A fines del año pasado se aplicaron algunos cambios en la ley de tránsito provincial; cuáles son
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La Policía Caminera de Córdoba es reconocida en todo el país por su elevado nivel de exigencia en materia de seguridad vial y por la amplia red de controles desplegados a lo largo y ancho del territorio cordobés. Dentro de ese esquema de controles estrictos, una de las infracciones más frecuentes históricamente estuvo vinculada a la falta de uso de las luces bajas encendidas durante la circulación.
En ese contexto, el Gobierno de la provincia de Córdoba publicó en el Boletín Oficial la Ley Provincial N° 11.096, una normativa que introdujo una serie de modificaciones relevantes. Entre ellas, se destaca un cambio clave sobre uno de los motivos de infracción más habituales, junto con los excesos de velocidad o la falta de documentación: el uso correcto de las luces del vehículo.
En la actualidad, los autos modernos suelen estar equipados con las luces Daytime Running Light (DRL), conocidas popularmente como luces diurnas. Se trata de “tiras o firmas lumínicas LED” que varían en diseño según el modelo y que están pensadas para mejorar la visibilidad del vehículo durante el día.
Sin embargo, durante mucho tiempo se dio una situación recurrente: muchos conductores circulaban únicamente con las DRL encendidas, creyendo que cumplían con la normativa, cuando en realidad no equivalen al uso de las luces bajas.
Esa confusión fue, durante años, motivó tanto sanciones por parte de la Caminera como de reclamos por parte de los automovilistas, especialmente si se tiene en cuenta el peso económico de la infracción.

En esa línea, una de las modificaciones establece que, de ahora en adelante, las luces DRL quedan habilitadas como alternativa válida únicamente durante el día, siempre que haya suficiente luz natural y buenas condiciones de visibilidad.
“En situaciones de niebla, lluvia intensa, neblina, humo, polvo o cualquier circunstancia que reduzca la visibilidad, continúa siendo obligatorio el uso de luz baja, aún en vehículos equipados con sistemas DRL”, sostuvieron las autoridades.
De esta manera, los vehículos que circulen durante el día (y con las condiciones previamente mencionadas) únicamente con las luces DRL ya no podrán ser sancionados por no llevar las luces bajas encendidas, una infracción que hoy tiene un costo cercano a $344.797 en enero de 2026, tras el aumento del valor de la Unidad Fija (UF) en Córdoba a $1696 desde diciembre.
Más allá de que ahora esté permitido circular de día y con buenas condiciones de visibilidad únicamente con estas luces modernas, se recomienda encender las luces bajas para evitar cualquier tipo de duda o interpretación ambigua.
Todos los cambios en la Ley de Tránsito provincial
Otra de las modificaciones centrales es la incorporación del concepto de reiterancia, que se configura cuando una persona comete una o más infracciones antes de que quede firme una sanción anterior. En esos casos, la autoridad de aplicación podrá disponer medidas preventivas y considerar la reiteración como un agravante al momento de graduar la penalidad.
La norma también suma nuevas herramientas sancionatorias, como el trabajo comunitario, que podrá cumplirse en dependencias públicas o instituciones de bien público, y las instrucciones especiales, que contemplan la asistencia obligatoria a cursos educativos o a programas terapéuticos vinculados con la seguridad vial y la convivencia ciudadana.

La ley también actualiza el Cuadro General de Infracciones, clasificando las faltas en leves, graves y muy graves, y precisando conductas como el exceso de velocidad, la conducción negligente o temeraria, la falta de licencia habilitante, la circulación sin seguro obligatorio, las picadas ilegales y la fuga tras un siniestro vial, entre otras.
En cuanto a los procedimientos, la normativa habilita el uso de medios técnicos, digitales y dispositivos electrónicos (tanto presenciales como remotos) para la constatación, registro y documentación de infracciones, así como para las notificaciones y actuaciones administrativas.
Por último, en materia de jurisdicción, se refuerza el criterio de territorialidad e interjurisdiccionalidad, permitiendo que los infractores domiciliados a más de 60 kilómetros del lugar de la falta puedan realizar su descargo en su jurisdicción de origen mediante plataformas digitales oficiales.








