Blanqueo: cierran las cuentas CERA tras el vencimiento del plazo de inmovilización
Concluyó la etapa de indisponibilidad de fondos; los saldos remanentes se derivan a otras cuentas del mismo titular
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Tras el vencimiento del plazo de inmovilización el 31 de diciembre de 2025, los bancos y agentes de liquidación y compensación (Alycs) comenzaron a cerrar las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA), el instrumento creado por la Ley 27.743 para canalizar dentro del sistema financiero los fondos del último blanqueo. El proceso obliga a transferir los saldos disponibles a otra cuenta a nombre del mismo titular, de acuerdo con las exigencias previstas por la norma.
Conforme al procedimiento de cierre establecido en la Comunicación “A” 8062 del Banco Central, en el caso de los bancos la transferencia de fondos desde las CERA se realiza hacia cuentas del propio cliente dentro del sistema financiero. En las Alycs, en tanto, se solicita a los depositantes que informen una cuenta a la vista para poder vincular las inversiones que administran con una cuenta comercial del mismo titular, de acuerdo con lo exigido por la normativa de la Comisión Nacional de Valores (CNV). En ese proceso, además, las entidades están ofreciendo unificar cuentas ya existentes y consolidar las inversiones realizadas durante el período del blanqueo.

La Ley 27.743 de Regularización de Activos, sancionada en julio de 2024, estableció el marco del último blanqueo impulsado por el Gobierno y definió un régimen excepcional para declarar bienes y fondos no exteriorizados. La norma fijó un esquema de adhesión por etapas, con plazos diferenciados para manifestar la voluntad de ingresar al régimen, efectuar los pagos correspondientes y presentar la declaración jurada final, cuyos vencimientos fueron luego precisados y prorrogados mediante decretos reglamentarios y resoluciones de la ex AFIP (ARCA). La Etapa 1 se extendió hasta fines de septiembre de 2024, con prórroga hasta octubre; la Etapa 2 cerró el 31 de diciembre de ese año; y la Etapa 3 concluyó entre marzo y mayo de 2025, con vencimientos finales hasta junio.
El cierre operativo de las CERA se activa una vez concluida la etapa de indisponibilidad de los fondos regularizados superiores a US$100.000. A partir de esa fecha, los recursos que se mantuvieron dentro de esas cuentas o fueron aplicados a los destinos autorizados —incluidas inversiones inmobiliarias o financieras previstas por la ley— quedaron habilitados para su libre disponibilidad, sin ninguna carga fiscal adicional.
Antes de ese vencimiento, el tratamiento era distinto. Los montos que superaban los US$100.000 y que fueron retirados de manera anticipada o transferidos fuera de los destinos permitidos quedaron alcanzados por un impuesto especial, cuya alícuota fue del 5% para la etapa 1, del 10% para la etapa 2 y del 15% para la etapa 3 del régimen. La retención fue practicada por la entidad financiera o el intermediario interviniente.
En el caso de las sumas blanqueadas de hasta US$100.000, la ley permitió el retiro sin retención una vez cumplido el período inicial de inmovilización. Ese beneficio, sin embargo, estuvo limitado al período de vigencia del régimen para adherir al blanqueo y ya no se encuentra vigente.
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