El Tribunal Superior de Justicia porteño fijó el criterio de actualización en los juicios por accidentes de trabajo
Señaló que se debe aplicar la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que había anulado la Cámara Nacional del Trabajo
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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) determinó el criterio de actualización de los juicios por accidentes laborales y dispuso que se aplique el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
La resolución del máximo tribunal porteño va a contramano de lo que venía sosteniendo la Cámara Nacional del Trabajo, un fuero en el que tienen peso e influencia los sindicatos peronistas. La nueva decisión es la primera sentencia revocatoria de un fallo del tribunal laboral nacional.
El fallo lleva la firma de los jueces Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi. Con la disidencia de la jueza Alicia Ruiz.
Así, el tribunal porteño debutó como la máxima instancia de apelación de todos los juicios laborales que se resuelven en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, como lo dispuso la Corte Suprema de Justicia en el fallo Levinas.
Con este fallo laboral, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad pone fin a la incertidumbre y a la dispersión de aplicación de intereses en los juicios por accidentes de trabajo que impera en la justicia laboral nacional.
La aplicación del Ripte implica que el ajuste que se hará en los juicios por accidentes de trabajo es inferior a los ajustes que venía aplicando la jurisprudencia de la Cámara del Trabajo.
En el caso en el que se pronunció, el TSJ revocó una resolución de la Sala 8 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Esta Cámara había dispuesto que los intereses se calcularan según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y una capitalización. En primera instancia, el cálculo se había hecho con la tasa activa del Banco Nación.
Este criterio se replicará en más de 1000 causas similares que se encuentran en trámite ante el TSJ
Este fallo marca el inicio de una nueva etapa en la jurisprudencia laboral porteña, al ser el primero en lo laboral, posterior al fallo en la causa “Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia”.
El tribunal resolvió el expediente Provincia ART s/queja por Recurso de Inconstitucionalidad denegado en “Boulanger Roberto Eduardo c/Provincia ART s/ recurso ley 27.348” –expte. TSJ 87.079.
Antecedentes
En 2019, el Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, que modificó la Ley de Accidentes de Trabajo y estableció que las indemnizaciones por accidentes tendrían un interés equivalente a la variación del índice Ripte. Este índice mide la evolución de los salarios formales.
El DNU fue remitido al Congreso, que nunca lo rechazó, por lo cual se encuentra vigente.
Sin embargo, muchos jueces laborales se negaron a aplicar ese DNU. Como resultado de esta decisión, hay diversos criterios judiciales para fijar los intereses de las indemnizaciones por accidente.
Esto alarga los juicios y consagra notorias desigualdades entre los trabajadores beneficiarios, dependiendo de a qué juez o a qué sala le toque resolver su caso.
En el fallo dictado en la causa “Boulanger c/Provincia ART”, ante un recurso de inconstitucionalidad presentado por la ART Provincia, el TSJ dejó sin efecto la sentencia de la Cámara que había declarado inconstitucional el DNU −sin pedido de parte, ya que tanto el trabajador como la ART reclamaron su aplicación− y por considerar que no tenía fundamentos suficientes para rechazar la vigencia de la norma.
Con lo cual, ahora todos los casos que lleguen en apelación al Tribunal Superior de Justicia para analizar el índice de actualización de los juicios serán resueltos por este criterio.
En el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad −que fijó el criterio de ajuste− se acumulan más de 1500 casos laborales para resolver. El 70 por ciento son por juicios laborales y el resto, por indemnizaciones por despido.
Los jueces llegaron a esta decisión después de mucho debate. Hasta hubo mensajes cruzados con el equipo del Banco Nación, sobre la manera de aplicar las tasas de ajuste, y el equipo del ministro de Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, sobre la modalidad de aplicación de las normas.
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