SIRA: el Gobierno reglamentó el nuevo sistema de permisos que deberán tramitar las empresas para importar
A través del Boletín Oficial, la AFIP dio a conocer las novedades que trae aparejadas el nuevo Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA)
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El Gobierno nacional reglamentó en las primeras horas del miércoles el nuevo sistema de permisos que deberán tramitar las empresas a fin de poder acceder a dólares con los que podrán decidir importar insumos o productos relacionados a la actividad comercial que ejerzan.
Por medio del Boletín Oficial, bajo la Resolución General Conjunto 5721/2022, la AFIP aprobó la puesta en funcionamiento del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA). Con esta nueva reglamentación, que lleva las firmas de Carlos Castagneto (titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos) y Matías Tombolini (secretario de Comercio), el Poder Ejecutivo pone fin al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI).
Según se desprende del documento de diez páginas de extensión, el nuevo control “está destinado a obtener de manera anticipada información necesaria para generar previsibilidad y trazabilidad en las operaciones de importación”.
Los cambios que introduce el nuevo sistema de importaciones
Entre las novedades que trae aparejadas el esquema, se incluye el análisis de la Capacidad Económica y Financiera del Importador y poder trazar un “Perfil de Riesgo Aduanero y Fiscal”, en función a antecedentes vinculados a la sobrefacturación de importaciones, uso abusivo de cautelares o Declaraciones Juradas falsas.
Asimismo, el plazo máximo de espera para la acreditación de dólares para el pago de importaciones -cuando se trate de Entidades Civiles o Pymes- se acortará a un total de 60 días. Mientras tanto, y para el resto de los operadores, se mantendrá un ventana de 180 días.
El proceso de entrega de documentación y la habilitación del giro
El proceso iniciará con la entrega de una declaración jurada ante la AFIP y la exigencia de una Licencia automática (LA) o Licencia no automática (LNA). Una vez completada dicha información, SIRA la enviará a los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA).
Junto a ello, la Administración Federal de Ingresos Públicos comunicará a los importadores las novedades que se produzcan. Se establecerá luego una cuenta corriente única de Comercio Exterior y el Banco Central de la República Argentina otorgará -una vez se haya aprobado el trámite- una fecha de giro.
Se deberá informar además el plazo en días corridos entre el despacho y la fecha estimada de acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) para la realización de pagos de las importaciones, la cuál procederá a ser evaluada tanto por la Secretaría de Comercio como el BCRA.
Finalmente, y para realizar quienes realicen importaciones que no requieran acceso al Mercado Libre de Cambios o que pretendan ser canceladas con moneda extranjera, los importadores deberán informar dicha situación para que los Organismos competentes la consideren, completa la Resolución General Conjunta.
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