La mayoría de los países de América latina ya tiene un régimen penal juvenil
Algunos contemplan penas máximas de hasta 15 años para menores de entre 12 y 18 años, según relevó lanacion.com ; en la Argentina, rige el Régimen Penal de la Minoridad, aprobado por la dictadura
El debate por la edad de imputabilidad de los menores, que recrudeció en los últimos tiempos en la Argentina, llegó finalmente al Congreso Nacional. Sin embargo, lo que los diputados discuten hoy es una deuda pendiente, algo que la mayoría de los países de América latina ya tienen saldado en su legislación.
Con mejores o peores resultados, los restantes países latinoamericanos tienen en funcionamiento distintos sistemas de responsabilidad penal juvenil, que fueron poniendo en práctica sucesivamente desde que se firmó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN), en 1989.
Argentina es una excepción en la región: si bien la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño fue ratificada y tiene rango constitucional, aún no fue modificado el régimen penal para los menores sancionado durante la última dictadura.
Brasil, en 1990, fue el precursor en adaptar su legislación al artículo 40 de la CIDN, que propone garantías procesales y un modelo especializado de atención para los adolescentes que hayan infringido la ley penal, diferenciado del sistema de justicia penal para adultos.
En ese país, el Estatuto de la Niñez y la Adolescencia fijó la edad de imputabilidad en 18 años y creó un sistema de justicia especial para los menores de entre 12 y 17 años.
Reintegración social. Asimismo se limitó en tres años la pena máxima de privación de la libertad, aunque con el objetivo de lograr la reintegración social del adolescente.
A partir de esta experiencia países como Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, Ecuador y Honduras fueron modificando sus respectivas legislaciones en la materia. En algunos casos con leyes específicas y en otros incluyéndolos en códigos integrales de derechos de niños y adolescentes. La intención es en que los regímenes penales juveniles prime la función de promover el desarrollo y dignidad del menor por encima del castigo.
En el caso de otro país vecino, Uruguay, la legislación penal para menores está estipulada en el Código de la Niñez y la Adolescencia, en donde se establece un régimen especial para jóvenes de entre 13 y 18 años. Los castigos que surgen de un proceso diferente al de mayores, se aplica a adolescentes de 13 a 18 años y tiene una pena máxima de 5 años para el delito más grave. Y a los 18 años salen y se borra el expediente. También hay medidas sustitutivas, no privativas de libertad.
Por este motivo muchos de estos códigos hablan de medidas "socio-educativas", es decir que se enfocan a la reinserción del joven. Entre las penas con este objetivo se encuentran algunas como la prestación de servicios a la comunidad, la obligación de reparar el daño y la libertad asistida.
Edad de imputabilidad. En el país, la discusión se centra casi exclusivamente en la edad a partir de la que los jóvenes pueden ser sometidos a un proceso penal. En América latina, en la mayoría de los casos se contempla un régimen especial para los jóvenes de entre 12 y los 18 años, excepto en países como Panamá y Paraguay donde se eleva a los 14, pero en todos los casos se trata de edades inferiores a los 16 años establecidos en la Argentina.
Además, los sistemas latinoamericanos suelen distinguir entre dos grupos etarios en cuanto a la gravedad de las penas, estableciendo un corte que, por lo general, coincide en los 15 años.
Pena máxima. Aunque buscan limitar la privación de la libertad, estos códigos no la excluyen como posibilidad. Sin embargo, a ésta sólo se llega en casos de extrema gravedad, cuando se descartaron todas las sanciones intermedias.
Ese es el caso de Costa Rica, que contempla una pena máxima de 15 años, la más dura de toda América latina.
"Técnicamente hablando, es la más severa. Sin embargo en los catorce años que lleva esta ley, sólo fue aplicada dos veces, cuando no hubo alternativa por la gravedad del delito. Pero para el grueso de los delitos hay medidas alternativas a la privación que son sanciones intermedias, que se tratan sobre todo de prestación de servicios a la comunidad y de libertad asistida", indicó a lanacion.com Emilio García Méndez, diputado nacional por Solidaridad e Igualdad y autor de uno de los proyectos que quedó pendiente en el Congreso.
En la Argentina. En el país hoy se aplica el Régimen Penal de la Minoridad, un decreto dictado por la dictadura en 1980 que se apoya en la tutela del menor y que, según un estudio realizado por Unicef, "se ha revelado inadecuado tanto por su ineficiencia en bajar la delincuencia juvenil como en su tratamiento de los adolescentes que cometen delitos".
El principal anteproyecto que hoy se discute en el Congreso fue propuesto por el juez de la Corte Suprema Eugenio Raúl Zaffaroni, que incorpora la parte penal del Estatuto de la Niñez y la Adolescencia de Brasil y que se apoya en las iniciativas propuestas por García Méndez y la diputada nacional Vilma Ibarra.
García Méndez consideró que el modelo a seguir es Costa Rica: "Allí, la ley fue aprobada en 1995 y ha resultado favorable. Bajó el delito juvenil y a su vez es el país donde menos menores de edad hay privados de su libertad".
El especialista habló de los puntos imprescindibles para asegurar un debido proceso. "Necesitamos, en primer lugar, un buen texto legal. En segundo lugar, una defensa pública que funcione con autonomía y que sea eficiente y que, en mi opinión es el eslabón débil de nuestro país porque hay una vieja cultura según la cual el abogado no es necesario para los menores. En tercer lugar, programas que se orienten hacia la reinserción cuya función pedagógica sea conectar al adolescente con su responsabilidad", detalló.
"Por último, creo que de nada sirve una ley si no hay políticas sociales para que los delitos disminuyan cuantitativamente sin que sea necesario llegar a una instancia penal", concluyó.
En otros países del mundo
Con la colaboración de Adrián Sack, Luisa Corradini, Nelson Fernández y Ricardo Quesada
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