión perpetua. Pero su nuevo fallo en contra pasará a la historia por tratarse de la primera sentencia dictada en un juicio desde la vigencia del nuevo Código Procesal Penal Federal en la provincia de Mendoza.
Según informó el Ministerio Público en su portal fiscales.gob.ar, la acusación en las dos audiencias de debate estuvo a cargo de la fiscal María Eugenia Abihaggle, responsable del Área de Investigación y Litigio de Casos Sencillos de la Unidad Fiscal Mendoza.
El hecho llevado a juicio ocurrió el 28 de agosto del año pasado dentro del Complejo Penitenciario Provincial N° III, donde Rosas Molina, conocido por el alias de El Negro Sonrisa, está alojado y cumple la pena máxima por el asesinato del policía mendocino Jorge Lorenz durante un asalto en la ciudad de Maipú, en 2015.
Aquel día se produjo una requisa en uno de los módulos del penal de Almafuerte, ordenado por la Unidad Fiscal de Violencia de Género. Para el cumplimiento de la medida, los guardiacárceles hicieron entrar a los reclusos que estaban en los jardines exteriores del sector. En ese momento, uno de los policías que participaba del procedimiento advirtió que uno de los presos fue hacia un galpón, donde arrojó un paquete.
El personal penitenciario lo encontró: la bolsa tenía un trozo de 175,5 gramos de cannabis prensada y 88 envoltorios de marihuana fraccionada; según las autoridades, con todo eso se podían obtener entre 175 y 250 dosis, indicador de que se trataba de estupefaciente preparado para su comercialización dentro de la cárcel.
La fiscal Abihaggle, en el juicio, remarcó: “No está discutido que estemos ante el hallazgo de sustancia estupefaciente, tampoco está discutido que esta sustancia estupefaciente hallada consiste en 175,5 gramos dispuesta en un trozo y en 88 pequeños envoltorios de idéntica sustancia, como tampoco que fue hallada en un galpón aledaño al lugar en donde el señor Rosas Molina se encontraba realizando tareas de jardinería”, sostuvo la representante del Ministerio Público.
La defensa pidió la absolución y jugó la carta de la “falta de certeza apodíctica”. Cuestionó que la fiscal se haya considerado probado el hecho sobre la sola base del testimonio de un único testigo directo del hecho y consideró que la presencia de otros dos presos junto a Rosas Molina en el momento en que el paquete con drogas voló descartado hacia el interior de un galpón aportaba una duda razonable que debía ser ponderada en favor del Negro Sonrisa.
Pero, finalmente, los jueces Roberto Naciff, Pablo Salinas y Héctor Cortés sopesaron uno y otro alegato y dieron por válido el de la representante del Ministerio Público y declararon a Rosas Molina culpable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haberse cometido en el interior de un lugar de detención. En la audiencia de cesura le fijaron una pena de seis años de prisión (unificada con la perpetua que ya purgaba) y una multa de 67 unidades fijas, y lo declaró reincidente.
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