Atención conductores en California: la ley de Gavin Newsom que impone una multa por un peligroso error al volante
El gobernador firmó una legislación que amplía la norma de “hacerse a un lado o reducir la velocidad”; ahora aplica a cualquier vehículo con luces de emergencia
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El gobernador Gavin Newsom firmó una nueva legislación que modifica el Código de Vehículos de California con un objetivo claro: aumentar la seguridad en las rutas para los trabajadores, servicios de emergencia y automovilistas. La medida amplía las sanciones para aquellos conductores que no se comporten con la debida precaución ante ciertos escenarios en la vía pública.
Nueva ley en California que da más seguridad a los conductores
La Ley de la Asamblea N.º 390, impulsada por la legisladora Lori D. Wilson y firmada por Newsom el 28 de julio de 2025, modifica el artículo 21809 del Código de Vehículos de California. Hasta ahora, esta norma solo exigía a los conductores tomar precauciones especiales al acercarse a ciertos vehículos detenidos, como los camiones de remolque o los vehículos del Departamento de Transporte (Caltrans) que exhibieran luces intermitentes. Sin embargo, la nueva legislación amplía significativamente su alcance.

A partir de esta reforma, la obligación de actuar con cuidado se aplica frente a cualquier vehículo detenido que exhiba luces de emergencia, luces intermitentes o dispositivos de advertencia como conos, bengalas o elementos reflectivos.
La idea central de esta ley es obligar al conductor a elegir una de dos opciones al acercarse a estos vehículos:
- Cambiarse de carril, para alejarse de forma segura al tramo adyacente al vehículo detenido, si las condiciones del tráfico lo permiten.
- Reducir la velocidad a un nivel prudente y razonable, si no resulta seguro o posible hacer el cambio de carril.
Esta conducta se espera tanto en condiciones climáticas normales como adversas, así como también en vías con tránsito vehicular o peatonal.
Qué vehículos están protegidos por la nueva ley
La modificación al artículo 21809 deja en claro que el comportamiento cauteloso del conductor se exigirá ante un abanico más amplio de situaciones, hasta cubrir más tipos de vehículos y situaciones de emergencia.

Entre los casos contemplados por la ley, figuran:
- Vehículos de emergencia estacionados con las luces encendidas.
- Camiones de auxilio mecánico detenidos con luces ámbar intermitentes.
- Vehículos de mantenimiento vial —tanto estatales como contratistas— detenidos con señales de advertencia activadas.
- Automóviles particulares o cualquier otro vehículo que haya desplegado balizas, conos, bengalas o reflectores.
Además, la normativa establece que este protocolo solo será obligatorio si el vehículo está detenido junto a la calzada o sobre ella. Si el automóvil se encuentra fuera de la carretera o detrás de una barrera física de protección, las obligaciones para el conductor no aplican.
Qué significa “vehículo de mantenimiento vial” para la nueva ley
El texto legal también ofrece una definición concreta del tipo de vehículos estatales y municipales que están amparados bajo esta legislación. Bajo la nueva redacción, un “vehículo de mantenimiento de autopistas” se refiere a:
- Todo vehículo operado por el Departamento de Transporte de California (Caltrans), por un municipio, condado u otra subdivisión del estado, con funciones de mantenimiento de rutas y caminos.
- Todo vehículo utilizado por empresas contratadas por las entidades antes mencionadas para prestar esos mismos servicios.
De esta manera, tanto los trabajadores públicos como los empleados privados involucrados en tareas de mantenimiento vial recibirán la misma protección legal ante el tránsito.

La ley ya está en vigor con estas multas y sanciones
La ley establece sanciones para quienes incumplan esta norma y se acerquen a los vehículos detenidos sin respetar las maniobras obligatorias de precaución. Tal como señala el texto oficial del proyecto, el conductor que no cambie de carril ni reduzca la velocidad en situaciones donde corresponde, comete una infracción punible con una multa de hasta US$50.
Según se desprende del texto aprobado y archivado por la Secretaría de Estado el 28 de julio, esta nueva norma ya está en vigor. Desde ahora, la próxima vez que un conductor vea luces intermitentes o conos en la banquina, sabrá que no solo se trata de una cuestión de sentido común: ahora también es la ley.
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