Reforma constitucional en Formosa: el PJ aprobó un atajo para eludir el fallo de la Corte Suprema e Insfrán podrá ser reelecto en 2027
La Convención Constituyente sancionó hoy la reforma del artículo 132 para limitar las reelecciones indefinidas, pero el oficialismo incluyó una cláusula para que el gobernador pueda volver a ser candidato, por última vez, en dos años; la UCR irá a la Justicia
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La Convención Constituyente de Formosa aprobó esta noche la reforma del artículo 132 de la Constitución provincial y puso fin a las reelecciones indefinidas para el gobernador. Sin embargo, la tropa de Gildo Insfrán, mayoritaria en el cuerpo, logró incluir una cláusula transitoria para que el dirigente peronista, que ya lleva ocho mandatos consecutivos, pueda volver a competir, por última vez, en el 2027. La Unión Cívica Radical judicializará la modificación sancionada.
El artículo 132 de la Constitución de Formosa que habilita la reelección indefinida fue incorporado en 2003, a instancias del propio Insfrán, que gobernaba la provincia desde 1995. A fines del año pasado, a raíz de una presentación del radicalismo, la Corte Suprema de Justicia falló en contra del gobernador y declaró inconstitucional el artículo 132, que, en su formulación original, habilitaba la reelección del gobernador y vicegobernador sin fijar límite alguno a las candidaturas de ambos. Además, ordenó a Formosa readecuar su Constitución.
Para ajustarse al fallo del máximo tribunal, pero a la vez esquivarlo, el gildismo aceptó eliminar la reelección indefinida, pero introdujo una cláusula transitoria que considera el actual mandato de Insfrán −el octavo−, como si fuera el primero bajo la nueva Constitución, lo que le permitirá presentarse nuevamente en 2027 y gobernar hasta 2031: podría cumplir 36 años como jefe absoluto de la provincia.
En las elecciones de finales de junio (cuando se eligieron legisladores, concejales municipales y convencionales), el oficialismo formoseño obtuvo alrededor del 70% de los votos y logró ubicar a 21 de los 30 convencionales constituyentes. De las nueve bancas restantes, solo tres corresponden al radicalismo y las otras seis están distribuidas entre La Libertad Avanza, Nuevo País y Libertad, Trabajo y Progreso.
La supremacía del peronismo en la Convención le permitió moldear sin dificultades el texto para favorecer a Insfrán. Así, aunque la nueva redacción del artículo 132 determina que el gobernador y vicegobernador “podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”, a continuación se incluyó la cláusula transitoria que previene su aplicación retroactiva.
“El mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma, deberá ser considerado como primer período”, dice la cláusula transitoria 4°, según consigna el despacho N°071 de la Convención al que pudo acceder LA NACION.
Por la incorporación de esta disposición, el radicalismo votó en contra de la reforma que se debatió esta tarde. Consideraron que se trata de una violación al fallo de la Corte Suprema de diciembre pasado. Por este motivo -si bien celebraron el límite a las elecciones indefinidas- en el partido centenario adelantaron que judicializarán la modificación aprobada.
LA UCR 🇮🇩LOGRÓ ELIMINAR LA RE ELECCIÓN INDEFINIDA en FORMOSA. NUNCA MÁS @insfran_gildo . triunfo la República, estoy orgullosa de haber sido parte de este proceso que muchos creían imposible.
— agostina villaggi (@agosvillaggi) September 3, 2025
“Vamos a volver a presentarnos a la Justicia, vamos a llegar nuevamente a la Corte Suprema y no vamos a permitir que se pisotee la Constitución Nacional ni la voluntad popular”, sostuvo la UCR formoseña en un comunicado.
Límites a las intervenciones federales
Esta semana, la Convención Constituyente aprobó también la reforma del artículo 32 de la Constitución provincial con el objetivo de limitar los alcances de una intervención federal en la provincia. La modificación podría ayudar a blindar el poder de Insfrán en Formosa y desalentar eventuales intromisiones.
A fines de 2024, el senador nacional Francisco Paoltroni había solicitado al presidente Javier Milei que dispusiera la intervención federal de la provincia para “frenar el régimen de Insfrán”.
“El artículo 99 inciso 20 [de la Constitución Nacional] faculta al Presidente de la Nación para intervenir en una provincia cuando las instituciones locales no respeten la forma republicana de gobierno. En el caso de Formosa, la perpetuación en el poder, la falta de independencia judicial y las graves violaciones a los derechos humanos justifican esta medida”, argumentó oportunamente el legislador nacional.
Si bien el pedido de Paoltroni no prosperó, sí alertó al oficialismo local que, este lunes, aprobó una reforma para limitar los alcances de eventuales intervenciones federales. Según consignaron medios locales, la modificación fue rechazada únicamente por los convencionales de la UCR y el partido Libertad, Trabajo y Progreso.
En su formulación original, la cláusula establece: “En caso de intervención del Gobierno Federal, el representante nacional sólo podrá practicar válidamente actos administrativos que estén de acuerdo con esta Constitución y con las leyes provinciales”.
Ahora, el texto modificado agregó mayores especificidades que restringen el margen de acción de los eventuales interventores. Así, se definió que la intromisión deberá limitarse a “remediar las causas que la originaron y garantizar derechos y autoridades legítimas”, que los interventores deberán responder civil, política, administrativa y penalmente por sus actos y que la provincia puede exigir reparaciones por “daños y perjuicios”.
La modificación también contempla aspectos vinculados a la economía provincial. En este sentido, se estableció que los interventores no podrán endeudar a Formosa ni cobrar sus sueldos con fondos de las arcas provinciales.
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