Qué familiares son elegibles para la green card con la Ley de Ajuste Cubano
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos establece criterios para que un grupo de personas pueda obtener la residencia permanente
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La Ley de Ajuste Cubano (CAA, por sus siglas en inglés) es una legislación que ha permitido a miles de cubanos y sus familiares obtener la residencia permanente legal en EE.UU. Esta ley, única en su tipo, ofrece un camino más accesible para que los ciudadanos de la isla y sus seres queridos regularicen su estatus migratorio. Sin embargo, el proceso implica cumplir con requisitos específicos.
¿Qué es la Ley de Ajuste Cubano?
La Ley de Ajuste Cubano fue creada en 1966 para facilitar la integración de los ciudadanos que huían del régimen comunista en Cuba. A diferencia de otros programas migratorios, la CAA permite a los cubanos y sus familiares solicitar la green card sin necesidad de un patrocinador o una visa de inmigrante.

Para ser elegible, el solicitante principal debe ser ciudadano cubano o haber nacido en la isla, haber sido admitido legalmente en EE.UU. después del 1 de enero de 1959, y haber estado físicamente presente en el país durante al menos un año.
¿Quiénes son elegibles como familiares para solicitar la green card bajo la Ley de Ajuste Cubano?
La CAA no solo beneficia a los ciudadanos cubanos, sino también a sus familiares directos. De acuerdo con el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés), los siguientes parientes pueden solicitar la Green Card bajo esta ley:
- Cónyuges: si una persona está casada con un ciudadano cubano que cumple con los requisitos de la CAA, puedes solicitar la residencia permanente, independientemente de cuándo comenzó su relación.
- Hijos solteros menores de 21 años: los hijos menores de edad también pueden beneficiarse si su padre o madre cubano cumple con los requisitos de la ley.
Es importante destacar que los familiares no necesitan ser cubanos para calificar. Sin embargo, deben presentar evidencia de su relación con el solicitante principal, como un certificado de matrimonio o de nacimiento.

Requisitos para los familiares de cubanos que deseen aplicar a la green card
Además de demostrar su relación con el ciudadano cubano, los familiares deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Presencia física en EE.UU.: haber estado físicamente presentes en el país norteamericano durante al menos un año al momento de presentar el Formulario I-485 (solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus).
- Admisión legal: haber sido admitidos legalmente en el país o haber recibido un permiso de permanencia temporal (“parole”).
- Residencia con el familiar cubano: deben residir con el cónyuge o padre cubano que cumple con los requisitos de la CAA.
- Admisibilidad: deben ser admisibles a EE.UU. o ser elegibles para una exención de inadmisibilidad.

¿Qué documentos debe presentar un familiar bajo la Ley de Ajuste Cubano?
Para solicitar la Green Card bajo la CAA, los familiares deben presentar los siguientes documentos:
- Formulario I-485: solicitud para registrar residencia permanente o ajustar estatus.
- Evidencia de relación: certificado de matrimonio (para cónyuges) o certificado de nacimiento (para hijos).
- Evidencia de ciudadanía cubana del familiar: pasaporte cubano o certificado de nacimiento expedido en Cuba.
- Formulario I-797: notificación de aprobación o recibo del Formulario I-485 del familiar cubano.
- Evidencia de presencia física: documentos que demuestren que el interesado ha estado en EE.UU. durante al menos un año, como registros de empleo, facturas o estados bancarios.
- Fotografías: dos fotografías tipo pasaporte.
- Documentos de identidad: copia de un documento de identidad con fotografía, como un pasaporte o licencia de conducir.
- Examen médico: formulario I-693, Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación.
- Registros policiales: certificados de antecedentes penales, si corresponde.
- Formularios adicionales: dependiendo del caso, pueden ser necesarios el Formulario I-601 (exención de inadmisibilidad) o el Formulario I-212 (permiso para volver a solicitar admisión).
Algunos formularios, como el I-485, conllevan tarifas de presentación. Es importante verificar los costos actuales en el sitio web de Uscis. En algunos casos, los solicitantes pueden ser elegibles para exenciones de tarifas o de ciertos requisitos de inadmisibilidad.
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