Por qué Insfrán puede ser reelecto si se derogó la reelección indefinida en Formosa
La Convención Constituyente provincial eliminó la perpetuidad en el cargo; una norma transitoria le permite al actual mandatario buscar un período más
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La Convención Constituyente de Formosa modificó este miércoles la Constitución provincial para eliminar la reelección indefinida. Sin embargo, una cláusula transitoria sancionada en la misma sesión habilita al gobernador Gildo Insfrán a una nueva postulación, lo que redefine las condiciones de su continuidad en el poder después de casi tres décadas.
La clave: una cláusula transitoria
La posibilidad de una nueva candidatura para el actual gobernador reside en un mecanismo legal específico. Aunque la reforma al artículo 132 de la Constitución provincial prohíbe los mandatos perpetuos, la Convención Constituyente, controlada por el oficialismo, aprobó una disposición clave: la cláusula transitoria 4°.
Este apartado establece que “el mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma deberá considerarse como primer período”. En la práctica, esto significa que el actual mandato de Insfrán (2023-2027) cuenta como el primero bajo la nueva normativa.
De esta manera, el gobernador queda habilitado para competir por un segundo y último período consecutivo en las elecciones de 2027.
Hasta cuándo podría gobernar Insfrán
Si Gildo Insfrán gana las próximas elecciones provinciales, su mandato se extendería por otros cuatro años. El actual gobernador, de 74 años, finalizaría su gestión el 10 de diciembre de 2031, con casi 81 años.

Este escenario completaría una hegemonía política que comenzó en 1995. De concretarse, el veterinario oriundo de Laguna Blanca acumularía un total de 36 años y nueve períodos seguidos al frente del Poder Ejecutivo de Formosa, un hecho sin precedentes en la historia democrática de la provincia.
¿Qué modificaciones implica la modificación?
La reforma constitucional se centró en el artículo 132, que ahora limita la permanencia en el poder. El nuevo texto sancionado por la Convención Constituyente indica de forma explícita las nuevas condiciones para la titularidad del Ejecutivo provincial.

La redacción final establece: “El gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un sólo período consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser reelegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período”.
La respuesta de la oposición y el antecedente de la Corte Suprema
La decisión de la Convención Constituyente ocurre en un contexto judicial adverso para la reelección indefinida. En diciembre pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional dicha práctica en Formosa, en respuesta a una presentación de la oposición.

Ante la nueva cláusula transitoria, los referentes opositores anunciaron que recurrirán nuevamente al máximo tribunal. Agostina Villaggi, diputada provincial y una de las abogadas que impulsó el fallo original, explicó los pasos a seguir.
“Con esta cláusula transitoria nueva que incorporó el PJ a nosotros nos habilita para ir a la Corte y pedir que se declare inconstitucional esta cláusula y la ejecución del fallo”, afirmó a LA NACIÓN.
La estrategia de Insfrán parece haber anticipado el revés judicial. El gobernador impulsó la convocatoria a una reforma constitucional antes de que la Corte se expidiera. El diputado nacional Fernando Carabajal (UCR) ya había advertido sobre esta maniobra. “Gildo Insfrán va a buscar quedarse en el poder reformando la Constitución provincial y quedándose dos períodos más”, dijo entonces a este medio.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA a partir de un artículo firmado por Martín Boerr.
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