Aprueban una ley contra la burocracia
Regula las transacciones digitales
1 minuto de lectura'
La Argentina pasó a integrar desde anteayer el selecto círculo de países -entre los que se cuentan los Estados Unidos, Japón y los miembros de la Unión Europea- que reconocen en su marco jurídico la validez de la firma digital.
Este sistema es uno de los más avanzados en el mundo en materia de certificación de transacciones mediante Internet, en el que las partes intervinientes no tienen conocimiento personal entre sí o se encuentran separados por largas distancias.
La trascendencia del paso surge a partir del amplio espectro de posibilidades que se abre con la instrumentación de este sistema. Por lo pronto, este mecanismo matemático-digital obligará al Estado a iniciar un proceso que se denomina como "despapelización". La ley obliga a que en un plazo de cinco años a partir de la entrada en vigencia de la norma, todo proceso en el que intervenga algún poder del Estado deberá realizarse por medio de la firma digital.
Por ejemplo, a partir de la utilización de este sistema de encriptación se podrán agilizar trámites judiciales, como una notificación por cédula, o ampliar la participación de oferentes en procesos licitatorios convocados por el Estado.
Pero la firma digital no sólo da seguridad jurídica sino que también colaborará a la expansión del comercio exterior, ya que acortará distancias hasta hoy insalvables.
Por medio de este mecanismo, una Pyme podrá cerrar tratos comerciales con compradores de los puntos más distantes del planeta que reconozcan, como la Argentina, la validez de la firma digital.
Se denomina firma digital al procedimiento de encriptación por el cual dos personas pueden realizar una transacción comercial por Internet con la seguridad de que la aceptación por ambas partes cuenta con la certificación de sus respectivas identidades.
Una de las principales ventajas del procedimiento es que permite reemplazar la rúbrica manuscrita, la que quedará satisfecha con la utilización de la firma digital.
Papel fundamental en el proceso tiene la figura del certificador, un tercero de confianza que es quien tiene la responsabilidad de dar fe de que las claves introducidas por las partes son las que figuran en su registro, y que por lo tanto los actores están habilitados para cerrar el trato. Estos certificadores deberán inscribirse en un registro que estará en la órbita de la Jefatura de Gabinete.
Certificadores
Al respecto, el senador Pedro del Piero (Frepaso-Capital), uno de los principales impulsores de la iniciativa, explicó el papel del certificador: "Es como un escribano, puede ser cualquier persona física o jurídica, que por medio de claves simétricas da validez a las partes y al contenido del documento, mediante el uso de un procedimiento denominado encriptación".
Con este proceso, un documento digital adquiere el mismo valor que un texto escrito, por lo que cualquier tipo de operación comercial puede realizarse mediante Internet con la seguridad jurídica que da el certificador.
El proyecto sancionado en la sesión de anteayer tiene una larga historia, ya que comenzó como una iniciativa de los senadores Del Piero y Luis Molinari Romero (UCR-Córdoba), quienes en marzo de 2000 integraron en una comisión mixta con el Ejecutivo con el objetivo de tratar temáticas digitales, de la que surgió como una prioridad la firma digital.
La comisión no llegó a ningún acuerdo, por lo que ambos presentaron un proyecto en el Senado.
- 1
- 2
¿De qué se trata? ¿Qué puede cambiar?: las principales respuestas sobre el acuerdo con la Unión Europea
3AFAGate: una empresa española con un socio de Santiago del Estero embolsó US$30 millones por intermediación
4Según una encuesta, el 66% de los argentinos respalda la intervención de Estados Unidos para capturar a Maduro



