Cómo se tramita el embargo de asignaciones familiares
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Existen situaciones particulares en las que una madre de hijos menores de 18 años, o mayores de edad discapacitados, desconoce la ubicación del padre o simplemente no tiene comunicación con él. Mediante el embargo de asignaciones familiares se facilita el camino para cobrar el dinero necesario y así atender las necesidades alimentarias de los hijos.
El embargo de asignaciones familiares es una herramienta ágil para el pago de la asignación universal por hijo (AUH) o la asiganción universal por embarazo (AUE). En ciertas ocasiones específicas es necesario presentar un oficio judicial, si lo que se tramita es un juicio por alimentos donde se dispuso el embargo en cuestión.
¿Cómo se tramita un embargo de asignaciones familiares?
- El trámite del embargo de asignaciones familiares es presencial y sin turno previo. El primer paso es ingresar a la página oficial de Anses, generar una clave única que no se debe revelar a terceras personas y hacer un click en la opción "Mi Anses", el portal especialmente diseñado para estas cuestiones.
- El registro en "Mi Anses" sirve para realizar otros trámites y permite al ente contar con una detallada información de la vida laboral o pasiva de los ciudadanos (maternidad, paternidad, fecha de nacimiento, estado civil, domicilio, aportes laborales, jubilaciones, pensiones, entre otros datos).
- Es conveniente actualizar los datos cuando la persona modifica sus circunstancias personales (cambio de domicilio, divorcio, unión convivencial entre otros supuestos).
- Para avanzar en el trámite de embargo de asignaciones familiares, será necesario reunir la documentación personal. Si los datos cargados en el portal son incorrectos o están incompletos, podrán salvarse desde cualquier computadora disponible o en el momento de concurrir a la UDAI (oficina de atención de Anses que corresponda al domicilio del beneficiario).
- Al concurrir, es importante hacerlo con la documentación original y sus respectivas fotocopias (partidas de nacimiento o matrimonio), para poder realizar el embargo de asignaciones familiares.
- El trámite es gratuito y no es necesario designar abogado, detalle fundamental al momento de esquivar estafas e intermediarios ofreciendo sus servicios.
¿Para qué sirve el embargo de asignaciones familiares?
Las asignaciones familiares son beneficios de la seguridad social y consisten en una suma de dinero que se abona a los padres de los hijos menores de edad, o mayores que cuenten con certificado único de discapacidad.
Estas son otorgadas a las familias de bajos ingresos o sin empleo, siempre que estén registradas en Anses para las necesidades alimentarias de los hijos. Solo le será abonado a uno de los progenitores mediante un depósito en una cuenta bancaria.
Si los padres conviven, no habrá ningún inconveniente. Pero si están separados y uno de ellos tiene el cuidado personal de los hijos, entonces es este quien deberá tramitar el embargo de asignaciones familiares, ya que el dinero en cuestión está destinado a la crianza de los hijos menores o discapacitados.
Este beneficio es independiente de la cuota alimentaria que los padres le deben a sus hijos hasta la mayoría de edad (18), hasta los 26 años si carecen de trabajo y cursan estudios, o de por vida cuando son discapacitados. Esta cuota consiste en un porcentaje de los ingresos totales del progenitor.
Si la madre (o el padre) le reclama judicialmente la cuota alimentaria a quien no tiene el cuidado del hijo, el Juez fijará una suma de dinero que el deudor deberá pagar mensualmente. Pero si no lo hace, decretará un embargo sobre los haberes que percibe.
En estos casos se librará un oficio para hacer efectivo el embargo de asignaciones familiares para presentar en Anses junto con el resto de la documentación requerida para el trámite.
A diferencia del embargo de asignaciones familiares ante Anses, en el que no se necesita la designación de abogado, para realizar cualquier trámite por alimentos de los hijos en la Justicia es obligatoria la asistencia de un profesional para que el Juez decrete un embargo del sueldo.
Si la persona que está realizando su reclamo no tiene medios para abonar los costos de un proceso judicial, podrá requerir un abogado oficial, acudir al Colegio de Abogados para que le designen uno y litigar sin costos mediante el trámite del beneficio.
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