Milei volvió de Oslo y firmó la reforma laboral con un gesto a la CGT: excluyó el ítem que afectaba la caja sindical
El Presidente rubricó el texto de puño y letra; será remitido al Senado; no se prohibirá la cuota solidaria
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Recién llegado de Oslo, el presidente Javier Milei firmó la reforma laboral que el Gobierno remitirá al Congreso, con un gesto a la CGT: se excluyó del proyecto de ley la intención de eliminar la denominada “cuota solidaria”, que es la contribución que hace el empleado que no está afiliado al sindicato por la actividad gremial.
Además, se decidió atenuar otro artículo que preocupaba a los sindicatos: el relativo a la cuota de afiliación. Hoy, por ley, los empleadores pueden ser agentes de retención. Eso se mantendrá igual, pero se exigirá que se preste conformidad. De esta manera, los sindicatos mantienen el control de sus cajas, algo que estuvo amenazado de acuerdo a lo que había surgido del borrador oficial que circuló el fin de semana.
Tras un retraso de casi dos días en los que se activaron contactos con la CGT para destrabar puntos conflictivos, finalmente en la Casa Rosada esperaron a que el Presidente rubrique de puño y letra el texto que tuvo el trabajo del Consejo de Mayo y de los negociadores del Gobierno, entre ellos el titular de Diputados, Martín Menem, el estratega Santiago Caputo, y el ministro del Interior, Diego Santilli.
Desde la Casa Rosada difundieron imágenes de Milei vestido con el mameluco de YPF, mismo look que había usado cuando desembarcó en Noruega para participar de la entrega del Nobel de la Paz, en este caso junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y sobre una mesa el texto de la reforma, que el oficialismo llama “modernización“.
Dijo Adorni en X que el proyecto “representa la transformación más grande de la historia argentina en materia laboral”.
El Presidente de la Nación firmó hace unos instantes el proyecto de modernización laboral que se enviará inmediatamente al Congreso de la Nación. El mismo representa la transformación más grande de la historia argentina en materia laboral.
— Manuel Adorni (@madorni) December 11, 2025
Dios bendiga a la República Argentina.… pic.twitter.com/rJCrDJ3VY6
El texto oficial
El texto oficial que firmó el Presidente, al que accedió LA NACION, tiene 71 hojas y 26 títulos; y en el Capítulo IV legisla en relación al patrimonio de las asociaciones sindicales.
Allí dejaron de lado las modificaciones en la cuota solidaria, el pedido más fuerte de la CGT. Sin embargo, el Gobierno definió que el trabajador deberá dar su conformidad para la cuota sindical, además de que eso deberá contar con el aval de la Secretaría de Trabajo para efectivizarse.
En el artículo 137, el proyecto de Milei establece: “Los empleadores podrán actuar como agentes de retención de los importes que, en concepto de cuotas de afiliación, deban abonar los trabajadores afiliados a asociaciones sindicales con personería gremial, siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes. A su vez, deberá contar con resolución de la Secretaría de Trabajo que lo autorice”.
El tono de la letra fina sobre los aspectos sindicales generó internas dentro de la propia gestión libertaria, con el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, como principal impulsor de realizar una avanzada, contra el sector que terminó por primar: el de Santiago Caputo, Martín Menem y Santilli, quienes estuvieron en negociaciones con la CGT durante las últimas horas.
Ayer, tanto Adorni como fuentes en off en Casa Rosada aseguraron que las reformas sindicales troncales supuestamente se enviarán en otro proyecto, más adelante. Un dato: en 2024, los diputados de La Libertad Avanza no acompañaron en la comisión laboral una iniciativa de Pro y la UCR que apuntaba a limitar los mandatos y la recaudación de los gremios.
Dentro de los justificativos que remitieron al Congreso, desde el Gobierno dijeron que la “modernización laboral” pretende “actualizar el marco laboral vigente a fin de remover las distorsiones que afectan la creación de empleo formal, mejorar la competitividad y fortalecer la seguridad jurídica de trabajadores y empleadores a través de normas claras, precisas y simples”.
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) December 11, 2025
Como se preveía, la iniciativa introduce cambios también en las indemnizaciones. Según la ley de Milei, en los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, tanto si hubo o no preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual, devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si el trabajador no llegó a los 12 meses.
“Se entiende como remuneración la devengada y pagada en cada mes calendario, por cuanto no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales como el Sueldo Anual Complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual, etcétera”, dispone la regla, como modificación.
Suma también el proyecto un apartado que pretende dinamizar los procesos judiciales laborales, esto en medio de las críticas del Gobierno a lo que ellos llaman “la industria del juicio”.
En relación con el derecho de huelga, el Gobierno incorpora restricciones para las protestas y suma actividades esenciales (que requieren 75% de presentismo) y trascendentales (que exigen 50%).
Asimismo, la legislación nueva prevé la posibilidad de que los salarios se puedan abonar tanto en pesos como en dólares, o en otra moneda extranjera, conforme a lo que pactaron las partes.
Otra de las novedades es que para las licencias por enfermedad establece requisitos para acreditar esa incapacidad, como que los certificados médicos cumplan con determinadas pautas que avalen su legitimidad.
La iniciativa oficialista habilita también a que el empleador y el trabajador acuerden un “régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo”, que puede incluir la modalidad conocida como “banco de horas”, rechazada por los gremios. Más allá de eso, el texto dice que este régimen “podrá igualmente ser pactado por el empleador con la representación sindical en la empresa” y “deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.
Además, introduce un régimen específico para los repartidores de aplicaciones.
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