Ingresos Brutos: la Justicia falló a favor de una empresa que tenía un saldo a favor millonario y puso bajo la lupa el sistema tributario provincial
Una farmacéutica presentó una medida cautelar para impedir que los fiscos provinciales le sigan debitando Sircreb y Sirpei; acumulaba un saldo a favor de $11 millones, un 501% más de lo que le correspondía pagar
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Un fallo judicial a favor de un contribuyente volvió a poner bajo la lupa el sistema tributario provincial. Ante las constantes retenciones bancarias y percepciones aduaneras aplicadas por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb), una empresa pidió que se dicte una medida cautelar para impedir que los fiscos provinciales le sigan debitando. Hasta el momento, tenía un saldo a favor superior a los $11 millones, un 501% más del impuesto que le correspondía pagar.
Aunque en una primera instancia se había rechazado la medida cautelar, el viernes pasado la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó esa decisión y falló a favor de un laboratorio.
A partir de ahora, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral no podrá sustraer más dinero de las cuentas bancarias de la empresa a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (Sircreb), así como tampoco podrá percibir más Ingresos Brutos en los despachos de importación a través del Sistema Informático del Régimen de Percepciones de Importaciones (Sirpei).
No se trata de un único fallo: en los últimos meses se dio una seguidilla de sentencias a favor de los contribuyentes. Para Diego Fraga, abogado tributarista socio de Expansión Business, la objeción de fondo es que Ingresos Brutos es un impuesto provincial que se liquida mensualmente, por lo que no se justifica que el fisco “se meta” en cada operación con retenciones y percepciones permanentes, como si fueran la regla.
En el caso de contribuyentes que operan en varias provincias (y por lo tanto están alcanzados por el Convenio Multilateral), el problema se agrava: cada jurisdicción busca asegurarse recaudación y control y, en ese contexto, se fueron expandiendo con el paso de los años regímenes de recaudación anticipada que actúan como pagos a cuenta, muchas veces de manera descalzada respecto del impuesto real.
“Las provincias vienen abusando de manera exponencial de los regímenes de retención y percepción. Algo que debería ser excepcional, acotado y por montos ínfimos como simple ‘pago a cuenta’ se convirtió en la regla sobre toda la economía formal. Hoy el contribuyente queda alcanzado por todos los canales —banco, tarjeta, billetera, importaciones— y le cobran anticipos que muchas veces no guardan relación con el impuesto real del mes, generando una carga que, en no pocos casos, es ficticia. Pagás de más, acumulás saldos a favor que no recuperás en el tiempo y te obligan a financiar al fisco. Y la Comarb —organismo que debería coordinar—, lejos de poner límites, le dio al esquema un barniz de ‘institucionalidad’ a muchos abusos. Pero esos deberes de recaudación impuestos por un organismo administrativo están flojos de sustento legal, como se ve en los fallos”, señaló Fraga.

El reciente fallo judicial expuso las deficiencias del sistema. Por las retenciones y percepciones que sufrió la farmacéutica en el último año, había tributado en Chaco una alícuota efectiva del 7,28%, en vez de la alícuota del 1,25% que le correspondía. Según el expediente judicial, eso evidenció un incremento de la alícuota efectiva en 582,63%.
Así, el saldo a favor acumulado entre al período julio de 2025 por la recaudación combinada de Sircreb y Sirpei ascendía a $11.243.055. En cambio, el impuesto determinado era apenas de $2.241.685. En otras palabras: el Estado provincial tenía en su poder casi cinco veces lo que la empresa debía, y aun así le seguía debitando mensualmente.
“Cuando hay una prueba contable de desproporción —como alícuotas efectivas absurdas, saldos a favor confiscatorios, imposibilidad real de recupero— y el régimen opera sin un procedimiento individual serio, aparecen cautelares. No es automático: se gana con números y con un planteo prolijo. Pero estos precedentes, sin dudas, animan a más contribuyentes a intentar frenar el abuso. Sin embargo, la competencia para litigar contra estos regímenes se volvió una batalla procesal. Hay un ‘tironeo’ fuerte sobre dónde debe tramitarse la impugnación del Sircreb/Sirpei", sumó Fraga.
Esto último es porque muchos contribuyentes venían encontrando un corredor “relativamente más receptivo” en el fuero contencioso administrativo federal de la Ciudad de Buenos Aires, pero dictámenes de la Procuración General de la Nación podrían empujar la discusión hacia dos escenarios menos favorables. Por un lado, la competencia originaria de la Corte Suprema, cuando se entiende que las provincias deben integrar el pleito como parte necesaria. Por el otro, en la Justicia local o provincial.

“El fallo probablemente marque el inicio de una nueva ola de litigios. Pero también conviene advertirlo: quienes avancen por esta vía deberán prepararse para enfrentar fiscalizaciones intensivas. La reacción de los fiscos provinciales frente a cualquier intento de frenar la recaudación rara vez es pasiva. El origen del problema no es Sircreb, sino el uso que se hace de él. Las responsables son las jurisdicciones provinciales, que definen los parámetros y que, aun con saldos a favor evidentes, optan por sostener la maquinaria recaudatoria", consideró Mariano Ghirardotti, socio de Ghirardotti & Ghirardotti.
Más que un caso aislado, los saldos a favor se convirtieron en la norma en la Argentina. Según la encuesta sobre impuestos que publicó KPMG, apenas el 16% de las empresas consultadas declara no tener saldos a favor de Ingresos Brutos considerando todas las provincias. El 84% restante los acumula, en magnitudes que van desde menos de $100 millones hasta más de $500 millones. El 23% de las compañías tiene saldos inmovilizados que superan esa última cifra.
El propio informe lo califica como “funcionamiento anómalo de la estructura recaudatoria” y advierte que la generalización de este tipo de inmovilización financiera para las empresas es “altamente perjudicial”. “Desde hace tiempo se viene profundizando y hasta naturalizando la existencia de estas problemáticas”, agregó KPMG.
“El problema radica en que esos créditos no se compensan fácilmente entre jurisdicciones, los procesos de devolución resultan lentos y poco operativos y, en muchos casos, requieren gestiones reiteradas por parte del contribuyente. En este contexto, lo que formalmente se presenta como un pago a cuenta termina operando, en los hechos, como un verdadero costo financiero o incluso como un mecanismo de financiamiento involuntario a favor de los fiscos provinciales", explicó Alejandra Sarni, socia de impuestos en BDO en Argentina.
Para la tributarista, el reciente fallo no resuelve la cuestión de fondo, pero sí se inscribe en una tendencia en donde los tribunales comienzan a reconocer la desproporción entre lo recaudado y la obligación tributaria real que puede justificar la intervención judicial, al menos en instancia cautelar. “Este fenómeno se explica por la repetición sistemática del problema, con saldos a favor crónicos, por la falta de respuestas administrativas eficaces y por una mayor receptividad judicial frente a estos planteos”, completó.
“Hay empresas con saldos a favor que, en algunos casos, equivalen a la totalidad de su ganancia anual. Es decir, utilidades inmovilizadas en manos del fisco mientras las mismas provincias cuestionan la falta de inversión o la fragilidad de las pymes. Es difícil fomentar actividad económica cuando el propio Estado absorbe la liquidez del sector productivo", reflexionó Ghirardotti.
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