Cabello quedó libre
La excarcelación se hizo efectiva esta tarde tras el fallo de la Cámara de Casación que redujo su condena; el joven había matado a una mujer y a su hija con su auto mientras corría picadas; "La Justicia no existe" dijo a LA NACION LINE el padre y marido de las víctimas
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El joven Sebastián Cabello, que atropelló y mató con su auto a una veterinaria y su pequeña hija en 1999, quedó esta tarde en libertad.
La Cámara de Casación Penal redujo su condena, los abogados automáticamente pidieron la excarcelación y un tribunal oral determinó que abandone el Escuadrón Buenos Aires de la Gendarmería Nacional, lugar en el que estuvo detenido desde 2003.
La sala III de la Cámara cambió el veredicto original de 12 años de cárcel por homicidio simple por dolo eventual a la figura más leve de homicidio culposo, es decir, sin intención de matar.
Cuestión de horas. Una vez conocido el fallo, los abogados de Cabello pideron inmediatamente la libertad, según había informado a LA NACION LINE, uno de los letrados, Alejandro Novak.
Tras ese pedido, el tribunal Oral en lo Criminal 30 concedió la excarcelación al joven que a las 18.30 quedó finalmente en libertad.
"En base a lo dispuesto por la Cámara de Casación penal, el tribunal no tuvo otra (alternativa) que ajustarse a esa decisión", dijo uno de los jueces que concedió la excarcelación.
Culposo. Mediante un comunicado al que accedió LA NACION LINE, la sala III, integrada por los jueces Angela Ester Ledesma, Guillermo José Tragant y Eduardo Rafael Riggi, explicó que "confirmó el resultado condenatorio alcanzado en la instancia anterior en el Tribunal Oral", pero "calificó el hecho como homicidio culposo con multiplicidad de víctimas".
Descartó, de esta manera, "que se encuentre probado que Cabello hubiera actuado dolosamente, es decir, con la intención de producir la muerte de sus víctimas (madre e hija) la noche del incidente automovilístico". En otra parte del fallo afirma que "Cabello obró con un alto grado de imprudencia y con extrema inobservancia de las normas que debía cumplir al mando del rodado, y como en toda acción de contenido culposo, con una actitud de menosprecio hacia el orden jurídico".
Los jueces Ledesma, Tragant y Riggi sostuvieron la carencia de pruebas acerca de que Cabello, al conducir su automóvil de la manera en que lo hiciera, había previamente conocido y aceptado que iba a embestir a otro auto, provocando la muerte de seres humanos y salir él indemne del episodio.
La nueva pena. Añaden, además, que "las penas impuestas alcanzan los niveles máximos legalmente posibles a la fecha del suceso, tres años de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir vehículos automotores".
A la Corte. De todos modos, se prevé que las partes interpondrán recursos extraordinarios con lo cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación dirá la última palabra.
Consultado por LA NACION LINE, el abogado Marcelo Parrilli, representante de los familiares de las víctimas, dijo que estudirá el fallo pero adelantó que una de las posibilidades es recurrir al máximo tribunal.
La voz del dolor. “El mensaje que me queda es que la Justicia no existe. Yo hasta el día de hoy confiaba en la Justicia. Pero hoy quedó claro que uno puede hasta matar a una persona y no pasa nada”, dijo, enojado, Sergio Rosales, esposo y padre de las víctimas a LA NACION LINE. “Hay jueces que no deberían estar, tal vez haya corrupción”, deslizó.
Agregó que “en el momento del accidente Cabello ni atinó a ayudar a Celia y a Vanina. Se preocupó por su celular y una zapatilla. Después, él, sus abogados, que son los abogados de Menem, y su familia tuvieron una actitud muy soberbia. En la causa se comprobó que siguió corriendo picadas hasta ir a la cárcel”.
La tragedia. El hecho por el que Cabello fue condenado ocurrió el 30 de agosto de 1999, en la avenida Cantilo, en el barrio de Nuñez, cuando el Renault 6 en el que se trasladaban Celia González Carman y su hija Vanina Rosales, de 3 años, fue chocado por la cupé Honda Civic que conducía Cabello.






