Un tribunal se declaró incompetente para juzgar a Echegaray por proteger a Báez
En la misma senda que otros tribunales de Comodoro Py, el tribunal oral que debía juzgar al extitular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Ricardo Echegaray por la supuesta protección que brindó a Lázaro Báez desde ese organismo se declaró incompetente y remitió el caso a otros jueces para que evalúen si aceptan el expediente.
Cuatro años después de iniciada la investigación y tras pasar por dos instancias inferiores, el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 1 estimó que Echegaray y su entonces número dos en la AFIP, Rubén Ángel Toninelli, deben ser juzgados por el TOF 4, que ahora juzga a Báez, a sus hijos y otros acusados como Leonardo Fariña por el presunto lavado de US$ 60 millones de la llamada "ruta del dinero K".
Integrado por Adrián Grünberg, José Michilini y Ricardo Basílico, el TOF 1 se suma así a otros dos estrados de Comodoro Py que se declararon incompetentes durante las últimas semanas para juzgar a exfuncionarios -incluida la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner- o empresarios vinculados al kirchnerismo.
El TOF 5 debía encarar el juzgamiento del "caso Los Sauces" -centrado en los alquileres de las propiedades de la familia Kirchner por Báez y Cristóbal López -, mientras que el TOF 8 quedó a cargo del "caso Hotesur", referido al presunto lavado de millones de dólares a través de los hoteles de la entonces familia presidencial.
Tanto el TOF 5 como el TOF 8, sin embargo, se declararon incompetentes a principios de este mes, lo que llevó a un contrapunto con sus colegas del TOF 2, por ejemplo, que se negaron a recibir la "causa Los Sauces", por lo que el llamado "conflicto de competencia" se remitió a la Cámara Federal de Casación Penal para que dirimiera el contrapunto, en pleno año electoral y con la ex Presidenta que sube en las encuestas.
La Casación ya resolvió esta semana uno de esos contrapuntos, aunque ese ida y vuelta llevó otras tres semanas. Determinó que el TOF 5 debe continuar con "Los Sauces", para así no demorar el inicio del juicio "Vialidad" por el TOF 2, que ya tiene fecha prevista para el 21 del mes próximo.
"Vinculación explícita"
En la misma senda, ahora los miembros del TOF 4 pueden aceptar el expediente contra Echegaray y Toninelli por presunto encubrimiento agravado y supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público que les manda el TOF 1 o rechazarlo y remitirlo a la Casación para que defina qué tribunal oral deberá juzgarlos.
Tanto Echegaray como Toninelli son acusados por la supuesta obstrucción de las investigaciones que la Regional Bahía Blanca de la AFIP encaraban sobre un grupo de empresas locales que emitieron facturas truchas por decenas de millones de pesos a favor de Austral Construcciones, la nave insignia del grupo Báez.
A medida que los sabuesos de la AFIP avanzaban sobre esas empresas y sociedades "pantalla" -entre ellas Constructora Patagónica Argentina SA, Calvento SA, Grupo Penta y Cia SA e Iberoamericana de Servicios-, la cúpula de la AFIP en Buenos Aires llegó a disolver la Regional Bahía Blanca y remitir esa investigación a Mar del Plata, donde se produjeron informes falsos que se remitieron a la Justicia, según reveló LA NACION desde octubre de 2014.
Tan explicita era la vinculación entre Báez y la cúpula de la AFIP que Toninelli llegó a volar en el avión privado del presunto testaferro de los Kirchner junto a uno de los hijos de Báez, cuya empresa a su vez fijó el domicilio legal para litigar contra la AFIP ante el Tribunal Fiscal en el estudio jurídico del hijo de Toninelli, según reveló LA NACION.
Tras el cambio de Gobierno, sin embargo, las maniobras comenzaron a salir a la luz y las nuevas autoridades de la AFIP y de la unidad antilavado (UIF) aportaron pruebas a la investigación iniciada en Buenos Aires tras la denuncia de la diputada nacional Margarita Stolbizer .
Ahora, el TOF 1 estimó que la investigación es "conexa" a la que instruye el TOF 4 contra Báez. "Tan explícita ha sido la vinculación entre ambas causas", argumentó, "máxime cuando de la lectura de las actuaciones se desprende la interrelación de los hechos investigados en uno y otro legajo y a la evidente comunidad probatoria entre ambos".