
Un hombre irá preso por no pagar la cuota alimentaria
Córdoba: un juez sentenció a un año y ocho meses de prisión a un padre que ya había faltado en sus obligaciones de asistencia familiar.
1 minuto de lectura'
CORDOBA.- Un juez de esta ciudad le impuso una pena de un año y ocho meses de cárcel efectiva a un padre de familia por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
El abogado defensor, Rodolfo Martín Federico, cuestionó al magistrado por entender que la sentencia "no es una solución".
Aunque el abogado consideró que la resolución del juez se ajusta a las leyes, consideró que impulsa un "efecto boomerang". Así lo explicó el letrado: "Lo que ocurre es que la sentencia ataca a la persona que tiene que hacer el aporte económico. Pero esta hombre tiene que encontrar trabajo y por la sentencia no obtendrá el certificado de buena conducta, lo que le dificultará conseguir un empleo".
El caso pone nuevamente sobre el tapete un aspecto de la legislación vigente sobre la cual se mantiene vivo un debate irresuelto y que no se circunscribe a la Argentina, pues el fenómeno también es conocido en otros países.
La sentencia
La inusual medida judicial recayó sobre un hombre de 33 años, sobre quien ya pesaba una condena de un año de prisión en suspenso, dictada en 1997. El motivo había sido no afrontar la manutención de sus hijos mellizos, menores de edad, que tenía con una mujer de quien se había separado.
Se le fijó entonces una cuota alimentaria de 200 pesos. Al volver a ser juzgado por reincidencia, el juez de familia Alberto Crucella lo condenó a ocho meses de cárcel. Al unificar la pena con la del primer fallo cesó la condicionalidad, convirtiéndose la prisión en efectiva.
Los fundamentos serán dados a conocer el próximo lunes, pero el abogado del imputado manifestó sus discrepancias por entender que estos fallos no proveen solución al problema.
Agregó que en el caso de su cliente no mediaba una decisión "maliciosa" de no cumplir con la cuota alimentaria, sino que "no la pudo pagar" .
Federico explicó que su cliente tenía trabajos esporádicos y de bajas remuneraciones y que se le dificultaba conseguir un empleo que le permitiera hacer frente a una cuota "elevada".
Abogó por una reforma de la legislación vigente para que contemple casos como el de su cliente.
El juez admitió que se trata de una pena "drástica y dura", pero afirmó que es lo que prevé la ley. Crucella también reconoció que es "una época difícil para conseguir trabajo".
Pero dijo que en su resolución tuvo en cuenta la relación padre-hijos y la necesidad de que los adultos tomen con seriedad la responsabilidad que les cabe respecto de sus chicos.
"Los niños tienen que saber que sus padres se preocupan por ellos. En 30 meses el condenado no hizo nada, ninguna changa."
1
2Ciudadanía italiana: Hito Mundial, el Estudio De.Martin & Asociados gana el primer juicio luego de la entrada en vigor de la Ley 74/2025 y rescata a millones de descendientes a nivel global
3Inicio de clases: el cambio clave en el rol de los docentes y por qué los enfrenta a un delicado desafío
4Proponen declarar persona non grata a Alberto Samid en Maldonado



