La Anmat prohibió un aceite de oliva extra virgen: cuál es
A través del Boletín Oficial, el ente vetó la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto por carecer de registros sanitarios
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de un aceite de oliva extra virgen por carecer de registras sanitarios.
Así lo determinó en la disposición 7488/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, en donde indicó que se trata del: “Aceite de Oliva Virgen Extra. Marca: Tataglia. Contenido neto: 2 litros., RNE -En trámite-, RNPA -En trámite-”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.
Tal como explicó en los considerandos, todo se inició a raíz de una notificación de la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán que informaba que a partir del reclamo de un particular verificó la comercialización en plataformas de venta en línea del producto.
Encontraron que en el rótulo detallaba ser un producto proveniente de la ciudad de San Martín, Mendoza, pero desde el Departamento de Higiene de los alimentos de dicha provincia no se encontró ningún RNPA con marca o nombre de fantasía “Tataglia”. Por este motivo, al no declarar números de RNPA ni de RNE, se considera un registro inexistente. “Por carecer de registros sanitarios, resulta ser un producto ilegal”, determinaron.
Al no poder ser identificada en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, la Anmat considera que no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido.
Y argumentaron: “Ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.
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