
Por matar a un policía, agravan la pena de un homicida
Un tribunal capitalino condenó al imputado a 12 años
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Un tribunal condenó al asesino de un policía a 12 años de prisión en un fallo en el que consideró que correspondía agravar el castigo por el hecho de que la víctima era un uniformado.
La sentencia demuestra que no es necesaria una ley especial para agravar las penas a quienes maten a policías, como la que tiene a consideración el Congreso con la anuencia de los dos partidos mayoritarios de la Cámara de Diputados.
La ley iba a tener media sanción esta semana, pero la sesión fracasó por falta de quorum. Se descuenta que sea aprobada en la próxima sesión porque el despacho de la Comisión de Legislación Penal de la Cámara fue aprobado sin disidencias. Si no se aprueba el martes, en la última sesión ordinaria, el proyecto caería y debería volver a ser tratado en comisión.
No obstante, algunos tribunales interpretaron la ley vigente de manera de considerar el asesinato de un policía como un homicidio agravado.
Tal fue el caso del Tribunal Oral en lo Criminal N°3, a cargo de los jueces Rodolfo Ricotta Denby, Miguel Caminos y Marcelo Avrutín Suárez que condenó a 12 años de prisión a Norberto Angel Carballo, de 42, por la muerte del suboficial de la Policía Federal Leandro Dondine, de 21 años, asesinado a balazos durante el anochecer el 29 de junio de 2000, cuando trataba de identificar a un sospechoso que rondaba los autos estacionados junto a la cancha de River Plate.
Los jueces impusieron una pena más grave que los 8 años de prisión que reclamó el fiscal Roberto Amallo y elevaron la condena a 12 años de cárcel, como lo solicitó el abogado querellante Raúl Bednarz, que representa a la familia del policía asesinado.
Lo curioso del proceso es que, apenas comenzó el juicio, el acusado confesó. "Me voy a hacer responsable de los hechos", dijo a los jueces y les relató el dolor y pena que sufre desde el día en que fue preso, al punto que se vio perjudicada su salud, lo que lo obliga a tomar más de 600 pastillas por mes.
Ante este escenario, su abogado Víctor Stinfale desistió de todos los testigos y medidas de prueba que había ofrecido, pero, aún así, se realizó el juicio con la declaración de varios testigos.
Por medio de sus relatos y de otras pruebas se estableció que a las 20.15 del 29 de junio de 2000 el socio de River Ernesto Meyer Kania dejó su auto estacionado en la puerta del club. Un hombre de traje y corbata le dijo que estaba allí para cuidar la zona contratado por el club. Cuando el socio le contó esto a los guardias de seguridad de la puerta del establecimiento el agente Dondine, que estaba allí, lo escuchó y fue a confirmar de quién se trataba.
Allí recibió un balazo en el tórax. Carballo, con cinco balazos en el cuerpo, huyó, llegó a su casa en Olivos y le dijo a su mujer que había sido asaltado. Con ayuda de un familiar fue llevado al hospital Vélez Sarsfield, donde fue operado. Al día siguiente fue detenido allí.
Al alegar, el fiscal pidió que fuera condenado a 8 años de prisión, la mínima para el homicidio simple considerando la falta de antecedentes de Carballo. El querellante, en cambio, reclamó una condena de 12 años , pues consideraba que la condición de policía de la víctima era un agravante.
El abogado Stinfale no pudo pedir la absolución, pues su cliente confesó, así que se buscó obtener una condena por el mínimo legal.
No obstante, el tribunal terminó entendiendo que la conducta de Carballo debía considerarse agravada. Dijo que atacó al suboficial "por la única razón de haber vestido el uniforme policial y haber actuado en cumplimiento de sus funciones".
Los jueces, al analizar el grado de criminalidad del condenado, hablaron de su "desprecio al quebrar valores respetados por la comunidad, como ser la confianza, la buena fe y la solidaridad".
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