Histórico fallo por la masacre de la cárcel de Devoto: 25 años de prisión para dos expenitenciarios
El Tribunal Oral Federal N°5 condenó a los exjefes del penal por tormentos y muertes en el incendio del Pabellón Séptimo en 1978, que dejó un saldo de 65 víctimas
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Cuando falta poco para el cierre definitivo del penal enclavado desde hace casi un siglo en el corazón de la ciudad de Buenos Aires, la Justicia acaba de dictar un histórico fallo en uno de los capítulos más ominosos de la cárcel de Villa Devoto.
Casi medio siglo después de la llamada Masacre del Pabellón Séptimo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de la Capital Federal condenó a 25 años de prisión a Juan Carlos Ruiz, exdirector del penal, hoy de 93 años, y a Horacio Martín Galíndez, de 92 y exjefe de seguridad interna de la cárcel en tiempos de la última dictadura militar, por su responsabilidad en la represión y el incendio del 14 de marzo de 1978 en la Unidad Penitenciaria N°2, donde 153 detenidos fueron sometidos a tormentos y 65 murieron.
La decisión fue presentada por el tribunal como un caso de graves violaciones de los derechos humanos y marca un hito judicial largamente buscado por sobrevivientes y familiares de las víctimas. Según informó por el Ministerio Público (MPF) en su web, los fundamentos se conocerán el 16 de marzo del año próximo, cuando ya se habrán cumplido 48 años de la masacre.

El tribunal, integrado por los jueces Nicolás Toselli, Daniel Obligado y Adriana Palliotti, rechazó los planteos de la defensa que pretendían que se declarara extinguida la acción penal por prescripción por paso del tiempo y avanzó sobre la calificación de los hechos como crímenes de lesa humanidad, con base en los requisitos del artículo 7 del Estatuto de Roma y el contexto de violencia estatal vigente en el momento de la masacre. Argumentaron que el fallo pone el foco en la conducta de los acusados y no en la condición de “presos comunes” de las víctimas.
La acusación pública, encabezada por el fiscal general Abel Córdoba junto con las auxiliares fiscales María Laura Grigera, Viviana Sánchez y Mara López Legaspi, había solicitado penas de 25 años para los dos principales acusados y de 22 para un tercero, Gregorio Bernardo Zerda.
En su alegato, Córdoba planteó que lo ocurrido expresa dos dimensiones de violencia: la dictatorial y la carcelaria; el tribunal siguió esa línea y consolidó la tesis de que se trató de crímenes de lesa humanidad. La acusación detalló la represión y el incendio, analizó responsabilidades y revisó la actuación de agencias estatales desde 1978 hasta la actualidad.

Los condenados fueron declarados coautores funcionales del delito de imposición de tormentos reiterado en 88 oportunidades y de tormentos seguidos de muerte reiterado en 65 oportunidades, con concurrencia material entre sí. La pena solicitada por la fiscalía y por la querella coincidió con la que les impuso el tribunal a Ruiz y a Galíndez. En cambio, el tercero imputado, Zerda, de 74, fue absuelto. Los acusados siguieron la lectura del veredicto conectados a la plataforma Zoom.
El juicio comenzó en octubre de 2024; un mes después, el tribunal, las partes y testigos realizaron una inspección ocular en la unidad del Servicio Penitenciario Federal ubicada desde 1927 en Bermúdez al 2500, en el barrio porteño de Villa Devoto, donde sobrevivientes reconocieron sitios clave de los hechos y escenarios de la represión que antecedió al fuego.

Ese recorrido se integró a una prueba que incluyó testimonios médicos y documentos de época. Según lo informado por el MPF en su web www.fiscales.gob.ar, la inspección aportó elementos para reconstruir la secuencia de violencia dentro del penal.
La Masacre del Pabellón Séptimo, como quedó inscripta en la memoria pública, no fue un episodio aislado ni un accidente, según la fiscalía. En el expediente, el contexto histórico de la dictadura militar y la adscripción de los imputados al plan criminal vigente se convirtieron en pilares de la calificación legal. Al tiempo, sobrevivientes y familiares sostuvieron durante años la demanda por verdad y justicia.
Según publicó LA NACION en una detallada crónica de 2018, el caso fue investigado como un crimen de lesa humanidad a partir de decisiones adoptadas por la Cámara Federal porteña, luego de la intervención del Juzgado Federal N°2, de los tribunales de Comodoro Py 2002.

Ese mismo texto reconstruyó la voz de Hugo Cardozo, uno de los sobrevivientes que impulsó la causa y buscó a otros compañeros para sumar testimonios. Cardozo narró que la requisa de aquella mañana de marzo de 1978 fue excepcional por el despliegue de agentes y por la intensidad de los golpes y disparos. Relató que los presos intentaron cubrir la visión de los guardias clavando colchones en las rejas y que, en ese contexto, un bidón con combustible habría desencadenado el incendio dentro del pabellón.
La fiscalía subrayó que el análisis de los sucesos de Devoto se sostiene en la evidencia reunida y en la comprensión de que las prácticas penitenciarias de entonces se alinearon con el esquema represivo más amplio. El tribunal consideró que esa trama permite reconocer la masacre como parte de un patrón de graves violaciones a los derechos humanos. Por eso se desestimó la prescripción y se afirmó la imprescriptibilidad típica de los crímenes de lesa humanidad.
En lo procesal, el tribunal informó que los fundamentos del veredicto se difundirán el 16 de marzo del año próximo. Antes de la lectura del fallo, la defensa de Ruiz intentó cuestionar el principio de congruencia de la acusación fiscal, pero el tribunal rechazó el planteo. Zerda fue el único imputado que usó sus últimas palabras; referenció su historia personal y aseguró haber “cumplido órdenes”.

La mañana del horror
De acuerdo con el relato de Cardozo antes de las 8 se inició una requisa con unos 80 agentes −lo habitual es que fueran unos 30− que ingresaron al pabellón con palos, cadenas y fierros. Algunos presos fueron puestos de rodillas y golpeados en la cabeza. Cuando el resto del pabellón comenzó a defenderlos, los guardias retrocedieron hasta la “pasarela” (el pasillo que da a los ingresos) y desde allí comenzaron a disparar con ametralladoras y lanzar gases lacrimógenos.
“Al principio eran ráfagas cortas −contó Cardozo−, pero luego comenzó el fuego a discreción. Nos estaban cazando como a patos. Para defendernos les tirábamos pilas, radios, papas, cualquier cosa que tuviéramos a mano. Hasta que a alguien se le ocurrió taparles la visión del pabellón colocando los colchones en las rejas. Lo hicimos y en determinado momento vi que uno de los guardias pateó un bidón de querosene hacia los colchones. Ahí se desató el infierno”.

Cardozo dijo que aún recordaba la visión de uno de los colchones ardiendo y la llama que bajaba hasta el piso. Después, dijo, hubo una explosión y el fuego llegó hasta el techo.
“El humo espeso te comía los pulmones, el calor te ampollaba la carne, nos colgábamos de los barrotes para intentar respirar por las ventanas. Entre los gritos escuchaba que seguían tirando con armas largas. Creía que me moría, pero Dios me iluminó. Alguna vez había leído en una revista la historia de alguien que se había salvado de un incendio envolviéndose en ropa mojada y tirándose al piso boca abajo. Mojé una toalla en el tacho donde tirábamos la yerba usada, me acosté en el piso y me entregué”, explicó.
Cardozo se desvaneció y despertó tres horas. Escuchaba alaridos e insultos. Vio las rejas azuladas por el fuego. Caminó entre cuerpos, entre otros presos que saltaban de dolor mientras se les caía la piel a pedazos. Como pudo llegó hasta el baño y se abalanzó desesperado sobre una canilla. Habían cortado el agua.

“Muchos se habían escondido debajo de las camas, pero el fuego hizo que los fierros se convirtieran en parrillas. Todavía no puedo sacarme de la cabeza el olor de esos cuerpos chamuscados, era carne humana asada. Era todo tan terrible que pensé: por qué no tuve la suerte de morirme”. Pero Hugo Cardoso sobrevivió, y vivió lo suficiente para buscar justicia y conseguirla.
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