El Gobierno modificó el régimen impositivo para las empresas de apuestas online
La nueva resolución fija plazos para responder a las inscripciones de operadores y redefine cómo se aplicarán las alícuotas del impuesto
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El Gobierno actualizó el régimen de percepción del impuesto indirecto que alcanza a las apuestas online y estableció nuevas reglas para la inscripción y el control de los operadores digitales autorizados. La decisión quedó oficializada mediante la Resolución General 5791/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada en el Boletín Oficial, donde se precisan los cambios que regirán en la identificación de plataformas, los plazos administrativos y la forma en que comenzará a aplicarse cada alícuota.
La normativa, según consta en el texto publicado este martes, introduce modificaciones sobre la Resolución General 5228 con el objetivo de ordenar la operatoria del sistema y fijar criterios uniformes para todos los actores alcanzados. Entre las novedades más relevantes, se determina que la alícuota asignada a cada operador comenzará a regir desde el primer día de la quincena posterior a la emisión del certificado correspondiente, lo que brinda un plazo concreto para que intermediarios y plataformas adapten sus sistemas antes de aplicar la percepción.
La resolución también incorpora un plazo obligatorio para resolver las solicitudes de inscripción al Registro de Control Online del Sistema de Apuestas. A partir de ahora, ARCA deberá expedirse dentro de los 60 días corridos posteriores a la validación del organismo regulador de la jurisdicción que otorgó la habilitación o desde la fecha de presentación del trámite si esta fuera posterior.
Otro punto destacado es la actualización permanente del listado de operadores extranjeros, que deberá estar disponible en el micrositio institucional “Juegos de azar y apuestas”. Esa nómina será revisada periódicamente y permitirá identificar qué plataformas radicadas fuera del país están alcanzadas por el tributo.
La resolución también modifica los requisitos vinculados a antecedentes penales: solo serán aplicables cuando exista sentencia firme y mientras la condena no esté cumplida. La aclaración tiene impacto directo sobre quienes buscan inscribirse en el registro, ya que reduce la posibilidad de rechazos preventivos sin resolución judicial definitiva.

ARCA realizará controles periódicos para verificar que los operadores mantengan las condiciones necesarias para permanecer en el registro y, una vez por año, evaluará la evolución del personal declarado. Ese dato será determinante para conservar la alícuota reducida prevista en la ley. Si tras la verificación se detectan cambios en la situación de un contribuyente, esa modificación será incorporada en la nómina pública luego de la notificación prevista por el organismo.
La entrada en vigencia de esta normativa será inmediatamente posterior a su publicación, exceptuando las disposiciones vinculadas a la inscripción en el registro que comenzarán a regir el 25 de noviembre de 2025. Las solicitudes presentadas con anterioridad a esa fecha deberán resolverse dentro de los 60 días corridos posteriores, y mientras dure ese proceso se aplicarán las alícuotas previstas en la normativa previa hasta que comiencen a regir las nuevas asignadas por ARCA.
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